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Diferencia entre revisiones de «Bien fungible»

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meeeec caso más típico de bien fungible es el [[dinero]], pero se engloban en esta categoría todos aquellos [[bien mueble|bienes muebles]] que se consumen (gastan o desaparecen) para su poseedor con el primer uso y eso, aunque pueden mantener su existencia física.

== Importancia de la clasificación ==
Dadas sus características especiales, existen regulaciones específicas para [[contrato]]s cuyo objeto son bienes fungibles. Tal es el caso del [[arrendamiento]], el contrato de [[usufructo]] o el [[Depósito (contrato)|depósito]].

Esto no es así porque normalmente no se pude restituir un bien fungible después de su uso, dado que ya se ha consumido, y la obligación pasa a ser la de restituir la misma cantidad y calidad de bienes equivalentes.

las cosas no fungibles son aquellas que no tienen poder liberatorio equivalente porque poseen un filosofia, caracteristicas propias y por consiguiente, no pueden ser cambiables por otras.

== Regulaciones por país ==
=== España ===
En España, la definición de bienes fungibles se encuentra en el artículo 337 del [[Código Civil de España|Código Civil]], según el cual son bienes fungibles ''aquellos de que no puede hacerse el uso adecuado a su naturaleza sin que se consuman''.

Existen especialidades en los contratos de compraventa, arrendamiento, préstamo o usufructo, entre otros, cuando el objeto del contrato son bienes de carácter fungible.

[[Categoría:Derecho de cosas]]
[[Categoría:Tipos de bienes]]

[[ca:Bé fungible]]

Revisión del 14:41 23 sep 2009

NO EXISTE