Fiscalía Jurídico Militar
Fiscalía Jurídico Militar | ||||
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Localización | ||||
País | España | |||
Información general | ||||
Tipo | fiscalía militar | |||
Sede | Madrid | |||
Organización | ||||
Fiscal togado | Antonio Pulido Ortega[1] | |||
Depende de | Fiscalía General del Estado | |||
Entidad superior | Ministerio Fiscal | |||
La Fiscalía Jurídico Militar es el órgano del Ministerio Fiscal de España que tiene como misión, dentro de la justicia militar, promover la acción de la justicia y defender la legalidad y los derechos e intereses tutelados por la ley, así como velar por la independencia de los órganos judiciales militares.[2]
Esta Fiscalía constituye uno de los órganos de la Fiscalía General del Estado, y está formada por la Fiscalía Togada, la Fiscalía del Tribunal Central Militar y las fiscalías de los tribunales militares territoriales.[3]
A diferencia del resto de fiscalías civiles, está no está servida por miembros de la carrera fiscal, sino por miembros del Cuerpo Jurídico Militar, a excepción de un único fiscal de Sala en la Fiscalía Togada ante la Sala Quinta «de lo Militar» del Tribunal Supremo. Asimismo, sus miembros pueden recibir órdenes e intrucciones del ministro de Defensa y, por sus especificidades, su regulación se encuentra en la Ley Orgánica de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.[2]
Origen
[editar]La Fiscalía Jurídico Militar tiene su origen en la fiscalía existente en el antiguo consejo de la Monarquía dedicado a los asuntos militares, el Consejo Supremo de Guerra, activo entre los siglos XVI y XIX. En 1834 se transformó en el Tribunal Supremo de Guerra y Marina, que también contaba con una fiscalía. Brevemente, entre 1869 y 1878 existieron dos consejos diferentes, uno para guerra y otro para la Armada. En esta última fecha se constituyó el Consejo Supremo de Guerra y Marina que se mantuvo hasta 1931, cuando sus funciones pasaron a integrar una Sala del Tribunal Supremo.
Tras la guerra civil se restableció el Consejo, entonces denominado Consejo Supremo de Justicia Militar, y estuvo activo hasta 1987, cuando sus funciones volvieron al Tribunal Supremo y la Fiscalía Jurídico Militar se integró en el Ministerio Fiscal, a través de la Fiscalía General del Estado.[2]
Estructura
[editar]Organigrama de la Fiscalía Jurídico Militar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La Fiscalía Jurídico Militar se estructura mediante los siguientes órganos:[2]
- La Fiscalía Togada, con sede en Madrid. Es la fiscalía que actúa ante la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo y se compone de un fiscal jefe togado (con rango de general consejero togado, equivalente a general de división), un general auditor y un fiscal de Sala de la Carrera Fiscal, además de aquellos otros miembros del Cuerpo Jurídico Militar que sean necesarios.
- La Fiscalía del Tribunal Militar Central, con sede en Madrid, que ejerce sus funciones ante este tribunal y ante los Juzgados Togados Militares Centrales
- Las Fiscalías de los Tribunales Militares Territoriales, con sede allí donde se ubique el Tribunal Militar Territorial, que ejerce las funciones fiscales ante este tribunal y ante los Juzgados Togados Militares de su área territorial. En la actualidad, hay cinco tribunales militares territoriales, con sede en Madrid, Sevilla, Barcelona, La Coruña y Santa Cruz de Tenerife.
Véase también
[editar]Referencias
[editar]- ↑ «Real Decreto 240/2024, de 5 de marzo, por el que se nombra Fiscal Togado, Fiscal Jefe de la Sala Quinta del Tribunal Supremo al General Consejero Togado del Cuerpo Jurídico Militar don Antonio Pulido Ortega.». www.boe.es. Consultado el 5 de octubre de 2024.
- ↑ a b c d Jefatura del Estado (18 de julio de 1987), Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar (Ley Orgánica 4/1987), pp. 22065-22079, consultado el 5 de octubre de 2024.
- ↑ Jefatura del Estado (13 de enero de 1982). «Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.». www.boe.es. Consultado el 5 de octubre de 2024.