Diferencia entre revisiones de «Congreso de la República de Colombia»

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== Enlaces externos ==
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Revisión del 17:56 20 jun 2010

Congreso de la República de Colombia

El Congreso de la República de Colombia es el máximo órgano legislativo del país. La sede del parlamento se denomina Capitolio Nacional y está ubicada en la parte sur de la Plaza de Bolívar en la ciudad de Bogotá.

Es un congreso bicameral compuesto por la cámara alta, denominada Senado de la República, conformado por 102 Senadores, elegidos por circunscripción nacional y de los cuales 2 son elegidos por una circunscripción especial indígena, y la cámara baja, denominada Cámara de Representantes, está conformada por 166 representantes, incluyendo 2 en circunscripción especial de comunidades indígenas, 2 en circunscripción especial de comunidades negras y 1 en representación de los colombianos en el exterior. Ambas cámaras se dividen en comisiones de acuerdo con los temas de las leyes.[1]

El Congreso sesiona en una legislatura de un año para la cual se elige un presidente para cada Cámara. Cada legislatura está dividida en dos periodos: el primero va del 20 de julio al 16 de diciembre y el segundo del 16 de marzo al 20 de junio. Sin embargo, el Presidente de la Nación puede convocar sesiones extraordinarias. [1]

El Congreso dispone de una Biblioteca que proporciona servicios de información especializados a sus miembros.

Capitolio Nacional, sede del congreso de la República en la Plaza de Bolívar de Bogotá.

Funciones

El Congreso cuenta con tres funciones principales: la primera es hacer y aprobar las leyes, la segunda reformar la Constitución, mediante actos legislativos y la tercera consiste en ejercer control político. En este caso, el Congreso está facultado para citar y cuestionar funcionarios públicos. Esta actividad puede concluir en mociones de censura (cuestionamientos políticos a la gestión), que de aprobarse, culminan en la renuncia del funcionario cuestionado.[1]

Régimen de Congresistas

Bilioteca del congreso.

Los integrantes del Congreso, tienen un régimen especial establecido por la Constitución de 1991, todos sus miembros son electos por votación popular con posibilidad de reelección. La persona que aspire a ser elegido mediante el voto popular debe ser ciudadano colombiano de nacimiento y en ejercicio y haber cumplido 30 años para el Senado y 25 años para la Cámara. La constitución también determina una serie de impedimentos para aspirar al cargo entre los que esta el impedimento para quienes hayan sido condenados en cualquier época por sentencia judicial a pena privativa de libertad, salvo por delitos políticos o culposos.[2]

Fuero

Igualmente el artículo 185 de la Constitución establece que Senadores y Representantes son inviolables por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio del cargo, sin perjuicio de las normas disciplinarias contenidas en el reglamento respectivo.[3]

El artículo 186 determina que de los delitos que cometan los congresistas, conocerá en forma privativa la Corte Suprema de Justicia, única autoridad que podrá ordenar su detención. En caso de flagrante delito deberán ser aprehendidos y puestos inmediatamente a disposición de dicho tribunal.[3]

Capitolio Nacional de noche.

Desde el año 2006 el congreso se vio seriamente afectado en su legitimidad por la vinculación de varios de sus miembros al escándalo de la parapolítica. Según las investigaciones varios de sus miembros habrían alcanzado sus escaños a través de alianzas con grupos armados de extrema derecha conocidos como paramilitares pertenecientes a las Autodefensas Unidas de Colombia que generalmente están asociados al narcotráfico.[4]​ Debido al creciente número de congresistas investigados, varios de los cuales resultaron detenidos, en 2008 varios sectores de la política y la prensa cuestionaron la legitimidad del congreso y se empezaron a evaluar diferentes alternativas para afrontar la crisis que se agravó en el momento en que la Corte Suprema de Justicia anunció investigación preliminar en contra de la entonces presidenta de la corporación Nancy Patricia Gutiérrez.[5]

Véase también


Referencias

  1. a b c «El Congreso es el órgano de la democracia». El Colombiano. Consultado el 19 de abril de 2008. 
  2. «Régimen de los congresistas». Caracol Radio. 21 de febrero de 2006. Consultado el 19 de abril de 2008. 
  3. a b «Capítulo VI: De los congresistas». Constitución Política de Colombia. 1991. 
  4. «Las pruebas hablan por sí solas». Semana. 11/11/2006. Consultado el 14 de abril de 2008. 
  5. «Hecatombe». El Espectador. 18 de abril de 2008. Consultado el 19 de abril de 2008. 

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