Diferencia entre revisiones de «Dominio británico»

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En el [[Imperio británico]] y en la [[Comunidad Británica de Naciones]], un '''dominio''' (o '''Dominio''') es un actual o antiguo territorio de ultramar de la [[Corona británica]] (pero no [[Inglaterra]], [[Gran Bretaña]], o el [[Reino Unido]] en sí mismo). El término provino durante el desarrollo de la ley constitucional británica, cuando se convirtió en práctica para referirse a la Corona de Inglaterra, Gran Bretaña, el Reino Unido "y los dominios que además pertenecen o se relacionan".
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''Este artículo es sobre dominios del [[Imperio británico]] y de la [[Comunidad Británica de Naciones]]. En el [[Imperio británico]] y en la [[Comunidad Británica de Naciones]], un '''dominio''' (o '''Dominio''') es un actual o antiguo territorio de ultramar de la [[Corona británica]] (pero no [[Inglaterra]], [[Gran Bretaña]], o el [[Reino Unido]] en sí mismo). El término provino durante el desarrollo de la ley constitucional británica, cuando se convirtió en práctica para referirse a la Corona de Inglaterra, Gran Bretaña, el Reino Unido "y los dominios que además pertenecen o se relacionan".


Así, a mediados de los años 1800, el término era el más comúnmente usado para estados total o prácticamente autónomos del Imperio británico (hoy Comunidad Británica de Naciones), en particular para naciones que alcanzaron aquella etapa de desarrollo constitucional a fines del siglo XIX y principios del siglo XX, como [[Australia]], [[Canadá]], [[Nueva Zelanda]] y [[Terranova]]. Antes de alcanzar el estatus de dominio estos estados siempre fueron [[Territorio Británico de Ultramar|colonias de la Corona]], bajo el mando directo del Reino Unido y/o una colonia autónoma, o han sido formados por grupos de colonias.
Así, a mediados de los años 1800, el término era el más comúnmente usado para estados total o prácticamente autónomos del Imperio británico (hoy Comunidad Británica de Naciones), en particular para naciones que alcanzaron aquella etapa de desarrollo constitucional a fines del siglo XIX y principios del siglo XX, como [[Australia]], [[Canadá]], [[Nueva Zelanda]] y [[Terranova]]. Antes de alcanzar el estatus de dominio estos estados siempre fueron [[Territorio Británico de Ultramar|colonias de la Corona]], bajo el mando directo del Reino Unido y/o una colonia autónoma, o han sido formados por grupos de colonias.

Revisión del 20:18 10 nov 2009

Este artículo es sobre dominios del Imperio británico y de la Comunidad Británica de Naciones. Para otros usos, ver el Dominio (desambiguación).

En el Imperio británico y en la Comunidad Británica de Naciones, un dominio (o Dominio) es un actual o antiguo territorio de ultramar de la Corona británica (pero no Inglaterra, Gran Bretaña, o el Reino Unido en sí mismo). El término provino durante el desarrollo de la ley constitucional británica, cuando se convirtió en práctica para referirse a la Corona de Inglaterra, Gran Bretaña, el Reino Unido "y los dominios que además pertenecen o se relacionan".

Así, a mediados de los años 1800, el término era el más comúnmente usado para estados total o prácticamente autónomos del Imperio británico (hoy Comunidad Británica de Naciones), en particular para naciones que alcanzaron aquella etapa de desarrollo constitucional a fines del siglo XIX y principios del siglo XX, como Australia, Canadá, Nueva Zelanda y Terranova. Antes de alcanzar el estatus de dominio estos estados siempre fueron colonias de la Corona, bajo el mando directo del Reino Unido y/o una colonia autónoma, o han sido formados por grupos de colonias.

A principios del siglo XX, las diferencias principales entre un dominio y una colonia autónoma eran que un dominio había alcanzado el estatus "de carácter de nación", si no una independencia política incontrovertible del Reino Unido. Por comparación, una colonia autónoma controló sus asuntos internos, pero no controló asuntos exteriores, defensa o comercio internacional. Las naciones a las que se les concedieron el estatus de dominio tendieron a asumir áreas como asuntos exteriores sólo gradualmente, a veces tomando décadas para adquirir el control total de sus relaciones extranjeras de Gran Bretaña.

Territorios británicos y Reinos de la Comunidad Británica de Naciones

Al principio, los dominios condujeron su propia política comercial, algunas relaciones extranjeras limitadas y tenían fuerzas armadas autónomas, aunque el gobierno británico reclamara y ejerciera el poder exclusivo de declarar guerras. Sin embargo la independencia de los dominios en la política exterior, incluso la guerra, fue aclarada por la aprobación y ratificación del Estatuto de Westminster de 1931. Fue en ese punto que el lenguaje de dependencia de la Corona del Reino Unido cesó, donde la Corona en sí misma ya no fue referida como la Corona de algún lugar en particular, sino simplemente como "la Corona." Arthur Berriedale Keith, en Discursos y Documentos en los Dominios británicos 1918-1931, afirmó que "los Dominios son Estados internacionales soberanos en el sentido que el Rey en el respeto de cada uno de Sus Dominios (Terranova excluida) es tal como un Estado a los ojos de la ley internacional."

Fuentes