Diferencia entre revisiones de «Toponimia asturiana»

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*[http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.1003733838db7342ebc4e191100000f7/?vgnextoid=d7d79d16b61ee010VgnVCM1000000100007fRCRD&fecha=07/02/2008&refArticulo=2008-02103 Decreto 3/2008] ([[San Martín del Rey Aurelio]])
*[http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.1003733838db7342ebc4e191100000f7/?vgnextoid=d7d79d16b61ee010VgnVCM1000000100007fRCRD&fecha=03/03/2008&refArticulo=2008-04112 Decreto 13/2008] ([[Riosa]])



En estos decretos se oficializa la toponimia tradicional asturiana, derogando la castellana, excepto en aquellos casos en que ésta tiene cierto arraigo popular, estableciendo entonces los dos topónimos como oficiales.
En estos decretos se oficializa la toponimia tradicional asturiana, derogando la castellana, excepto en aquellos casos en que ésta tiene cierto arraigo popular, estableciendo entonces los dos topónimos como oficiales.

Revisión del 09:55 21 mar 2008

La recuperación de los nombres de lugar tradicionales

Una de las reivindicaciones del asturianismo cultural y lingüístico ha sido la recuperación de la toponimia tradicional asturiana. Así, desde la fundación de Conceyu Bable en 1974 y de la Academia de la Llingua Asturiana en 1981 se han sucedido múltiples estudios sobre esta materia.

A nivel administrativo la Consejería de Cultura del Principado de Asturias creó la Junta de Toponimia (Xunta de Toponimia) en 1985, y le encargó un estudio pormenorizado de los topónimos tradicionales asturianos. Tras dos años de trabajo se publicó una relación de nombre de lugar que sin embargo no recibió sanción legal alguna. Por lo demás, este trabajo contenía múltiples errores y tras su publicación la Junta de Toponimia fue disuelta.

La situación siguió sin cambios hasta la promulgación de la Ley autonómica 1/1998 de Uso y Promoción del Bable/Asturiano, vigente hoy en día y cuyo artículo 15.1 establece:

  1. Los topónimos de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias tendrán la denominación oficial en su forma tradicional. Cuando un topónimo tenga uso generalizado en su forma tradicional y en castellano, la denominación podrá ser bilingüe.
  2. De acuerdo con los procedimientos que reglamentariamente se determinen, corresponde al Consejo de Gobierno, previo dictamen de la Junta de Toponimia del Principado de Asturias, y sin perjuicio de las competencias municipales y estatales, determinar los topónimos de la Comunidad Autónoma

En cumplimiento de este mandato legal, el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias aprobó dos decretos que desarrollaban la Ley de Uso en materia de toponimia: El Decreto 38/2002, por el que se regula la Junta de Toponimia del Principado de Asturias, y el Decreto 98/2002, por el que se establece el procedimiento de recuperación y fijación de la toponimia asturiana.

Expedientes toponímicos aprobados

     Concejos cuya toponimia tradicional ya ha sido oficializada mediante Decreto.      Concejos en los que la Junta de Toponimia ha concluido su trabajo y esperan la promulgación del Decreto correspondiente.      Concejos en los que la Junta de Toponimia ya ha iniciado actuaciones.      Concejos en los que no se ha iniciado el proceso.

El proceso de recuperación toponímica, que aún hoy no ha concluido, comenzó oficialmente el mes de junio del año 2004, en el transcurso del cual se constituyó la Junta de Toponimia. Seguidamente, los concejos de Carreño y El Franco fueron los primeros en solicitar la restauración de su toponimia tradicional, siendo seguidos por numerosos concejos. A enero de 2008 la Junta de Toponimia está trabajando en 53 de los 78 municipios asturianos, y se han aprobado 25 decretos de oficialización de la toponimia tradicional, a saber:


En estos decretos se oficializa la toponimia tradicional asturiana, derogando la castellana, excepto en aquellos casos en que ésta tiene cierto arraigo popular, estableciendo entonces los dos topónimos como oficiales.

Ejemplos de nuevos topónimos oficiales

Cambios en la toponimia oficial de Asturias
Nombre oficial hasta ahora Nombre oficial desde ahora
Gijón Gijón/Xixón
Langreo Llangréu/Langreo
Pola de Lena La Pola Ḷḷena
Pajares Payares (Ḷḷena/Lena)
Jomezana Xomezana (Ḷḷena/Lena)
Luanco Lluanco/Luanco (Gozón)
Celorio Celoriu (Llanes)
Lugás Llugás (Villaviciosa)
Santa Eulalia Santolaya (Cabranes)
La Caridad A Caridá (El Franco)
Fresnedo Fresnéu (Cabranes)
La Masanti Llamasanti/Lamasanti (Sariegu)
Lavandera Llavandera (Gijón/Xixón)
Poago Puao (Gijón/Xixón)
El Remedio El Remediu (Nava)
Ribera de Arriba La Ribera/Ribera de Arriba
Las Segadas Les Segaes/Las Segadas (La Ribera)
Soto de Rey Soto Rei (La Ribera)
Lastres Llastres (Colunga)
Libardón Lliberdón (Colunga)

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