Diferencia entre revisiones de «Procurador de los tribunales»

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El '''Procurador de los tribunales''' es el profesional del Derecho que de manera exclusiva en cada litigio, representa a sus clientes ante los juzgados y tribunales.
El '''Procurador de los tribunales''' es el profesional del Derecho que de manera exclusiva en cada litigio, representa a sus clientes ante los juzgados y tribunales.
Dentro de su marco estatutario colabora con el sistema público de justicia, sirviendo de conexión jurídico-formal entre tales tribunales y los ciudadanos incursos en causas judiciales, abreviando técnicamente los trámites de los actos de comunicación procesal (requerimientos, notificaciones, emplazamientos, citaciones). Por razón de esto último las Leyes de enjuiciamiento, civil y penal, establecen la ''obligatoriedad de la contratación'' de procuradores para poder comparecer en causas judiciales. Esta obligatoriedad ha sido cuestionada en diversas ocasiones por la Comisión Nacional de la Competencia española<ref>[http://www.coseju.com/articulos-de-opinion/item/232-informe-de-la-comisi%C3%B3n-nacional-de-la-competencia-sobre-los-procuradores-de-los-tribunales Informe de la Comisión Nacional de la Competencia sobre los Procuradores de los Tribunales.]</ref> y la Comisión Europea<ref>[http://www.xornalgalicia.com/index.php?name=News&file=article&sid=89724 Un abogado pone contra las cuerdas la figura del procurador en los procesos judiciales españoles.]</ref>, igual que la obligatoriedad de abogado que defienda en muchos juicios. El procurador examina y hace el seguimiento tanto de los escritos que presenta en el decanato del juzgado como de las notificaciones que posteriormente envía a los abogados. Cuando existen errores o deficiencias, los pone en conocimiento de los abogados o de la oficina judicial para ser subsanados, siempre dentro de plazo. De ahí que el procurador deba conocer todo el Derecho vigente. También realiza el traslado de escritos a la parte contraria en el pleito e informa a su cliente sobre el discurrir del proceso. Otra función importante radica en la ejecución de resoluciones judiciales (autos, sentencias y decretos).
Dentro de su marco estatutario colabora con el sistema público de justicia, sirviendo de conexión jurídico-formal entre tales tribunales y los ciudadanos incursos en causas judiciales, abreviando técnicamente los trámites de los actos de comunicación procesal (requerimientos, notificaciones, emplazamientos, citaciones). Por razón de esto último las Leyes de enjuiciamiento, civil y penal, establecen la ''obligatoriedad de la contratación'' de procuradores para poder comparecer en causas judiciales. El procurador examina y hace el seguimiento tanto de los escritos que presenta en el decanato del juzgado como de las notificaciones que posteriormente envía a los abogados. Cuando existen errores o deficiencias, los pone en conocimiento de los abogados o de la oficina judicial para ser subsanados, siempre dentro de plazo. De ahí que el procurador deba conocer todo el Derecho vigente. También realiza el traslado de escritos a la parte contraria en el pleito e informa a su cliente sobre el discurrir del proceso. Otra función importante radica en la ejecución de resoluciones judiciales (autos, sentencias y decretos).


== Función ejecutiva ==
== Función ejecutiva ==

Revisión del 21:08 6 mar 2013

El Procurador de los tribunales en España desempeña funciones representativas en derecho, ante los juzgados y tribunales de justicia, y encauza la llevanza formal y efectiva de la vía de apremio y ejecución judicial.

El Procurador de los tribunales es el profesional del Derecho que de manera exclusiva en cada litigio, representa a sus clientes ante los juzgados y tribunales. Dentro de su marco estatutario colabora con el sistema público de justicia, sirviendo de conexión jurídico-formal entre tales tribunales y los ciudadanos incursos en causas judiciales, abreviando técnicamente los trámites de los actos de comunicación procesal (requerimientos, notificaciones, emplazamientos, citaciones). Por razón de esto último las Leyes de enjuiciamiento, civil y penal, establecen la obligatoriedad de la contratación de procuradores para poder comparecer en causas judiciales. El procurador examina y hace el seguimiento tanto de los escritos que presenta en el decanato del juzgado como de las notificaciones que posteriormente envía a los abogados. Cuando existen errores o deficiencias, los pone en conocimiento de los abogados o de la oficina judicial para ser subsanados, siempre dentro de plazo. De ahí que el procurador deba conocer todo el Derecho vigente. También realiza el traslado de escritos a la parte contraria en el pleito e informa a su cliente sobre el discurrir del proceso. Otra función importante radica en la ejecución de resoluciones judiciales (autos, sentencias y decretos).

Función ejecutiva

Aparte de representar al cliente y colaborar con la Administración de Justicia, simplificando el perfeccionamiento de los actos de comunicación procesal (tales como requerimientos, notificaciones, emplazamientos y citaciones), ejercen una función primordial en la llamada vía de apremio jurisdiccional, dentro de la cual facilitan la culminación de los trámites necesarios para la ejecución de las resoluciones judiciales (Autos y Sentencias de los jueces y magistrados, y Decretos de los secretarios judiciales), y en modo especial ejecutan la traba y realización de patrimonios afectados al cumplimiento de las resoluciones judiciales.

Para alcanzar esta última finalidad jurisdiccional, el Procurador de los tribunales es el especialista que lleva a cabo las actuaciones jurídicas necesarias para ello, tales como liquidaciones tributarias (de impuestos de actos jurídicos documentados y tasas judiciales), inscripciones en registros públicos (de la propiedad, de bienes muebles, civiles, de patentes, etc.), depósitos y secuestros patrimoniales, lanzamientos, tomas de posesión y saneamiento de títulos, o publicación de edictos en boletines y prensa oficial, y la conexión de la obtención, y perfección, de todo ello, con los juzgados y tribunales en los cuales se sustancian los litigios correspondientes.

Esta figura presenta perfiles varios en los diversos ordenamientos en los que posee distintas atribuciones.

España

Emblema del Consejo General de los Procuradores de España.

En España, el Procurador de los Tribunales es Licenciado en Derecho que se ha inscrito en un Colegio de Procuradores, ejerce la representación procesal de las partes en litigio ante los Juzgados y Tribunales y se ocupa del cumplimiento forzoso de las resoluciones dictadas por dichas autoridades. Se encarga de representar a su cliente ante el Tribunal o Juzgado, recibiendo en su nombre cuantas notificaciones sean precisas para el desarrollo del proceso. De esta manera se agiliza el desarrollo del proceso judicial, evitando que el justiciable deba presentarse constantemente ante el Juzgado o Tribunal a ser notificado de las diferentes resoluciones que se dicten en el proceso judicial.

Trabaja en relación con el Abogado. En numerosos procedimientos judiciales es obligatoria y preceptiva su intervención, sin que el justiciable pueda en nombre propio comparecer ante los Tribunales. No obstante, existen algunos procedimientos judiciales que no exigen que el justiciable sea representado por Procurador, y en la práctica es habitual que la representación sea ostentada por el mismo Abogado que se encarga de su defensa y de la dirección letrada del proceso.

El procurador es el garante para la protección de la igualdad de partes ante la complejidad de los procesos judiciales de forma que no pierda su poderante la posibilidad de ejercer sus derechos (se efectúen los trámites en plazo, interposición de recursos, evitando la preclusión de las oportunidades procesales).

Al procurador le corresponde velar por la normalidad del proceso, evitando dilaciones y obstáculos que puedan alargar el procedimiento.

En España, hasta la reforma procesal realizada por la ley 13/2009 de 3 de noviembre, BOE, ley 13/2009, únicamente podían ejercer en un único partido judicial, con dicha reforma actualmente pueden ejercer todos los partidos judiciales.

Cabe destacar que los nuevos graduados en Derecho, a diferencia de lo que ocurría con los licenciados, no podrán acceder a la profesión sólo con el trámite de la colegiación, sino que será preciso la superación de un máster de dos años de duración y un examen de conjunto.

Presidentes de la Junta Nacional

Véase también

Referencias

Enlaces externos

Bibliografía

  • GRAU MORANCHO, Ramiro: PROCURADORES, Debate sobre la Representación Procesal. Editorial DYKINSÓN, Madrid, 2005, ISBN 84-9772-587-5.
  • LOCHOUARN, Denis: Profession huissier de justice, París, 1999.
  • Textos relativos a los procedimientos civiles de ejecución en Code de l'exécution, EJT, 2008, ISBN 978-2-910326-58-6.
  • PETITJEAN, Victor: Le statut de l’huissier de justice, Bruselas, 1973, Bruylant.