Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)

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CITES es la sigla en inglés de The Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres).[1]

Se trata de un acuerdo internacional entre gobiernos, redactado como el resultado de la resolución adoptada en 1973 en una reunión de los miembros de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (del inglés International Union for Conservation of Nature IUCN). Su propósito es el de asegurar que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas salvajes no amenace su supervivencia en su medio natural. Los acuerdos son de varios grados de protección, y cubren a más de 30.000 especies de animales y plantas.[2][3]

Ninguna de las especies protegidas por la CITES se ha extinguido a consecuencia de su comercio, desde que el Acuerdo entró en vigor en 1975.

El Convenio

CITES es uno de los mayores acuerdos existentes sobre protección de especies. La participación es voluntaria, y los estados que han acordado firmar este Convenio se conocen como las "Partes".

Si bien CITES es legalmente vinculante con las Partes, no reemplaza las leyes propias de cada país. Sin embargo da unas líneas maestras que deben ser respetadas por cada una de las Partes, que ha de adaptar sus propias leyes, para asegurar que CITES será aplicado a un nivel nacional. El texto del Convenio se aprobó con su firma por los representantes de 80 países, en un encuentro en Washington D. C., Estados Unidos, el 3 de marzo de 1973, y entró en vigor el 1 de julio de 1975.

En la Unión Europea el Convenio se aplica mediante el Reglamento (CE) 338/97, del Consejo de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio. Por su parte, el Reglamento (CE) 865/2006, de 4 de mayo de 2006, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento anterior.

En España se aplican las disposiciones internacionales y comunitarias al respecto, habiéndose designado una Autoridad Administrativa(emite los permisos y certificados CITES necesarios, entre otras funciones) y una Autoridad Científica (presta asesoramiento sobre el estado de conservación de las especies, entre otras funciones).

Las especies

CITES trabaja controlando el comercio internacional de especímenes de unas determinadas especies. Esto requiere que todas las importaciones, exportaciones, a terceros e introducciones de especies sujetas al Convenio, han de estar autorizadas a través de un sistema de licencias.

Solo 5000 especies de animales y 28000 de plantas están protegidas por la CITES contra la sobrexplotación a través del comercio internacional. Las especies se agrupan en Apéndices, según la amenaza a la que se encuentre sometida por el comercio internacional.

  • Apéndice I incluye especies amenazadas de extinción. El comercio de individuos de estas especies, se permite solamente en circunstancias excepcionales.
  • Apéndice II incluye las especies que no necesariamente están amenazadas con la extinción, pero en las que el comercio debe de ser controlado para evitar un uso incompatible con su supervivencia.
  • Apéndice III contiene las especies que están protegidas al menos en un país, y que han solicitado a otras Partes de la CITES ayuda para controlar su comercio.[4]

Cada una de las Partes del Convenio debe designar uno o más de Delegados de Inspección en el sentido de supervisar la administración del sistema de licencias, y uno o más de Científicos Expertos para asesorar sobre los efectos del comercio en la situación de las especies en su medio.

Fuente: CITES Secretariat (Enlace externo a la página oficial)

Consecuencias para los pueblos indígenas

En muchas ocasiones, los pueblos indígenas y tribales se han convertido en víctimas de la lucha contra la caza furtiva.[5]​ Con la creciente demanda del tráfico ilegal de animales silvestres, los pueblos indígenas y tribales frecuentemente son víctimas directas de las medidas implementadas para proteger a la fauna silvestre. Los indígenas, que por regla general dependen de la caza para alimentarse, son privados de su práctica y a menudo son expulsados ilegalmente de sus tierras para la creación subsiguiente de reservas naturales con el propósito de proteger a los animales.[6]​ Los pueblos indígenas suelen ser acusados falsamente de contribuir al declive de las especies (en el caso de India, por ejemplo, se ven afectados por las medidas contra la caza furtiva del tigre),[7]​ aunque la razón fundamental del descenso de la población del tigre durante el siglo XX, se debió a la caza practicada por los colonizadores europeos y las élites de la India.[8]​ De hecho, contrariamente a la creencia más extendida, hay evidencias contundentes que demuestran que los pueblos indígenas regulan y gestionan efectivamente la población de los animales.[9]

Países miembros

Ver Lista oficial de Partes

Referencias

Página Oficial de CITES, en Español.

Listado de las especies protegidas por CITES, En Español.