Diferencia entre revisiones de «Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo»
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*[http://biblioteca2.uclm.es/biblioteca/ceclm/ARTREVISTAS/Brat/index.htm Boletín de la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo. (1948-1951)] |
*[http://biblioteca2.uclm.es/biblioteca/ceclm/ARTREVISTAS/Brat/index.htm Boletín de la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo. (1948-1951)] |
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*[http://www.realacademiatoledo.es/ Sitio Web oficial de la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo.] |
*[http://www.realacademiatoledo.es/ Sitio Web oficial de la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo.] |
Revisión del 14:50 25 ago 2016
Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo | ||
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Patrimonio de la Humanidad de la Unesco | ||
Localización | ||
País | España | |
Datos generales | ||
Tipo | Cultural | |
Criterios | i, ii, iii, iv | |
Identificación | 379 | |
Región | Europa y América del Norte | |
Inscripción | 1986 (X sesión) | |
Sitio web oficial | ||
La Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo fue fundada el día 11 de junio de 1916 por un grupo selecto de profesores de Historia y Artes, y reconocida oficialmente con categoría de Primera Clase por Real Orden del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes de 29 de mayo de 1919.[1]
Descripción
La finalidad de esta Corporación es el estudio y cultivo de las Bellas Artes y de las Ciencias Históricas en todas sus manifestaciones, con preferente atención al estudio, divulgación y defensa del patrimonio cultural, de carácter histórico y artístico de Toledo y su provincia.
La Corporación consta de un máximo de 25 Académicos Numerarios, distribuidos en las secciones Historia y Bellas Artes, de obligada residencia en Toledo. Los Académicos Correspondientes constan de un número ilimitado y se elegirán entre aquellos que hayan realizado trabajos de índole artística, literaria o histórica. Los Académicos Honorarios se elegirán entre las personas que por sus relevantes conocimientos artísticos, literarios, históricos o científicos, o por los servicios extraordinarios prestados a la Corporación sean conceptuadas como acreedoras a figurar en tan prestigiosa categoría. Su número no podrá exceder de ocho.