Discusión:Juan y Junior

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adoptado, se entiende que es una persona que procede de un lugar y es reconocido como perteneciente a otro que lo acoge. Una persona que es originario de un lugar, pero que por cualquier motivo nace en otro, debe ser llamado ciudadano de origen. Así,en el caso de Juan Pardo, aunque natural de Baleares, debe ser reconocido como gallego de origen y no de adopción.manomar@mundo-r.com