Fuero Reducido de Navarra

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El Fuero Reducido de Navarra es una recopilación de leyes y fueros de Navarra elaborada durante el siglo XVI, tras la Incorporación de Navarra a la Corona de Castilla, que buscaba simplificar el Fuero General de Navarra, elaborado en época medieval, no logró obtener la preceptiva sanción real para su impresión y publicación.

¿Qué es el Fuero Reducido?

La grave confusión normativa que se daba en Navarra en el siglo XVI llevó a Catalina I de Navarra y Juan III de Albret a dirigirse a las Cortes de Navarra en 1511 pidiendo su actuación al respecto:

«La contrariedad de los diversos fueros y leyes de este nuestro Reyno y estilo y práctica, y usos y costumbres que hacen ley, que algunas repugnan y contradicen a otras»
Catalina I de Navarra, Juan III de Albret. 1511[1]

Con la anexión de Navarra a Castilla (1515), el deseo de unificar tales leyes se convirtión en una necesidad política:

«La independencia del Reyno exigía la independencia del Derecho navarro frente al Derecho castellano». La expansión de este último, si no, «era un peligro cierto y podía con vertirse en hecho consumado».


El emperador Carlos V dio su visto bueno a la comisión de expertos que le propusieron las Cortes de Pamplona para sacar adelante el proyecto. Formaban ese equipo al gunos expertos dél Consejo Real y otros nombrados por las Cortes. El objetivo de su tarea, como ya se ha apuntado, estaba claro: «Eliminar lo superfluo y confuso pero sin cambiar la sustancía, modernizando y haciendo más comprensible la legislación del Reyno».

Diez años después -según que da constancia en las Cortes de Tudela- el texto ya estaba listo. Al rey Felipe II se le envió un original encuadernado en terciopelo carmesí y con cerraduras de plata.

Sin embargo, «la oposiáión de los representantes del Reino a insertar en el proyecto las ordenanzas y pro visiones no emanadas de las Cortes» fue la razón política que impidió la publicación del Fuero Reducido en su momento.

A pesar de todo, relató ayer María Isabel Ostolaza,«los juristas del Consejo Real de Navarra lo tuvieron en especial estima. pues fue consultado y comparado con ordenanzas y leyes de reinos vecinos y con la literatura jurídica de los más notables expertos».

El Fuero Navarro contiene un total de 815 leyes, de las que casi la mitad proceden del Fuero General de Navarra.

Descripción

Fue una obra que tenía por objeto recopilar los fueros, las Ieyes y las ordenanzas vigentes en el Reino de Navarra en un sólo texto legal. Su redacción fue realizada entre 1528 y 1538.[1]​ Su propósito buscaba la reducción en un solo volumen de toda la legislación vigente en ese momento en Navarra. Esta iniciativa tiene el añadido de permitir el conocimiento del derecho entonces vigente y aplicable y conocer también preceptos forales que no se han encontrado en otros textos anteriores o posteriores; y gracias a él, concluyó, podemos conocer mejor el verdadero sentido y alcance de normas mucho más antiguas -el Fuero General y los Fueros locales-, cuyas reglas recoge el Fuero Reducido en un lenguaje jurídico mucho más técnico, moderno e inteligible».

El secretario géneral del departamento de Presidencia manifestó además que el Fuero Reducido tiene una «importantísima trascendencia» para el derecho vigente: «Porque aparte de que este Derecho histórico de Navarra ha sido el vigente hasta 1973 -ayer, como quien dice- todavía se rige hoy, por cuanto el Fuero Nuevo, la Compilación de nuestro Derecho civil foral, lo declara así, en su ley 1. al afirmar que conserva rango preférente para la interpretación e integración de sus propios preceptos».

El texto legal, como ya se ha mencionado, va acompañado de cuatro estudios. El histórico-jurídico, elaborado por Ismael Sánchez Bella que, además, ha sido el coordinador general de la obra; el análisis filológico, realizado por Carmen Saralegui; el estudio de las fuentes, llevado a cabo por Mercedes Galán; y el análisis paleográfico, realizado por María Isabel Ostoloza.

Del primitivo texto del Fuero Reducido se conservan cinco manuscritos que se encuentran actualmente en el Archivo General de Navarra. Tres de ellos- fueron trasladados ayer a la Sala de Prensa con motivo de la presentación de la nueva obra.

Una obra que -según la cita del profesor Sánchez Bella- fue elaborada por hombres «de ciencia y conciencia y mucha experiencia y que recibió el visto bueno de las Cortes Navarras». «Por eso, con cluyó Ismael Sánchez Bella, confío en que esta cuidada edición crítica y los estudios que la acompañan sean de gran utilidad para los estudiosos del Derecho y contribuyan a admirar la labor de hombres del Viejo Reino, como Pedro de Ollacarizqueta, que actuaron con inteligencia y tenacidad y que merecieron esta alabanza de las Cortes de Pamplona en 1576: “Todo el Reino en conformidad ha quedado y está muy satisfecho”».

Análisis histórico: un documento sin sación real

Análisis de fuentes: manuscritos conservados

Análisis lingüístico: nuevo estilo de texto

Análisis documental: estudio paleográfico y diplomático

Véase también

Referencias

  1. a b Marrodán, Javier (27 de noviembre de 1990). «El «Fuero Reducido»: una recopilación de las leyes existentes en Navarra en el siglo XVI». Diario de Navarra (Pamplona). p. 39. 

Bibliografía

Enlaces externos