Diferencia entre revisiones de «Audiencia Provincial (España)»

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Las '''Audiencias Provinciales''' son [[Tribunal de justicia|tribunales de justicia]] que tienen su sede en la capital de la [[Provincia de España|provincia]] y ejercen su jurisdicción sobre toda ella. Estos órganos judiciales, conocen de [[Derecho civil|asuntos civiles]] y [[Derecho penal|penales]] y se estructuran en secciones formadas por tres o cuatro [[magistrado]]s.
Las '''Audiencias Provinciales''' son [[Tribunal de justicia|tribunales de justicia]] que tienen su sede en la capital de la [[Provincia de España|provincia]] y ejercen su jurisdicción sobre toda ella. Estos órganos judiciales, conocen de [[Derecho civil|asuntos civiles]] y [[Derecho penal|penales]] y se estructuran en secciones formadas por tres o cuatro [[magistrado]]s.

== Historia ==
Las Audiencias provinciales surgen a raíz del real decreto de 14 de octubre de [[1882]].<ref name="Albert">Albert Vilar Massó, "L'Audiència Provincial de Girona", València, 2013.</ref> Se crearon 80 en toda [[España]], una para cada distrito. Se las llamó ''Audiencia Penal'' (''Audiencia de lo Criminal''). En la demarcación de Gerona, por ejemplo, había dos distritos; uno, [[Olot]] y [[Figueras]], y el otro, Gerona, [[La Bisbal del Ampurdán]], [[Santa Coloma de Farnés]] y [[Puigcerdá]]. En [[1892]], el Gobierno decidió, por cuestiones económicas, dejar una Audiencia por provincia. Esto provocó la desaparición de Audiencias como la de Algeciras, Elche o Figueras, que pasaron a ser secciones de las Audiencias Provinciales.<ref name="Girona, 20 juny 1890">&#x20;«[http://streaming.ajgirona.org:9090/pandora/cgi-bin/Pandora.exe?xslt=show_pdf;publication=Diario%20de%20Gerona%20de%20Avisos%20y%20Noticias;sort_publication=diario.de.gerona.1889;day=20;month=06;year=1890;page=016;id=0000319797;filename=18900620;collection=pages;url_high=pages/Diario%20de%20Gerona%201889/1890/189006/18900620/18900620016.pdf;lang=ca;pdf_parameters=search=%22audiencia%22&view=FitH;encoding=utf-8 Diario de Gerona]». Gerona, 20 de junio de 1890.</ref> A partir de 1893 las Audiencias pasan a llamarse ''provinciales''.

El tribunal de la Audiencia de Gerona se constituyó el 2 de enero de [[1883]].


== Secciones ==
== Secciones ==

Revisión del 08:24 9 jul 2018

Audiencia Provincial de Madrid.

Las Audiencias Provinciales son tribunales de justicia que tienen su sede en la capital de la provincia y ejercen su jurisdicción sobre toda ella. Estos órganos judiciales, conocen de asuntos civiles y penales y se estructuran en secciones formadas por tres o cuatro magistrados.

Historia

Las Audiencias provinciales surgen a raíz del real decreto de 14 de octubre de 1882.[1]​ Se crearon 80 en toda España, una para cada distrito. Se las llamó Audiencia Penal (Audiencia de lo Criminal). En la demarcación de Gerona, por ejemplo, había dos distritos; uno, Olot y Figueras, y el otro, Gerona, La Bisbal del Ampurdán, Santa Coloma de Farnés y Puigcerdá. En 1892, el Gobierno decidió, por cuestiones económicas, dejar una Audiencia por provincia. Esto provocó la desaparición de Audiencias como la de Algeciras, Elche o Figueras, que pasaron a ser secciones de las Audiencias Provinciales.[2]​ A partir de 1893 las Audiencias pasan a llamarse provinciales.

El tribunal de la Audiencia de Gerona se constituyó el 2 de enero de 1883.

Secciones

Sección octava de la Audiencia Provincial de Cádiz en Jerez de la Frontera.

Existen casos en los que parte de las secciones de la Audiencia Provincial se encuentra en otra ciudad que no es la capital y a la que queda adscritos uno o varios partidos judiciales, como es el caso por ejemplo de la Audiencia Provincial de Cádiz cuya sección sexta se encuentra en Ceuta, la sección séptima se encuentra en Algeciras y la sección octava en Jerez de la Frontera o la Audiencia Provincial de Málaga, cuya sección séptima se encuentra en Melilla . Otros casos son la Audiencia Provincial de Alicante cuyas secciones séptima y novena tienen sede en Elche; la sección quinta de la Audiencia Provincial de Murcia con sede en Cartagena; la Audiencia Provincial de Asturias cuyas secciones séptima y octava se encuentran en Gijón, la Audiencia Provincial de La Coruña, cuya sección sexta se encuentran en Santiago de Compostela, la Audiencia Provincial de Pontevedra, con secciones quinta y sexta en Vigo o la sección tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz, que tiene su sede en Mérida.

Competencias

En materia civil

  1. Conocen en grado de apelación, segunda instancia, de todos aquellos procesos civiles que se hubieren planteado en los Juzgados de Primera Instancia de su Provincia.
  2. De los conflictos de competencias, suscitados entre los Juzgados de Paz/Primera Instancia/Instrucción/de lo mercantil/de Violencia de Género su provincia.

En materia penal

Audiencia Provincial de Córdoba.

En grado de apelación (segunda instancia):

  1. De los recursos de apelación interpuestos contra aquellas sentencias dictadas en los Juicios por delitos leves de los Juzgados de Instrucción de la Provincia. (En estos casos la Audiencia se constituye en Tribunal Unipersonal).
  2. De los recursos de apelación interpuestos contra las sentencias dictadas por los Juzgados de lo penal de la provincia donde tienen sede.
  3. De los recursos de apelación o queja interpuestos contra los Autos del Juzgado de Instrucción/penal de la provincia durante la tramitación del Procedimiento del Tribunal del Jurado, Diligencias Previas y Sumarios.
  4. De los conflictos de competencias suscitados entre los Juzgados de Instrucción, de lo Penal o Juzgadosobre violencia sobre la mujer.

Además conocen y fallan:

De aquellos delitos que cuyo conocimiento y fallo no correspondiere a los Juzgados de lo penal siempre y cuando la instrucción se hubiere practicado por los Juzgados de Instrucción de su provincia.

Véase también

  1. Albert Vilar Massó, "L'Audiència Provincial de Girona", València, 2013.
  2. «Diario de Gerona». Gerona, 20 de junio de 1890.