Diferencia entre revisiones de «Entidad colectiva de población»

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Es una unidad intermedia entre el [[municipio]] y la entidad singular de población.
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Cada entidad colectiva de población posee una categoría que es la calificación otorgada, o tradicionalmente reconocida, tal como [[parroquia (civil)|parroquia]], hermandad, [[concejo municipal|concejo]], diputación, etc.
Cada entidad colectiva de población posee una categoría que es la calificación otorgada, o tradicionalmente reconocida, tal como [[parroquia (civil)|parroquia]], hermandad, [[concejo]], diputación, etc.


La subdivisión del municipio en entidades colectivas de población no posee carácter oficial pero sí gran tradición. A su vez no deben confundirse esta entidad con la de Entidad local de ámbito territorial inferior al municipio (o entidades locales menores), recogida en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La subdivisión del municipio en entidades colectivas de población no posee carácter oficial pero sí gran tradición. A su vez no deben confundirse esta entidad con la de Entidad local de ámbito territorial inferior al municipio (o entidades locales menores), recogida en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Revisión del 17:06 26 jul 2010

Desde un punto de vista estadístico, en algunas regiones de España, una entidad colectiva de población es una agrupación de entidades singulares de población, con personalidad propia y un origen marcadamente histórico.

Es una unidad intermedia entre el municipio y la entidad singular de población.

Cada entidad colectiva de población posee una categoría que es la calificación otorgada, o tradicionalmente reconocida, tal como parroquia, hermandad, concejo, diputación, etc.

La subdivisión del municipio en entidades colectivas de población no posee carácter oficial pero sí gran tradición. A su vez no deben confundirse esta entidad con la de Entidad local de ámbito territorial inferior al municipio (o entidades locales menores), recogida en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Véase también:

Nomenclátor

Algunos ejemplos de entidades colectivas

En Amieva, Asturias, España[1]

  • San Juan de Amieva
  • San Román de Amieva
  • San Martín de Argolibio
  • Nuestra Señora de las Nieves de Sebarga


Castilla y León

La Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, recupera la denominación de Entidades Locales menores y realiza una configuración de las mismas con la pretensión de dignificar sus características institucionales, de modo que su existencia constituya un aliciente para los vecinos de los núcleos y para los propios Ayuntamiento.

Referencias

  • Rodríguez Muñoz, Javier (Dir.) (2000). Diccionario Geográfico de Asturias : Ciudades, Villas y Pueblos. Oviedo : Editorial Prensa Asturiana, S.A./La Nueva España. 
  • Sociedad asturiana de estudios económicos e industriales, sadei (2007). «Definiciones». Oviedo. Consultado el 6-7-2007. 


Notas al pie