Cámara de compensación

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Las cámaras de compensación son asociaciones constituidas para que las entidades de crédito puedan realizar sus pagos de compensación con liquidación periódica de los créditos y débitos recíprocos como:

  • Intercambio de cheques;
  • Letras de cambio;
  • Pagos realizados con tarjetas de crédito (en métodos indirectos);
  • Otros valores.

Según países[editar]

España[editar]

En España, el Sistema Nacional de Compensación Electrónica (SNCE) fue creado por el Real Decreto 1369/1987, de 18 de septiembre.[1]​ Inicialmente, la gestión y administración del SNCE estuvo encomendada al Banco de España, y pasó a ser asumida por la Sociedad Española de Sistemas de Pago, S.A. Iberpay en el año 2005, mediante la reforma de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores,[2]​ que llevó a cabo la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005. De este modo cada día se reducen a un solo saldo todas las operaciones entre las entidades financieras, liquidándose finalmente a través de la cuentas mutuas en el propio Banco de España.

Referencias[editar]

  1. Real Decreto 1369/1987, de 18 de septiembre, por el que se crea el Sistema Nacional de Compensación Electrónica. https://www.boe.es/eli/es/rd/1987/09/18/1369/con
  2. Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores. https://www.boe.es/eli/es/l/1999/11/12/41/con