Discusión:Legado (derecho)

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El legado es una disposición de bienes o derechos a título particular.

Ello no implica que sea en cosas concretas o determinadas, ya que, efectivamente, se puede instituir al legatario en una porción del patrimonio, denominado en el derecho español como legado de parte alícuota el legado a diferencia de la herencia es que es en forma singular como le dejo mi carro verde matricula # a juan la herecia es al total de su patrimonio bienes derechos y obligaciones

Incoherencia[editar]

En el artículo sobre "Derecho a acrecer" dice: "El derecho de acreecer tendrá también lugar entre los legatarios.." Es incoherente. Una de las dos ha de estar mal.

Según surge de la lectura de los Artículos del Código Civil, el derecho de acrecer pertenece tanto a los herederos como a los legatarios, a estos últimos con condiciones especiales.

Legado legitimario[editar]

Igualmente se señala que el legada sólo puede surgir de la parte de libre disposición. Entiendo que no tiene porqué ser así. El legado legitimario del conyuge por ejemplo sale del tercio de mejora. --Fernanpa (discusión) 20:31 6 may 2010 (UTC)[responder]