Diferencia entre revisiones de «Estación de esquí de San Glorio»

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En Abril de 2008 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León emite una sentencia que veta la estación de esquí en San Glorio anulando la norma que permitía la construcción dentro del parque. El tribunal afirma que la Junta, al rebajar la protección del espacio natural sin justificarlo, vulneró "flagrantemente" el plan de ordenación y que infringió la Ley autonómica de Espacios Naturales, la Ley estatal de Conservación y la normativa europea sobre la Red Natura 2000.<ref>[http://www.elpais.com/articulo/sociedad/justicia/veta/estacion/esqui/ser/inviable/cambio/clima/elpepisoc/20080402elpepisoc_6/TesLa justicia veta una estación de esquí al ser inviable con el cambio de clima]</ref> Además, dicho tribunal aduce que los cambios climáticos que se están produciendo hacen que la viabilidad económica del proyecto sea "muy dudosa".<ref>[http://www.eldiariomontanes.es/20080402/local/sur-liebana/cambios-climaticos-hacen-inviable-200804021439.html/El Diario Montañés]</ref>
En Abril de 2008 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León emite una sentencia que veta la estación de esquí en San Glorio anulando la norma que permitía la construcción dentro del parque. El tribunal afirma que la Junta, al rebajar la protección del espacio natural sin justificarlo, vulneró "flagrantemente" el plan de ordenación y que infringió la Ley autonómica de Espacios Naturales, la Ley estatal de Conservación y la normativa europea sobre la Red Natura 2000.<ref>[http://www.elpais.com/articulo/sociedad/justicia/veta/estacion/esqui/ser/inviable/cambio/clima/elpepisoc/20080402elpepisoc_6/TesLa justicia veta una estación de esquí al ser inviable con el cambio de clima]</ref> Además, dicho tribunal aduce que los cambios climáticos que se están produciendo hacen que la viabilidad económica del proyecto sea "muy dudosa".<ref>[http://www.eldiariomontanes.es/20080402/local/sur-liebana/cambios-climaticos-hacen-inviable-200804021439.html/El Diario Montañés]</ref>


LA ESTACIÓN DE ESQUÍ DE SAN GLORIO PODRÍA SALIR ADELANTE A CAMBIO DE REDUCIR LOS DERECHOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES DE TODOS LOS CIUDADANOS

El empeño del gobierno del PP y el grupo mixto en Castilla y León, acompañado por la complacencia del PSOE en promover y desarrollar una estación de esquí en San Glorio, ha dado un giro radical en los últimos días. El soñado proyecto de estación de esquí tiene ya en su contra tres sentencias judiciales donde queda clara la imposibilidad legal de desarrollar las infraestructuras necesarias para este proyecto sin incumplir la Ley 4/2000, de 27 de junio, de declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina, una Ley que paradójicamente promulgó y aprobó hace apenas diez años el mismo gobierno que ahora quiere dilapidarla. Esta sentencia está ahora mismo en trámite de recurso ante el Tribunal Supremo, pero todos los indicios vienen a indicar que la sentencia final será igualmente restrictiva ante la pretensión de desarrollar un agresivo proyecto de estación de esquí en el interior de un espacio natural protegido.

El empecinamiento político en sacar adelante este proyecto ha dado un peligroso giro hacia un espacio posiblemente fuera del marco constitucional. Este camino comenzó el pasado día 26 de marzo, cuando se modificó la Ley de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. Esta modificación permite que cualquier proyecto pueda ser aprobado por Decreto o por Ley de las Cortes, cuando sean de excepcional relevancia. Con esto se abre la puerta al ejercicio de todo tipo de presiones en defensa de intereses particulares o corporativos sobre quien deba tomar la decisión –el grupo parlamentario que tiene la mayoría– para blindar ante los tribunales de lo contencioso administrativo cualquier plan o proyecto regional de intervención en el territorio que pueda resultar conflictivo.

De esta forma la Junta de Castilla y León elude la acción de los tribunales ordinarios, priva a los ciudadanos de la tutela judicial efectiva y quiebra la división de poderes.

Esta maniobra de la Junta resulta claramente inconstitucional, ya que priva a todos los ciudadanos y asociaciones a interponer cualquier recurso contra las leyes. Si se aprobaran como Ley todos los proyectos, no se podrían recurrir y se podrían llevar a cabo.

Esta situación, más propia de un estado totalitario, es lo que ha sucedido en Castilla y León. Tras la modificación de la Ley de Ordenación del Territorio, apenas transcurrieron unos días para que el rodillo antidemocrático de la Junta de Castilla y León presentase una Proposición de Ley cuyo objetivo es la declaración de Proyecto Regional del Complejo de Ocio y Aventura Meseta-Ski, un proyecto que pretende la instalación de una estación de esquí en Tordesillas (Valladolid) y que, al igual que el caso de San Glorio, tiene varias sentencias judiciales en su contra que impiden la ejecución del proyecto por su impacto ambiental.

El pasado día 5 de mayo le tocó el turno a San Glorio. El Partido Popular y el grupo mixto presentaron una Proposición de Ley para modificar la Ley por la que se declaró el Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina, eliminando la prohibición existente en la actualidad que impide la creación de estaciones de esquí alpino dentro del Parque.

Tanto si se está a favor o en contra de la estación de esquí, debe estar por encima el respeto a las leyes de la democracia, el respeto a las decisiones de los jueces, el escuchar los argumentos de la otra parte. Es muy tentador, como se ha visto, una mala utilización del poder y traspasar los límites de lo que debe estar por encima de todo en un sistema democrático: La ley.

Los ciudadanos hemos sufrido un menoscabo de la tutela judicial efectiva recogida en el artículo 24 de la constitución Española, por la cual, todos tenemos derecho a ser parte en un proceso y a poder promover en su marco la actividad jurisdiccional para poder defender nuestros derechos e intereses, intereses legítimos como lo demuestran las tres sentencias falladas a favor de los grupos ecologistas y en contra de autorizar el esquí alpino en la zona palentina de Fuentes Carrionas.

Los ciudadanos sufrimos indefensión ya que no tenemos oportunidad de alegar y probar nuestros derechos e intereses con los principios de bilateralidad e igualdad de armas procesales.

Los ciudadanos hemos perdido el derecho a participar, derecho recogido en el derecho Español y Europeo.

Los jueces han perdido respeto puesto que se buscan “caminos para allanar los obstáculos legales” para conseguir el fin político a toda costa.

Los jueces han perdido credibilidad puesto que ven como sus sentencias no se cumplen.

Los partidos políticos han sufrido un menoscabo puesto que utilizan cualquier medio para conseguir sus fines evitando y saltándose, y esto es lo más grave, las leyes de la democracia, de la participación, de permitir hablar al otro.

Ante esta situación, los grupos firmantes no vamos a escatimar esfuerzos en utilizar los escasos medios constitucionales y legales a los que todavía tenemos acceso. Esta misma semana se presentará una Queja al defensor del pueblo para que presente recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional y pida la suspensión como medida cautelar de la Ley de Ordenación del Territorio y la Proposición de Ley para modificar el PORN de Fuentes Carrionas.

De igual forma, se está trabajando ya en un escrito de apelación ante el tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva e indefensión.


=== Polémica territorial ===
=== Polémica territorial ===

Revisión del 10:19 23 may 2010

Estación de esquí de San Glorio
Ubicación
País España
Ubicación Cordillera Cantábrica
Características
Cota máxima 2540
Cota mínima 1520[1]
Longitud esquiable 60,2
Área esquiable 119 ha
Cañones de nieve 352
Área innivada 52,1 ha
Página web www.sanglorio.net
Remontes
Telecabinas 0
Telesillas 15
• 6 plazas 8
• 4 plazas 7
Telesquís 2
Cintas de transporte 2
Capacidad de transporte 27.900
Pistas de esquí
 Verdes 3
 Azules 16
 Rojas 18
 Negras 11
Total esquí alpino 55,2
Circuito de fondo 5
Total esquí de fondo 5
Circuito de eslalon 2,2 km

La estación de esquí de San Glorio es un proyecto de construcción de una gran instalación para la práctica de deportes de invierno, que afectaría a las provincias españolas de León, Palencia y Cantabria, en las proximidades del Puerto de San Glorio (43°04′00″N 4°46′00″O / 43.06667, -4.76667).

Proyecto

La construcción de un complejo de esquí es una reivindicación de la comarca de la Montaña Oriental que surge a mediados de los años 70 pero no es atendida por el valor medioambiental de la zona. La población de Oso Pardo utiliza sus valles para comunicarse desde León con los parajes de Fuente del Cobre y Fuentes Carrionas en Palencia, y con la Liébana en Cantabria. Así mismo se trata de una zona de un alto valor ecológico por los endemismos de numerosas especies vegetales que se pueden encontrar en las laderas de los valles glaciares que conforman el entorno del puerto.

Polémica

Riaño es el centro de la comarca donde se enclavará; y el embalse al que da nombre será objeto de aprovechamiento para deportes naúticos.

Polémica medioambiental

La presencia del Oso Pardo cantábrico así como de flora de especial interés, ha motivado un rechazo unánime por parte de la comunidad científica y universitaria que ha presentado un manifiesto[2]​ en el que advierte de la amenaza irreparable que supondría la construcción de un gran complejo en un paraje de gran valor medioambiental. La estación también cuenta con la oposición de un centenar de organizaciones.[3]

La empresa promotora defiende que se trata de la única solución para la despoblación de los pueblos aledaños, sin embargo desde colectivos proteccionistas y diferentes asociaciones se advierte de que existe un interés puramente inmobiliario desde la empresa promotora. El Ministerio de Medio Ambiente se ha opuesto desde el inicio[4]​ a la construcción de la estación, que cuenta con el apoyo de la Junta de Castilla y León. Para evitar el dictamen de Medio Ambiente, que interviene en caso de que el proyecto afecte a más de una comunidad autónoma, la empresa promotora anunció que presentara la parte de Cantabria mediante una sociedad paralela.[5]

Otro obstáculo para la ejecucción del proyecto consistió en que éste está emplazado dentro de los límites del parque natural de Fuentes Carrionas, que se superó convenientemente mediante la modificación de los Instrumentos de Ordenación del Territorio por parte de la Junta de Castilla y León.[6]

La gente de los pueblos de los alrededores, se han postulado claramente a favor del proyecto, con grandes reivindicaciones para su puesta en marcha. Sus argumentos están sobre todo en el gran impulso que supondría esta inversión en la Montaña, que sería el inicio del resurgir económico de la zona. En este sentido, la empresa promotora ha puesto en marcha una campaña de recogida de firmas, que ya superan las 4000.[7]

En Abril de 2008 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León emite una sentencia que veta la estación de esquí en San Glorio anulando la norma que permitía la construcción dentro del parque. El tribunal afirma que la Junta, al rebajar la protección del espacio natural sin justificarlo, vulneró "flagrantemente" el plan de ordenación y que infringió la Ley autonómica de Espacios Naturales, la Ley estatal de Conservación y la normativa europea sobre la Red Natura 2000.[8]​ Además, dicho tribunal aduce que los cambios climáticos que se están produciendo hacen que la viabilidad económica del proyecto sea "muy dudosa".[9]

Polémica territorial

Son varios los sectores de la población leonesa que han reivindicado el protagonismo que sostienen que merece la parte leonesa de la estación. La "Asociación San Glorio Leonés" convocó una manifestación que concentró a unas 1.000 personas[10]​ en Cistierna.[11]

Referencias

Enlaces externos