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Diferencia entre revisiones de «Equidad»

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* En donde el género(sea hombre o mujer) no tiene mucho que ver, ya que tanto el hombre y la mujer son capaces de hacer las mismas tareas ya que los dos tienen el mismo nivel de inteligencia y en una sociedad de equidad no hay nada plasmado que diga que la mujer esta destinada a hacer ciertas tareas o que el hombre tiene la capacidad de hacer también ciertas tareas, en la sociedad con equidad no importa sexo, raza o religión para llevar a cabo algún deseo.
* En donde el género(sea hombre o mujer) no tiene mucho que ver, ya que tanto el hombre y la mujer son capaces de hacer las mismas tareas ya que los dos tienen el mismo nivel de inteligencia y en una sociedad de equidad no hay nada plasmado que diga que la mujer esta destinada a hacer ciertas tareas o que el hombre tiene la capacidad de hacer también ciertas tareas, en la sociedad con equidad no importa sexo, raza o religión para llevar a cabo algún deseo.
* Bondadosa templanza habitual. Propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.
* Bondadosa templansa habitual. Propención a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripsiones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.
* Justicia natural, por oposición a la letra de la ley positiva.
* Justicia natural, por oposición a la letra de la ley positiva.
* Moderación en el precio de las cosas, o en las condiciones de los contratos.
* Moderasión en el precio de las cosas, o en las condisiones de los contratos.
* Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece.<ref>[http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=equidad]</ref> Este ideal está íntimamente enlazado con el precepto exclusivamente jurídico de [[Ulpiano]] en sus "''Tria Praecepta Iuris''" (tres principios del derecho), el "''suum cuique tribuere''" (dar a cada uno lo suyo).
* Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merese.<ref>[http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=equidad]</ref> Este ideal está íntimamente enlazado con el precepto exclusivamente jurídico de [[Ulpiano]] en sus "''Tria Praecepta Iuris''" (tres principios del derecho), el "''suum cuique tribuere''" (dar a cada uno lo suyo).


Al margen de la RAE, existen autores que sostienen que significa benevolencia en la aplicación de consecuencias jurídicas<ref>Díez Picazo, "Sistema de derecho civil" vol. I</ref>
Al margen de la RAE, existen autores que sostienen que significa benebolencia en la aplicación de consecuencias jurídicas<ref>Díez Picazo, "Sistema de derecho civil" vol. I</ref>


Equidad
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Constituciones de la región, especialmente de aspectos que tienen
Constituciones de la región, especialmente de aspectos que tienen
relación con la igualdad de género.
relación con la igualdad de género.
A partir del procesamiento de las Constituciones de América
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Latina
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Revisión del 17:43 9 mar 2012

La equidad (del latín "aequitas", de "aequus", igual; del griego "͗επιεικεία", virtud de la justicia del caso en concreto), según la definición de la Real Academia Española, la cual posee diferentes definiciones que a continuación se le muestran:

  • En donde el género(sea hombre o mujer) no tiene mucho que ver, ya que tanto el hombre y la mujer son capaces de hacer las mismas tareas ya que los dos tienen el mismo nivel de inteligencia y en una sociedad de equidad no hay nada plasmado que diga que la mujer esta destinada a hacer ciertas tareas o que el hombre tiene la capacidad de hacer también ciertas tareas, en la sociedad con equidad no importa sexo, raza o religión para llevar a cabo algún deseo.
  • Bondadosa templansa habitual. Propención a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripsiones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.
  • Justicia natural, por oposición a la letra de la ley positiva.
  • Moderasión en el precio de las cosas, o en las condisiones de los contratos.
  • Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merese.[1]​ Este ideal está íntimamente enlazado con el precepto exclusivamente jurídico de Ulpiano en sus "Tria Praecepta Iuris" (tres principios del derecho), el "suum cuique tribuere" (dar a cada uno lo suyo).

Al margen de la RAE, existen autores que sostienen que significa benebolencia en la aplicación de consecuencias jurídicas[2]

Equidad

La equidad es uno de los valores mas importantes que debemos tener significa buscar la justicia de igualdad ante todas las personas como indígenas, pobres, etc. Sobre todo con la mujer debido a que muchos hombres no las ven con igualdad.

Derecho en general

El principio de equidad es un Principio General del Derecho.

Constituye uno de los postulados básicos de tales Principios Generales del Derecho su íntima relación con la justicia, no pudiendo entenderse sin ella. Tanto es así que Aristóteles consideraba lo equitativo y lo justo como una misma cosa; pero para él, aún siendo ambos buenos, la diferencia existente entre ellos es que lo equitativo es mejor aún.

De tal forma, citando el Diccionario de la lengua española la equidad es contemplada como la "bondadosa templanza habitual; propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley"; a su vez se define como "justicia natural por oposición a la letra de la ley positiva". Por lo tanto, dentro de la definición de este principio encontramos referencias a lo justo, a la justicia. Sin embargo, justicia y equidad son conceptos distintos. El gran jurisconsulto romano Celso definía el Derecho como algo que involucraba necesariamente lo equitativo. por lo tanto hay que tener claro que la constitución dice de que En este trabajo se realizó una investigación que revisó todas las Constituciones de la región, especialmente de aspectos que tienen relación con la igualdad de género. A partir del prosesamiento de las Constituciones de América Latina 2

y de las propuestas realizadas por las organizaciones de 

mujeres en Argentina, Brasil, Paraguay y Ecuador, la autora define cinco grandes campos: Igualdad y no discriminación; Modelo de familia/s; Derechos reproductivos; Derechos sexuales y Servicio militar. Sobre cada uno de estos campos se construyó una matriz y se distribuyeron los artículos pertinentes de cada Constitución en los respectivos descriptores. Presentamos a continuación una síntesis de los principales ..

Derecho español

El artículo 3.2 del Código civil de España establece que "La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita". Este enunciado, a contrario sensu, implica que la equidad sí que puede ser utilizada, pero siempre que vaya acompañada de derecho positivo. En el mismo código se hacen referencias a la equidad ponderada del Juez, de forma directa o indirecta. El art. 165 CC (bienes del hijo no emancipado) es un ejemplo bastante claro.

Equidad desde el punto de vista católico

En el caso del derecho canónico de la Iglesia católica, el principio de equidad se aplica considerando la mitigación de la rigurosidad en la aplicación de una ley con el fin de salvaguardar la salvación eterna de una determinada persona.[3]

En el punto de vista Cristiano, se sabe que el Espíritu de cada persona no tiene género. Esto es, tu alma no es ni hombre ni mujer y Dios puede usarlo de igual manera sin importar el sexo de tu cuerpo.


Referencias

  1. [1]
  2. Díez Picazo, "Sistema de derecho civil" vol. I
  3. Cf. Gianfranco Ghirlanda, Il diritto nella Chiesa, mistero di comunione, Edizioni Paoline, Cinisello Balsamo 1990, p. 69.

Enlaces externos

Equidad como principio jurídico

Equidad de género

  • Zarza S. (2006). Masculinidad y feminidad. Identidades genéricas en la actualidad. [En línea]. Disponible en:

http://www.uaemex.mx/faapauaem/docs/edesp/caminos%20hacia%20la%20equidad%202006/masculinidad.html

  • INMUJERES (2007). El impacto de los estereotipos y los roles de género en México. [En línea]. Disponible en:

http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/100893.pdf

Véase también