Discusión:Línea de sucesión presidencial de Colombia

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Línea de sucesión presidencial de Colombia[editar]

Artículo 203. A falta del Vicepresidente cuando estuviera ejerciendo la Presidencia, ésta será asumida por un Ministro en el orden que establezca la ley. La persona que de conformidad con este artículo reemplace al Presidente, pertenecerá a su mismo partido o movimiento y ejercerá la Presidencia hasta cuando el Congreso, por derecho propio, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se produzca la vacancia presidencial, elija al Vicepresidente, quien tomará posesión de la Presidencia de la República. AlexExpensive (discusión) 01:43 27 abr 2023 (UTC)[responder]

El presidente del senado no esta en la línea de sucesión, al senado le corresponde nombrar al vicepresidente en caso de ausencia total del presidente.[1] [2] La primera persona en sucederlo en ausencia temporal solía ser la ministra de trabajo Gloria Ines Ramirez, quien ha fungido varias veces como ministra delegataria con funciones presidenciales puesto que pertenece a la misma coalición del presidente. Con los cambios de gabinete en abril de 2023 el ministro en sucesion debería ser Ricardo Bonilla ministro de hacienda que pertenece a la misma coalición.[3] Estas sucesiones de parte de los ministros son solo temporales, en caso de ausencia total del presidente se usan las mismas sucesiones temporales mientras el congreso nombra formalmente al vicepresidente. También tienes varios errores en la tabla ya que el exministro Prada dejó de pertenecer al Partido de la U hace varios años.[4] Por los errores marcaré como investigación original mientras se buscan las referencias y se corrije. -Chien (contáctame aquí) 03:17 27 abr 2023 (UTC)[responder]