Discusión:Quod omnes tangit

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Pese a la referencia nº 3 de Javier Gafo, o, cuando menos, la interpretación que se ha hecho de dicha referencia, quod omnes tangit no ha pasado al derecho público tal como se afirma en el primer párrafo del artículo. Una cosa es el Derecho medieval y otra bien distinta el Derecho constitucional moderno. De acuerdo con la referencia nº 4:

Tampoco he registrado estudios que nos digan todo aquello que sucedió con nuestra máxima durante los siglos XVIII y XIX, en que si bien cabría pensar en su reverdecimiento como fundamentación teórica del estado democrático con base en la soberanía popular, tal al parecer no ha ocurrido. Con todo, de lo poco que parece haberse dicho sobre esto, rescatamos esta breve y sugerente alusión que hace Maravall: "Cuando reaparezcan las tesis democráticas, el principio moderno de la representación política no encajará bien con aquella apelación a todos —omnes— de la fórmula medieval. La volonté generale no es la volonté de tous. Por eso, su uso no será renovado".
Italo Merello Arecco. La máxima "Quod omnes tangit". Una aproximación al estado del tema

--Politiconomicon (discusión) 22:02 22 ene 2018 (UTC)[responder]