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Discusión:Iuris et de iure

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Corrijo el texto (capaz ya fue corregido) que dice: "...a diferencia de las presunciones iuris tantum que permiten probar que SON erróneas." LAS PRESUNCIONES IURIS TANTUM NO SON ERRÓNEAS, muy mala redacción, confusa que induce a error. La presuncion iuris tantum es aquella que admite prueba en su contra, quedando EN EL SUPUESTO QUE SE PROBARA, descartada, pero NO son presunciones que "permiten probar que son falsas", la redacción asi expuesta pareciera como si habría que probar su error. Si existieran para probarse unicamente que son erroneas, sería en vano su existencia en el derecho. Son presunciones establecidas por la ley, en favor de ciertos hechos, o derechos que la ley admite como verdadero lo que no es más que probable. Suposiciones fundadas en lo que generalmente ocurre, aunque admiten contradiccion, debiendo probarla. diego el fiscal esta loco