Discusión:Amenaza (Derecho)

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¿Delito?[editar]

En algunos paises esto no es un delito.

Especificación[editar]

Gracias por crear este artículo. Habría que especificar si nos estamos refiriendo a alguna legislación penal concreta (por ejemplo, el Código Penal español) o estamos haciendo un mínimo común múltiplo de las distintas regulaciones en los diferentes países. Por lo demás, cuando me retiren el bloqueo (ahora que se ha demostrado mi inocencia) me ofrezco a colaborar creando un apartado titulado "La amenaza en Derecho Comparado", que rocoja las diversas regulaciones en España y otros países. Un saludo. Firmado: el Trabucaire.--83.41.132.25 09:24 26 jun 2007 (CEST)

En general verás que en Derecho seguimos el esquema de entender que si no se dice nada se habla del concepto como tal, de forma internacional. Para crear el delito de amenazas según el Código Penal español, o bien se incluye dentro del artículo en una mención a las regulaciones nacionales, o se crea un artículo de delito de amenazas (España). Un saludo, Filipo (Mensajes a la botella ) 15:31 27 jun 2007 (CEST)

Enlaces rotos[editar]

Elvisor (discusión) 23:32 18 may 2013 (UTC)[responder]

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Elvisor (discusión) 19:10 4 nov 2015 (UTC)[responder]