Fosfato de tris

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El fosfato de tris es un retardante de ignición,[1]​ cuyo nombre químico es fosfato de tris(2,3-dibromopropilo). Es un producto químico rigurosamente restringido en todas sus formulaciones y usos por ser dañino para la salud humana.

Resumen de la medida de prohibición[editar]

El fosfato de tris está prohibido para el uso en artículos textiles, por ejemplo ropa, ropas interiores y ropa de cama, que están en contacto con la piel, según la ley sobre interdicciones y restricciones en la comercialización y en el uso de ciertas sustancias peligrosas.

El fosfato de tris está designado como producto químico PIC.[2]​ Se permite la tenencia y el uso del producto químico para la investigación de laboratorio en cantidades inferiores a 10 kg.

Peligros y riesgos conocidos respecto a la salud humana[editar]

La sustancia química es considerada como posible cancerígeno para los seres humanos. La absorción a través la piel es la vía principal para entrar en el cuerpo y debe por lo tanto evitarse.

Referencias[editar]

  1. Centro Nacional de Referencia sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. «Sustitución de PBDEs. Retardantes de Llama» (PDF). Apartado 2. Actuación de los retardantes de Llama Bromados. p. 17. Consultado el 9 de abril de 2014. 
  2. El 24 de febrero de 2004 entró en vigor el Convenio de Róterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos objeto de Comercio Internacional (este procedimiento se denomina frecuentemente ‘PIC’, de las iniciales del inglés ‘prior informed consent’). Dicha fecha marca el momento en que cincuenta países ratificaron la convención convirtiéndose, de esa manera, en Partes de la misma.
  • Secretaría para el Convenio de Róterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional - Apéndice IV - Partes CIRCULAR CFP XXII - diciembre de 2005.