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Contribuciones del usuario 77.224.19.252

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15 feb 2019

  • 12:2512:25 15 feb 2019 difs. hist. +1 Álvaro LongoriaNo se puede considerar fugada una persona que se fue antes de pedir su detención. Además, en el momento en el que se solicitó su detención se puso a disposición de la justicia belga. Posteriormente la euroorden de detención se retiró, por lo que no se puede considerar como fugado. Etiquetas: Edición desde móvil Edición vía web móvil

14 feb 2019

  • 17:5217:52 14 feb 2019 difs. hist. +1 Álvaro LongoriaNo se puede considerar fugada una persona que se fue antes de pedir su detención. Además, en el momento en el que se solicitó su detención se puso a disposición de la justicia belga. Posteriormente la euroorden de detención se retiró, por lo que no se puede considerar como fugado. Etiquetas: Edición desde móvil Edición vía web móvil

12 feb 2019

  • 22:2922:29 12 feb 2019 difs. hist. −15 Álvaro LongoriaExpresión errónea: no se llama expresidentes a los presidentes de la Generalitat, siempre se les nombra como Presidentes. Tampoco es preciso el término fugado, pues está localizado y no recae sobre el ninguna orden internacional de detención. En caso de tener paradero desconocido y tal orden se le podría considerar como fugado, pero no es el caso. Etiquetas: Edición desde móvil Edición vía web móvil