Diferencia entre revisiones de «Segundo tratado romano-cartaginés»
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Revisión del 20:41 18 mar 2008
Gracias a Polibio, se sabe de la existencia de un segundo tratado romano-cartaginés. En el Primer tratado romano-cartaginés, del año 508/507 adC se definieron las esferas de intereses de Roma y Cartago, quedando excluidas las intervenciones de Cartago en el Lacio.
El segundo tratado data del año 348 adC y es un calco del primero, con la inclusión de algunas nuevas ciudades. Por parte cartaginesa, se añadieron a la lista Tiro y Utica. Los principales puntos eran los siguientes:
- 1.Los romanos no pueden comerciar ni construir en la costa norteafricana, ni en Cerdeña. Sólo se les perme repostar en caso de fuerza mayor, con una estancia limitada como máximo a cinco días, en caso de tempestad.
- 2.Romanos y cartagineses se obligan a respetar a los ciudadanos aliados de la parte contraria.
- 3.Los ciudadanos romanos serán tratados igual que los cartagineses en Cartago y en la parte cartaginesa de Sicilia. Los ciudadanos cartagineses serán tratados igual que los romanos en Roma.
- 4.Los cartagineses pueden atacar ciudades independientes del Lacio para ganar prisioneros y botín, pero si conquistan la ciudad, la deben entregar a Roma.
Ver también
Referencias
Polibio.Historias.Editorial Gredos
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