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La '''renta básica universal''' ('''RBU''') es una chorrada asin de grande (mu grande, mu grande) e inviable.
La '''renta básica universal''' ('''RBU''') consiste en que el [[Estado]] dé una paga a todas las personas, independientemente de donde viva, de su raza o sexo, de que trabajen o no, e igual para todos.
==Concepto==
==Concepto==

Revisión del 19:18 28 abr 2009

La renta básica universal (RBU) consiste en que el Estado dé una paga a todas las personas, independientemente de donde viva, de su raza o sexo, de que trabajen o no, e igual para todos.

Concepto

La renta básica se viene a definir como el derecho de cada ciudadano a percibir una cantidad periódica que cubra las necesidades vitales sin que por ello deba contraprestación alguna.

Se inscribe dentro de los mecanismos de distribución de la renta encaminados a la eliminación de la pobreza.

Existen varias ideas al respecto, pero en principio se trata de que cada persona perciba al llegar a la mayoría de edad esa renta básica universal que se habría ido acumulando con el tiempo. Lo percibido por persona depende del producto interior bruto de cada estado, y lo que se lograría con esto es hacer que toda la población tenga las mismas oportunidades, es decir, que parta de la misma base.

Efectos

Las consecuencias que tendría podrían ser que:

  • Mejoraría la situación de las personas con un bajo nivel adquisitivo.
  • Los trabajos desagradables serían mejor pagados.
  • A su vez los trabajos más agradables o satisfactorios tendrían una menor remuneración.
  • Los trabajadores estarían en mejores condiciones para negociar los contratos de trabajo.
  • No habría que "vigilar" que los parados no trabajen ilegalmente, como pasa con la ayuda por desempleo.
  • Como no se perdería la RBU al encontrar trabajo, hay menos posibilidades de que se trabajase de forma ilegal y por consiguiente no se debe gastar dinero en investigar el fraude. Algo similar pasaba con los sellos, Charles Babbage descubrió que era más barato poner una cuota fija que calcular cada vez cuanto costaba un envío.
  • El autoempleo sería menos arriesgado, con lo que las posibilidades de que aumentase serían mayores.
  • Los sueldos mayores, que también recibirían la renta universal, se verían más afectados por los impuestos directos, como resultado, el estado volvería recuperar el dinero que reciben dichos grandes sueldos.

Sus detractores afirman que:

  • Trabajaría mucha menos gente.
  • Vendrían inmigrantes buscando conseguir este salario sin ninguna actividad productiva.

¿Qué no es?

La RB no debe confundirse con las rentas de inserción y demás subsidios condicionados propios del Estado de Bienestar ni con el Impuesto Negativo sobre la Renta. Que la definición de la RB sea tan clara como cualquiera de las ofrecidas no ha impedido que a lo largo de estos últimos años hayan proliferado dos tipos de confusiones. En primer lugar, bajo diferentes denominaciones diversos autores se han referido a lo mismo. Así, el mismo concepto de la RB ha recibido nombres como los de “subsidio universal garantizado”, “ingreso básico universal”, “ingreso ciudadano” o “ingreso mínimo”, entre otros. En cualquier caso, lo que importa no son los nombres, sino lo que se entiende realmente por cada una de las denominaciones que se utilicen. El segundo tipo de confusión es el contrario: bajo la misma denominación se han querido expresar, a menudo, conceptos muy diferentes. En primer lugar, no debe confundirse la RB con los diversos subsidios condicionados propios del Estado de Bienestar que existen actualmente, en los que la percepción de los beneficios fiscales, más generosos o menos, está condicionada a la verificación, por parte del sector público, de la suficiencia de los ingresos recibidos en el mercado laboral. Un ejemplo de ello lo representa el caso de la Comunidad Autónoma Vasca que aprobó, a finales de 2000, una ley que introducía una “RB” que consistía en algo harto diferente de lo que se trata aquí, pues se hacía efectiva precisamente bajo determinadas condiciones, no de forma universal. Hay, en definitiva, claras diferencias entre la RB y las rentas mínimas de inserción (PIRMI), que en el Reino de España son pagadas por la mayoría de las Comunidades Autónomas y que en la República Francesa ofrece la administración central. En general, este tipo de medidas (las rentas mínimas) son mecanismos, mas o menos generosos de lucha contra la pobreza y de inserción social, propios de determinados Estados de Bienestar. Por el contrario, la Renta Básica no es sólo un mecanismo de lucha contra la pobreza, sino que, como derecho de ciudadanía que es, supone un mecanismo que incrementa la libertad efectiva de las personas. Otra cosa es que, en la concreción de las diferentes propuestas, estas puedan parecer similares pero, en su fundamento y justificación, son realmente diferentes. En segundo lugar, tampoco debe confundirse la RB con el llamado “Impuesto Negativo sobre la Renta” (INR). El INR, que es un crédito impositivo uniforme y reembolsable, que garantiza un nivel mínimo de ingresos mediante la política fiscal: si en la declaración de ingresos se supera ese mínimo, se pagan los impuestos correspondientes; si, por el contrario, no se supera o se carece de ingresos, el estado abona la diferencia hasta alcanzar el mínimo establecido. El INR, propuesto inicialmente por Milton Friedman con el objetivo de recortar el Estado de Bienestar, fue explorado con mayor profundidad por James Tobin como forma de luchar contra la pobreza sin eliminar los incentivos al empleo.

¿Una propuesta justa?

Éticamente, la RB ha sido justificada por sus defensores de maneras distintas, estando las tres justificaciones principales referidas al problema de la libertad individual:

1) La justificación de la libertad real: formulada por uno de los creadores de la moderna noción de RB, Philippe Van Parijs, la justificación de la libertad real distingue entre las sociedades formalmente libres y las realmente libres. Según Van Parijs, una sociedad realmente libre es aquella que satisface las tres condiciones siguientes, en este orden de prioridad: 1) seguridad –existe una estructura de derechos y libertades básicas bien articulada-; 2) propiedad de uno mismo –en esa estructura, cada persona es propietaria de las decisiones sobre su vida-; y 3) ordenamiento leximin de la oportunidad –si, en esa estructura, cada persona cuenta con la mayor oportunidad posible para hacer cualquier cosa que pudiera querer hacer; en una sociedad realmente libre, quienes tengan menos oportunidades tendrán las máximas que podrían tener en cualquier otro ordenamiento que podamos llevar a cabo-. Todo ello define una sociedad realmente libre, puesto que formalmente libre lo es una sociedad que cumpla sólo las dos primeras condiciones. Van Parijs justifica la RB argumentando que sin duda en una sociedad con una RB los que tuviesen menos oportunidades tendrian mas que en cualquier otra sociedad.

2) La justificación republicana: los defensores de la RB seguidores de la milenaria tradición republicana, como Daniel Raventós, parten de la noción de la libertad como autogobierno típica de esta tradición política representada por autores y pensadores tan distintos como Aristóteles, Cicerón, Maquiavelo o Robespierre. Nucleo básico de esta noción de libertad es la tesis que afirma que aquel que no dispone de una base material suficiente para garantizarse una existencia social autónoma tendrá que sobrevivir pidiendo permiso a terceras personas y, por lo mismo, se verá en mayor o menor medida sometido a la voluntad de estas. El autogobierno de aquellos que no disponen de esta base material es, pues, imposible, y por tanto solo cabe considerarlos ilibres. Para los republicanos partidarios de la democracia, todo el mundo debe ser libre, y por ello mismo todo el mundo debe tener derecho a una base material mínima que garantice su derecho a la existencia y, por tanto, su libertad. La RB seria, para estos autores, esa base material mínima.

3) La justificación económica: es una medida que permite la adaptación de la economía a la nueva realidad definida por la globalización, el progreso tecnológico que hace que disminuya la necesidad del empleo, la pujanza de la economía financiera y la necesidad de conseguir un desarrollo sostenible, de manera que va a evitar que se hagan inversiones con él fin de crear empleo que implican la destrucción del medio ambiente. Como derecho económico se convierte en el eje fundamental de la sostenibilidad.

¿Una propuesta viable?

A nivel técnico existen visiones muy diferentes sobre como financiar una Renta Básica estable. Generalmente, las propuestas sobre la financiación de la misma se suelen basar en el establecimiento de un determinado tipo impositivo sobre las rentas individuales. Existen, sin embargo, otro tipo de propuestas que no toman en cuenta el IRPF. A parte de estas cuestiones, existen otros aspectos técnicos muy importantes que no tienen que ver con la financiación de la propuesta y que han sido estudiados y debatidos tanto por defensores como por detractores de la RB. Así, por ejemplo, se ha discutido sobre los efectos que la RB podria tener (o no) sobre sobre la inflación; sobre si la RB supone una amenaza para el Estado de Bienestar o, por contra, una excelente via para hacerlo mas justo y eficaz; sobre si se fomentaría el parasitismo o si, por contra, fomentaria la autoocupación y el desempeño de labores no-remuneradas pero beneficiosas para la sociedad; sobre los efectos que podría tener de cara a la emancipación de la mujer; etc. Algunos de estos debates (como el del posible fomento del parasitismo) se puede decir que están zanjados a favor de la RB, en tanto que otros siguen abiertos. Se han estudiado nuevos modelos fiscales basado en el ajuste de la nueva economía, que proponen disminuir al máximo el IRPF y los impuestos de sociedades, para aumentar el IVA, con el fin de equilibrar los costes de importación y exportación, así como hacer que quien más gaste tribute más. Lo que se complementa con una tasa RB, que consiste en una ampliación de la Tasa Tobin, aplicada a todo incremento de valor, para establecer un impuesto a la especulación, impuesto monetario de valor añadido, IMVA, lo que permitirá financiar la Renta Básica sin poner en peligro las prestaciones sociales (sanidad, educación, seguridad, etc.) y mantener la inversión pública (infraestructuras)

Defensores de la Renta Básica Universal

Entre los defensores de la renta básica universal se encuentran economistas, empresarios y políticos. En Brasil, Eduardo Suplicy ideó un programa que fue introducido a partir de 2005 por el gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva y que será completamente implementado en 2010, según los planes.[1]​ En Alemania, destacan el filósofo Erich Fromm, el empresario Götz Werner y el político Dieter Althaus (CDU), en Francia el filósofo André Gorz y en Estados Unidos el filoósofo y arquitecto Richard Buckminster Fuller y el economista liberal Milton Friedman, el cual propagó un sistema parecido, el impuesto negativo sobre la renta,[2]​ que solamente beneficia a desocupados y personas con un salario bajo.

Véase también

Bibliografía

  • Raventós, Daniel (1999): El derecho a la existencia, Barcelona, Ariel.
  • Iglesias, José (coord.)(2000): Ante la falta de derechos, ¡¡Renta Básica, Ya!!, Barcelona, Virus Editorial
  • Raventós, Daniel (coord.) (2001): La Renta Básica. Por una ciudadanía más libre, más igualitaria y más fraterna, Barcelona, Ariel.
  • Iglesias, José y Busqueta, José Manuel (2001): Todo sobre la Renta Básica (próxima aparición), Barcelona, Virus Editorial.
  • Pinto Cañón, Ramiro : Los Fundamentos de la Renta Básica y la "Perestroika" del Capitalismo. Editorial Etinema
  • Pinto Cañón, Ramiro: "La revolución del paro", (1998) Editorial Cardeñoso
  • Van Parijs, Philippe (1996): Libertad real para todos, Barcelona, Paidos
  • Van Parijs, Philippe y Vanderborght, Yannick (2006): La renta básica: una medida eficaz para luchar contra la pobreza, Barcelona, Paidós.

Referencias

  1. Ein paar Dollar genügen, Ka-news.de (alemán), artículo sobre la discusión mundial sobre la renta básica
  2. Artículo en el semanario alemán Die Zeit, 16/2007

Enlaces externos