Anexo discusión:Reformas a la Constitución Política de Costa Rica

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Reformas a la Constitución Política de Costa Rica es un anexo bueno, lo que significa que una versión suya cumple con los requisitos pertinentes. Si encuentras alguna forma de mejorarlo, eres bienvenido a hacerlo.


Comentario SAB 18 de octubre de 2023[editar]

Hola, hago mención al redactor principal y biblotecario LuchoCR para señalar un comentarios en cuestión sobre este anexo.

Y es en especial en la referencia número 5 y 78.

  • La referencia 5, es enlace roto. Espero y una vez archivado pueda visualizarse las respectivas leyes por los números. En dado caso que no, no importa. En la cabecera Efecto donde se cita la referencia, en los títulos viene el nombre de la ley y/o número, marcado en negrito. Señalo como ejemplo la referencia [65]:
Reconocer y garantizar el derecho humano de acceso al agua potable, reforma Constitución Política, N.° 9849

.

  • El otro punto, es sobre el parámetro de las referencias. Las referencias esta bien, formato correcto, todo bien. Mas que en algunas referencias, cuando uno hace clic, aparecen algunos PDF. Y en este caso para las referencias el parámetro |parámetro=PDF debería considerase en que se deban añadir en las referencias que te llevan a los PDF's. Espero tome en cuenta esto LuchoCR.

Por el momento esperaré al que redactor haga corrección de estos puntos. Una vez ya corregidos, procedo a aprobar este Anexo. Saludos. Iván A tus órdenes 22:35 18 oct 2023 (UTC)[responder]

Hola @Ivanbetanco43: gracias por tu revisión.
  1. Sobre el primer punto, comentarte que la lógica de ese enlace es que la persona digite el número de ley y pueda ver los datos principales de dicha ley, así como poder acceder al expediente digitalizado de todo el trámite que se le dio. La Asamblea de Costa Rica no emplea enlaces permanentes, por lo que no es posible colocarlo para ese link en específico. ¿Te parece mejor si lo cambio a una "nota"?
  2. Encontré 3 referencias enlazadas a PDF, ya les he agregado el parámetro. Creo que no se me pasó ninguna otra.
  3. Cambiada la referencia 78 por el enlace directo a la resolución en el sitio web del Tribunal Supremo de Elecciones.
Quedo atento — Lucho Problem? 23:19 18 oct 2023 (UTC)[responder]

Revisión SAB 18 de octubre de 2023[editar]

Evaluación de candidato a artículo bueno
Área Subárea Fundamento
Escritura
Prosa La redacción es entendible.
Estructura La estructura es comprensiva e entendible.
Manual de estilo Este artículo sigue las recomendaciones del manual de estilo.
Jerga Comprensible.
Fuentes
Verificable Las fuentes de información pueden consultarse e incluso cuentan con su respectivo archivo.
Notas al pie Sí posee el anexo.
Formato de referencias Sí sigue al pie del formato correctamente.
Confiabilidad de las fuentes Las fuentes son de la propia Asamblea Legislativa de Costa Rica, fiable.
¿Fuente primaria? No se observa algún problema de fuente primaria en el artículo.
Información
Precisa Sí es preciso.
Completa Contiene lo adecuado.
Enfocada El contenido es claro y aborda el tema adecuadamente.
Neutralidad
Equilibrio El artículo es neutral y objetivo.
Conflictos No parecen haber registros de conflictos de edición o disputas con otros editores sobre el contenido.
Estabilidad No parecen haber registros de conflictos de edición o disputas con otros editores sobre el contenido.
Imagen
CALIFICACIÓN FINAL:

Aprobado


Hola nuevamente @LuchoCR:, te respondo al anterior comentario hecho por ti. Pido disculpa por mi error respecto al enlace web de las leyes, al parecer tenía que borrar caché de mi celular y ya una vez que lo hice ya pude tener acceso, y si, aparece un buscador al respecto sobre que número de ley quiere buscar uno.

  • Lo de la nota, lo descartamos :).
  • Gracias por haber hecho, la modificación de la referencia y el parámetro del PDF.

Ya realizado la correcciones, el anexo en buen estado, con el contenido correspondiente, las referencias con el formato adecuado e incluso con el archivado de las mismas (¡muy bien!). Procedo a aprobar este Anexo.

Felicidades @LuchoCR: :). Iván A tus órdenes 03:35 19 oct 2023 (UTC)[responder]