Discusión:Guillermo Cañas

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Sanción[editar]

"La apelación resultó favorable al tenista, ya que se determinó que Cañas no había intentado obtener una ventaja deportiva, sino que el medicamento fue suministrado por error. Sin embargo determinó que existía una clara negligencia por parte del jugador al no leer el prospecto del producto, en el cual se indicaba la presencia de la sustancia. La sanción fue reducida de dos años a quince meses, por lo que pudo volver al circuito el 11 de septiembre de 2006."

Habría que aclarar que esta sanción fue a su vez apelada, y si bien creo que el resultado fue el mismo, hubo una instancia en la que el tribunal del deporte reconoció que no había sido del todo escuchada la defensa del tenista, y se aceptó que aquello de "clara negligencia" no fue tan así, puesto que no era costumbre entre casi ningún jugador del certamen revisar los medicamentes otorgados por profesionales de la ATP.

Enlaces rotos[editar]

Elvisor (discusión) 01:34 24 nov 2015 (UTC)[responder]