Discusión:Ius variandi
El Ius Variando es la Facultad que posee el empleador para modificar o cambiar partes muy pequeñas del contraro de manera BILATERAL, no "unilateral"
No es así. La característica es justamente que se trata de una facultad que el empleador ejerce -dentrode ciertos límites- en forma unilateral porque deriva de su papel como organizador y director de la empresa.Héctor Guido Calvo (discusión) 14:32 5 may 2011 (UTC)
Es de manera unilateral, es sobreentendido que el patrono es el Director de la empresa y es quien tiene la facultad de alterar formas NO esenciales del contrato de trabajo quedando exceptuado lo ya explicado en el concepto.--190.202.84.82 (discusión) 20:16 2 jul 2013 (UTC)
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