Ministerio del Interior y Policía (República Dominicana)

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Ministerio del Interior y Policía


Localización
País República DominicanaBandera de la República Dominicana República Dominicana
Información general
Sigla MIP
Jurisdicción República Dominicana
Tipo ministerio del Interior
Sede Santo Domingo
Organización
Ministros Jesús Vázquez
Dependencias Dirección General de Migración
Policía Nacional
Sitio web oficial

El Ministerio de Interior y Policía es una institución que tiene como objetivo principal velar por el mantenimiento de la seguridad pública en toda la República Dominicana y asesorar el régimen administrativo de las provincias y municipios. Además supervisar las actividades migratorias.

La misión legal del ministerio es garantizar la seguridad ciudadana y el ejercicio de los derechos de la población, promoviendo el orden público, a través de cultura de paz, y una política de integridad institucional que involucre la sociedad, para mantener los valores democráticos.[1]

Historia

Con la finalidad que el Gobierno de la naciente República contase con el apoyo administrativo, y para definir claramente las funciones de cada sector, mediante la Ley Núm. 38 del 1844, se crea el orden jerárquico ministerial con cuatro sectores: los de Justicia e Instrucción Pública, Interior y Policía, Hacienda y Comercio y Guerra y Marina; los cuales debían guardar en las ceremonias públicas el orden establecido con anterioridad. Estas disposiciones están dadas por la ley Núm. 38, del año 1844.

El actual Ministerio de Interior y Policía desde sus inicios, ha tenido diferentes denominaciones de acuerdo a las funciones que se le han asignado. En el 1854 fue denomina, por la Carta Magna, como Secretaría de Estado de Interior, Policía y Agricultura. Para 1927, mediante Ley Núm. 685 se le asigna el título de Secretaría de Estado de Interior y Policía, Guerra y Marina. En el 1938 se suprime la denominación de Guerra y Marina, mediante Ley Núm. 477. Para el año 1959 fue denominada, mediante Decreto Núm. 5137, como Secretaría de Estado de Interior y Comunicaciones. En ese mismo año cambia su denominación por el de Secretaría de Estado de Interior y Cultos, mediante Decreto Núm. 5406.

En el 1961 se le denomina Secretaría de Estado de Interior y Policía, luego de emitido el Decreto Núm. 7312, la Policía Nacional, pasada a ser dependencia de la antigua Secretaría de Interior y Cultos.

La Ley 575, de 1965, la denomina Secretaria de Estado de Interior ya que mediante Ley Núm. 574 se sujetaba la Policía Nacional al Régimen Orgánico de las Fuerzas Armadas. Ese mismo año, a partir de la vigencia de la Ley Núm. 22, que derogaba a su vez la Ley Núm. 575, se pasa la Policía Nacional bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de Interior, y esta vuelve a denominarse Secretaría de Estado de Interior y Policía. También para este año, el Decreto Núm. 1 pone bajo la dirección de esta Secretaría a la Dirección General de Migración.

Mediante Ley Núm. 4378, del 10 de febrero de 1956, se describen las funciones que deben ser ejecutadas por la denominada Secretaría de Estado de Interior y Policía. En el 1965 se ponen bajo la dependencia de esta Secretaría la Dirección General de Migración y Policía Nacional. Desde el año 1950, mediante la Ley Núm. 2661, las Gobernaciones Provinciales fueron puestas bajo la Dirección de la Secretaría de Interior y Policía como forma de viabilizar la comunicación entre estas y el Ejecutivo. [2]

Funciones

  • Garantizar la seguridad ciudadana en el territorio nacional, en el marco del respeto a los derechos humanos, la paz social, el diálogo y la concertación, la participación ciudadana y la transparencia institucional;
  • Formar parte del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana;
  • Implementar la política de seguridad interior del Estado, garantizando su sustentabilidad permanente;
  • Dirigir, coordinar, apoyar y garantizar el desarrollo y la gestión eficiente de la Policía Nacional y los Cuerpos de los Bomberos;
  • Garantizar la adecuada articulación entre el gobierno central, las gobernaciones y los gobiernos locales;
  • Tomar las medidas y proponer las normas que sean necesarias para preservar la paz pública;
  • Controlar la correcta utilización de las vías públicas;
  • Garantizar la adopción de medidas necesarias para prevenir la violencia;
  • Coordinar y monitorear la gestión del Observatorio de Seguridad Ciudadana para el seguimiento de las estadísticas de la delincuencia común y el crimen organizado;
  • Garantizar y mejorar el ejercicio de los derechos civiles de la población en todas las provincias;
  • Garantizar la adopción de medidas necesarias para prevenir la violencia;
  • Promover la cultura de paz, mediante la aplicación de programas involucrando las instituciones del sector público, sector privado, ONGs, organizaciones de la sociedad civil y otro tipo de agrupaciones;
  • Asegurar la ejecución de planes y programas para fortalecer la seguridad ciudadana en las localidades;
  • Realización de estudios y diagnósticos de las comunidades, sectores y grupos vulnerables y ejecución de planes y programas sociales para su desarrollo.
  • Suscribir alianzas y convenios interinstitucionales para el fortalecimiento de la convivencia y la cultura de paz en los sectores intervenidos;
  • Administrar el sistema nacional de armas de fuego en manos de la población civil;
  • Supervisar y controlar la gestión de las personas físicas y morales dedicadas a la prestación de servicios de seguridad a empresas y particulares;
  • Controlar y registrar las ventas, traspasos y operaciones realizadas por las armerías.
  • Administrar el registro y el depósito de las armas de fuego legales e ilegales incautadas, en proceso de traspaso, pérdidas o robadas;
  • Procesar y registrar las huellas balísticas de las armas y los datos biométricos de los titulares de las mismas;
  • Garantizar el cumplimiento de todas normativas sobre importación, fabricación, transportación, comercialización y uso de productos pirotécnicos y materiales explosivos;
  • Coordinar junto a la Procuraduría General de la República, el sistema de inteligencia criminal;
  • Cooperar con los organismos internacionales en las acciones para combatir los crímenes, tráfico de armas, droga, terrorismo, cyber crimen, entre otros.
  • Formar parte de la organización internacional contra crímenes y delitos de alta tecnologías;
  • Administrar el sistema de alerta temprana para amenazas terroristas;
  • Garantizar la correcta aplicación del derecho migratorio y la obtención de la ciudadanía en República Dominicana;
  • Formular las políticas migratorias;
  • Asegurar la aplicación correcta de los procesos de naturalización de extranjeros;
  • Actualizar las informaciones relacionadas con los registros de las propiedades inmobiliarias adquirida por extranjeros
  • Controlar el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en la Rep. Dom.;
  • Controlar el horario de expendio de bebidas alcohólicas;
  • Otorgar los permisos y certificaciones necesarias que establezcan las leyes y reglamentos servicios [3]

Referencias