Principio de justicia universal

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Esta es una versión antigua de esta página, editada a las 08:14 8 jun 2014 por Lagoset (discusión · contribs.). La dirección URL es un enlace permanente a esta versión, que puede ser diferente de la versión actual.

La justicia universal, principio de universalidad o jurisdicción universal es uno de los principios de aplicación extraterritorial de la ley, incluyendo la ley penal, junto con el principio de personalidad o de nacionalidad y el principio real, de protección o de defensa.

Objetivos de este principio

El principio de justicia universal trata de evitar la impunidad de los crímenes cometidos contra la humanidad. Ante estos delitos, cada Estado, como integrante de la Comunidad Internacional y con el objetivo de protegerla debe proceder a juzgar a todo delincuente que detenga en su territorio, cualquiera que sea su nacionalidad y el lugar de ejecución del delito, como ocurre, por ejemplo, con cualquier violación de los derechos humanos. Este principio se basa en delitos de ámbito internacional o universal que atacan las leyes que protegen la vida incluyendo a la Comunidad Internacional. Si la definición de estos delitos procede de Tratados Internacionales que ni excluyen ni obligan a la aplicación de este principio, considerando que es facultad del Estado preverlo o no en su legislación interna en los casos situaciones o condiciones en los que no estén siendo aplicados los Tratados Internacionales o Universales, el principio de justicia universal, tal y como aquí está redactado es susceptible de ser violado.

Aplicación efectiva

El Principio de Justicia Universal ha encontrado su aplicación efectiva en varios Tribunales. En España la aplicación de dicho principio ha dado lugar a procesos judiciales por crímenes de genocidio, terrorismo y torturas cometidos en Argentina (previamente al Caso Simón), Chile, Guatemala y El Salvador, y -a su vez- está siendo utilizado por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal Federal de la República Argentina[1]​ en un proceso seguido al Reino de España por crímenes de lesa humanidad durante el franquismo.

La sentencia de 11 de julio de 1996 del Tribunal Internacional de Justicia de La Haya (caso Bosnia vs. República Federal de Yugoslavia) reconoció expresamente el derecho de los Estados a ejercer la jurisdicción universal en materia de genocidio.

Véase también

Referencias


Enlaces externos