Servicio público
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El servicio público se puede definir como la reconducción de un sector de actividades socioeconómicas a la órbita del poder público o sector público. El concepto varía entre formas de gobierno y entre Estados. En muchos casos se trata de un monopolio artificial del gobierno.
Son brindados por determinadas entidades (por lo general el Estado), y satisfacen primordialmente las necesidades de la comunidad o sociedad donde estos se llevan a cabo. Los servicios públicos acarrean un fin económico[cita requerida] y pueden estar ligados a empresas privadas.
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[editar] Ejemplos de Servicios Públicos
En la vida cotidiana de cualquier sociedad medianamente civilizada podemos hallar innumerables servicios públicos, desde los más antiguos como el correo, hasta los más modernos y cuestionados como la televisión. Estos son algunos ejemplos:
Empresas Postales / Correo (Comunicación)
Empresas de Telefonía (Comunicación)
Compañías de Gas / Electricidad (Energéticas)
Compañías de Agua (Consumo)
Empresas Constructoras (Comunicación marítima / terrestre: puertos, rutas, carreteras, etc).
Hoy en día gracias a la tecnología podemos nombrar también un número de empresas modernas considerable, desde Radios y Televisoras hasta empresas de acceso a Internet entre otras que podrían encuadrarse bajo la definición de servicio público, aunque hay quienes discrepan con su inserción en el mismo rubro.
[editar] Regulación por país
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[editar] Chile
Los servicios públicos son órganos administrativos encargados de satisfacer necesidades colectivas, de manera regular y continua. Les corresponde generalmente aplicar las políticas, planes y programas que apruebe el Presidente de la República a través de los respectivos Ministerios de Estado.
Pueden ser centralizados o descentralizados, y están a cargo de un jefe superior denominado Director. Los servicios centralizados actúan bajo la personalidad jurídica y con los bienes y recursos del fisco y están sometidos a la dependencia del Presidente de la República, a través del Ministerio correspondiente. Los servicios descentralizados actúan con personalidad jurídica y patrimonio propios según les asigne la ley, y están bajo la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio respectivo.
[editar] España
El artículo 128 de la Constitución Española de 1978 reconoce la iniciativa pública en la actividad económica y permite reservar al sector público estrictamente recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.
En sentido amplio, se puede hablar de cuatro tipos de servicio público según su alcance:
- Actividad administrativa de cualquier índole.
- Actividades de servicio público
- Servicios públicos impropios o virtuales
- Obligaciones de servicio público
Los servicios públicos se pueden prestar de diversas formas:
- Gestión directa. La Administración territorial ofrece el servicio directamente con sus propios medios.
- Gestión interesada y gestión a través de sociedad de economía mixta.
- Gestión privada o indirecta. El arrendamiento, el concierto y la concesión.

