Diferencia entre revisiones de «Nulidad matrimonial»

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* [http://www.iuscanonicum.org/index.php/derecho-matrimonial/42-nulidad-matrimonial/87-las-causas-de-nulidad-en-el-matrimonio-canonico Las causas de nulidad en el matrimonio canónico]
* [http://www.iuscanonicum.org/index.php/derecho-matrimonial/42-nulidad-matrimonial/87-las-causas-de-nulidad-en-el-matrimonio-canonico Las causas de nulidad en el matrimonio canónico]
* [http://www.matrimonionulo.com/ Portal dedicado a la nulidad matrimonial]
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[[Categoría:Derecho de familia]]
[[Categoría:Derecho de familia]]

Revisión del 10:04 2 oct 2009

Nulidad matrimonial es una causa de ineficacia de un matrimonio.[1]​ Supone la invalidación del matrimonio por la existencia de un vicio o defecto esencial en su celebración. Se diferencia del divorcio, por cuanto en este último se disuelve un matrimonio válido por voluntad de uno o ambos cónyuges.

Antecedentes

Causas de nulidad matrimonial

Derecho canónico

1. Impotencia antecedente y perpetua de uno de los esposos para el acto matrimonial.

2. Falta de consentimiento.

a) Carecer de suficiente uso de razón.
b) Grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales de matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar.
c) Quienes no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica.

3. Si son primos hermanos y no lo sabían, al saberlo pueden optar por pedir dispensa o anularlo.

4. Si uno de ellos tiene un defecto y no se lo ha dicho al otro, de tal manera que si se lo hubiera dicho no se casase. Ejemplo: sífilis, tuberculosis, cáncer, lepra, ser homosexual, VIH, estéril, si se puso esta condición, si no se pone, la esterilidad de por sí no anula.

5. Que uno de los cónyuges se case con el propósito de no tener hijos nunca, siendo éste uno de los fines primordiales del matrimonio.

6. Falta de libertad en el consentimiento, como, por ejemplo, le mujer raptada; mientras no esté libre y segura, no es valido el matrimonio.

7. Si el matrimonio se celebra entre dos personas, una bautizada en la Iglesia Católica o recibida en su seno y no se ha apartado de ella por acto formal, y otra no bautizada.

8. Quien contraiga matrimonio con una persona viuda, si material o intelectualmente fue alguno de los dos causa de muerte del cónyuge anterior, con finalidad de contraer matrimonio.

9. Si conociendo las propiedades esenciales del matrimonio, que son: unidad e indisolubilidad, obrase la voluntad excluyendo positivamente una de ellas, el consentimiento prestado sería nulo.

10. Es inválido el matrimonio contraído por violencia o por miedo grave proveniente de una causa externa, incluso el no inferido de propio intento, para librarse del cual alguien se vea obligado a elegir el matrimonio.

Notas

  1. En algunos ordenamientos jurídicos es tratadado como una causa de disolución del matrimonio.

Véase también

Enlaces