Diferencia entre revisiones de «Anexo:Ministerios de Colombia»

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En [[Colombia]] los ministros son los funcionarios que junto con el [[Presidente de Colombia|Presidente]] forman el poder ejecutivo. Tradicionalmente el gabinete de ministros ha sido la cantera de donde han surgido la mayoría de los mandatarios del país.
En [[Colombia]] los ministros son los funcionarios que junto con el [[Presidente de Colombia|Presidente]] forman el poder ejecutivo. Tradicionalmente el gabinete de ministros ha sido la cantera de donde han surgido la mayoría de los mandatarios del país.


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Durante su historia, Colombia ha fluctuado entre 3 y 16 ministros, reduciéndose finalmente a 13 en 2002.
Durante su historia, Colombia ha fluctuado entre 3 y 16 ministros, reduciéndose finalmente a 13 en 2002.

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En Colombia los ministros son los funcionarios que junto con el Presidente forman el poder ejecutivo. Tradicionalmente el gabinete de ministros ha sido la cantera de donde han surgido la mayoría de los mandatarios del país.

Historia

Durante su historia, Colombia ha fluctuado entre 3 y 16 ministros, reduciéndose finalmente a 13 en 2002.

En la época de la Gran Colombia recibían el nombre de secretarios y eran tres: el secretario de lo Interior y Relaciones Exteriores, el secretario de Hacienda y el secretario de Guerra y Marina.

Tras la fundación del Estado de Nueva Granada (1831) se mantuvieron las mismas carteras, si bien durante un corto tiempo los asuntos de guerra y marina estuvieron separados. Posteriormente (alrededor de 1837) se unirían estas dos carteras definitivamente y se daría la separación de la secretaría de lo Interior y la de Relaciones Exteriores.

A lo largo del siglo XIX se mantuvo la estructura de las cuatro secretarías hasta su cambio de denominación por parte del presidente Rafael Núñez en 1886 (desde entonces son ministerios) y la creación del ministerio de Instrucción Pública (de Educación desde 1918), escindido del de Gobierno (antigua secretaría de lo Interior). A principios de siglo se crean los ministerios de Obras Públicas y Agricultura y Comercio, así como el ministerio del Tesoro, encargado de las actividades de la economía nacional, tareas que hereda del ministerio de Hacienda. Este ministerio prontamente cambia su denominación por la de ministerio de Trabajo e Industrias.

En la década de 1940 se crean varios de los actuales ministerios, así: Trabajo e Industrias se separan en 1940, Salud e Higiene se crea en 1942, al igual que el de Correos y Telégrafos y el ministerio de Justicia y Derecho; en 1948 surge el de Minas y Petróleos (que durante algunos años se fusionaría con el de Industrias en el ministerio de Fomento, hasta 1953).

Durante los años sesenta y setenta, cambian de denominación los ministerios de Correos y Telégrafos (ahora de Comunicaciones), Minas y Petróleos (ahora de Minas y Energía), Salud e Higiene (ahora de Salud Pública), Obras Públicas (ahora de Transporte y Obras Públicas) y se redistribuyen las funciones del ministerio de Agricultura y Comercio (pasando a ser el de Agricultura y Desarrollo Rural) para formar del antiguo ministerio de Industrias, el ministerio de Desarrollo Económico.

El ministerio de Gobierno cambia de denominación en 1995 para convertise en el del Interior. En los años noventa surgen las carteras de Comercio Exterior (1991), Medio Ambiente (1994) y Cultura (1997), llegando al máximo histórico de 16 ministerios, que se mantienen hasta la llegada de Álvaro Uribe Vélez al poder en 2002.

El presidente Uribe decide fusionar los ministerios del Interior y de Justicia y Derecho (Interior y Justicia), de Salud y Trabajo (Protección Social) y de Desarrollo Económico y Comercio Exterior (Comercio, Industria y Turismo), cediéndole las cuestiones de vivienda y asuntos terriotriales a la cartera de Medio Ambiente, llamada desde entonces de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

Requisitos

Para ser ministro se requiere ser ciudadano colombiano, mayor de 25 años y no tener inhabilidades ni incompatibilidades para con el cargo.

Ministros

En Colombia existen trece ministros:

El orden anterior es establecido por tres razones:

  • Protocolaria: En ese orden hablarán en los actos publicos.
  • Formal: En ese orden seran firmados sus decretos por el Presidente.
  • Delegación: En ese orden se define quién reemplaza al Presidente de la República en sus viajes al extranjero, con la salvedad de que el Ministro Delegatario debe pertenecer al mismo partido político que el Presidente según el artículo 196 de la Constitución Nacional.

Véase también

Referencias