Diferencia entre revisiones de «Abogado»

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Genéricamente se puede definir el término abogado como: "persona con título de grado habilitado conforme a la legislación de cada país, que ejerce el Derecho, en asistencia de terceras personas, siendo un auxiliar activo e indispensable en la administración de la Justicia de un país."
Genéricamente se puede definir el término abogado como: "persona con título de grado habilitado conforme a la legislación de cada país, que ejerce el Derecho, en asistencia de terceras personas, siendo un auxiliar activo e indispensable en la administración de la Justicia de un país."


En [[Argentina]] el ''Título de Abogado'' es la denominación que se otorga en [[Argentina]] a todo aquel estudiante de [[Leyes]] y [[Derecho]] que luego de haber cursado y aprobado los contenidos de una carrera de grado de 5 años lectivos de duración y la misma carrera fuera correctamente certificada por el organismo regulador nacional de carreras universitarias en Argentina [[CONEAU]].<ref>[http://www.coneau.edu.ar/archivos/447.pdf Ley de Educación Superior - Argentina], artículo 46</ref> Una vez obtenido el Título de Abogado, el flamante profesional está así habilitado a ejercer el derecho en toda la Jurisdicción Argentina así como utilizar el prefijo ''Abog.'' en su nombre propio.
En España la actividad profesional del Abogado se regula en Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, cuyo artículo 6 contempla que "corresponde en exclusiva la denominación y función de abogado al Licenciado en Derecho que ejerza profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos, o el asesoramioento y consejo jurídico", añadiendo su artículo 9.1 que "son abogados quienes, incorporados a un Colegio español de Abogados en calidad de ejercientes y cumplidos los requisitos necesarios para ello, se dedican de forma profesional al asesoramiento, concordia y defensa de los intereses jurídicos ajenos, públicos y privados".

En [[España]] la actividad profesional del Abogado se regula en Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, cuyo artículo 6 contempla que "corresponde en exclusiva la denominación y función de abogado al Licenciado en Derecho que ejerza profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos, o el asesoramioento y consejo jurídico", añadiendo su artículo 9.1 que "son abogados quienes, incorporados a un Colegio español de Abogados en calidad de ejercientes y cumplidos los requisitos necesarios para ello, se dedican de forma profesional al asesoramiento, concordia y defensa de los intereses jurídicos ajenos, públicos y privados".


El abogado es el encargado de defender los intereses de una de las partes en litigio. Al ser el abogado un profesional específicamente preparado y especializado en cuestiones jurídicas, es la única persona que puede ofrecer un enfoque adecuado del problema que tiene el ciudadano o 'justiciable'.
El abogado es el encargado de defender los intereses de una de las partes en litigio. Al ser el abogado un profesional específicamente preparado y especializado en cuestiones jurídicas, es la única persona que puede ofrecer un enfoque adecuado del problema que tiene el ciudadano o 'justiciable'.
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Los estudios de abogados más grandes en la actualidad bordean los 4.000 abogados, siendo verdaderas empresas transnacionales. La mayor parte de los mega estudios (1.000 o más abogados) tienen su origen en Estados Unidos o en el Reino Unido.
Los estudios de abogados más grandes en la actualidad bordean los 4.000 abogados, siendo verdaderas empresas transnacionales. La mayor parte de los mega estudios (1.000 o más abogados) tienen su origen en Estados Unidos o en el Reino Unido.



== Decálogo del Abogado ==
== Decálogo del Abogado ==
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'''Ama a tu profesión'''. Trata de considerar la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.
'''Ama a tu profesión'''. Trata de considerar la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.


==Utilización del prefijo “Dr.” o “Lic.”==
== Referencias ==

En [[Argentina]] el llamar a un abogado como doctor es considerado erróneo, sin embargo como en otros países, los Abogados son algunas veces referidos como tales<ref>[http://www.andinia.com/articles/desaparecido_nn/a04972.shtml] Abogados Argentinos: Los doctores que no son</ref> a pesar de no poseer un doctorado en investigación. Dado que el [[Lenguaje]] va sufriendo de una constante evolución, la mala costumbre y uso del prefijo ''Dr.'' por parte de los Abogados en Argentina se debe basicamente a las siguientes razones:

* Acordada de la corte suprema y antiguos nombres de carreras de leyes que dejaron de existir: En la antigua y clerical Universidad de Córdoba (Anterior a la revolución universitaria para luego sobrevenir como [[Universidad Nacional de Córdoba]]) la carrera universitaria en derecho se denominaba antiguamente ''Doctorado en Leyes'' y no [[Abogacía]] como empezó a llamarse a partir de la [[Reforma Universitaria]] de 1918. Por otro lado, antes que se reglamentara las carreras de posgrado en Argentina, existían [[Título de grado|Títulos de grado]]; además de en la [[UNC]], denominados también como “Doctor en Leyes” que por su simple uso en aquel tiempo promovieron una acordada de la corte suprema que autorizó el uso del prefijo “Dr.” sin diferenciar carreras de posgrado y grado<ref>[http://www.earchivo.mendoza.gov.ar/todo.php?idnota=24535] El debate por el título de doctor</ref>.

* Oferta Académica: El Sistema universitario Argentino recien empezó a dictar cursos de posgrado (Especializaciones, Maestrías y Doctorados)<ref>[http://www.coneau.edu.ar/index.php?item=29&apps=16&id=428&act=ver&idioma=aa] Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria - Tipos de Posgrado</ref> en [[1949]] cuando el uso del prefijo calificativo ya se había difundido.

* Reticencia de los Colegios de Abogados: Los Colegios de Abogados se niegan a asumir la denominación oficial y continuan apoyando el uso del prefijo sin discriminar un Abogado con [[Título de grado]] de un Doctor en Derecho de [[Posgrado]] que según la normativa actual ''“...ha hecho una contribución original al conocimiento...”''<ref>[http://www.coneau.edu.ar/archivos/447.pdf] Ley Nacional de Educación Superior - Argentina</ref>

En [[Colombia]] el prefijo “Dr.” se da de denominación corriente de quienes ejercen el derecho solamente con título de grado y matrícula profesional por el uso y la costumbre repetidamente y sin solución de continuidad.

En [[Ecuador]] y [[España]] reciben el prefijo “Lic.” pues al terminar su carrera de grado reciben el título de ''Licenciado en Leyes'' o ''Licenciado en Derecho''.

==Vease También==


* [[Sofista]]s
* [[Sofista]]s
* [[Jurista]]s
* [[Jurista]]s
* [[Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria]]
* [[Título de Abogado]]

== Referencias ==
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== Enlaces externos ==
== Enlaces externos ==

Revisión del 03:11 17 may 2010

Abogado francés, principios del s. XX.
Abogado inglés, principios del s. XX.

Un abogado (del latín advocatus, "llamado en auxilio") es aquella persona que ejerce profesionalmente la defensa jurídica de una de las partes en juicio, así como en toda clase de procesos judiciales y administrativos. Además, asesora y da consejo en materias jurídicas. En la mayoría de los ordenamientos de los diversos países, para el ejercicio de esta profesión se requiere estar inscrito en un Colegio de Abogados, o bien tener una autorización del Estado para ejercer.

Los abogados como también los jueces, son llamados coloquialmente y por una arraigada costumbre Doctores aunque realmente no todos lo son, para obtener el grado de Doctor deben realizar nuevos aportes originales a las Ciencias Jurídicas, en cuyo caso el abogado obtiene el título de Doctor en Derecho.

Ejercicio profesional

Genéricamente se puede definir el término abogado como: "persona con título de grado habilitado conforme a la legislación de cada país, que ejerce el Derecho, en asistencia de terceras personas, siendo un auxiliar activo e indispensable en la administración de la Justicia de un país."

En Argentina el Título de Abogado es la denominación que se otorga en Argentina a todo aquel estudiante de Leyes y Derecho que luego de haber cursado y aprobado los contenidos de una carrera de grado de 5 años lectivos de duración y la misma carrera fuera correctamente certificada por el organismo regulador nacional de carreras universitarias en Argentina CONEAU.[1]​ Una vez obtenido el Título de Abogado, el flamante profesional está así habilitado a ejercer el derecho en toda la Jurisdicción Argentina así como utilizar el prefijo Abog. en su nombre propio.

En España la actividad profesional del Abogado se regula en Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, cuyo artículo 6 contempla que "corresponde en exclusiva la denominación y función de abogado al Licenciado en Derecho que ejerza profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos, o el asesoramioento y consejo jurídico", añadiendo su artículo 9.1 que "son abogados quienes, incorporados a un Colegio español de Abogados en calidad de ejercientes y cumplidos los requisitos necesarios para ello, se dedican de forma profesional al asesoramiento, concordia y defensa de los intereses jurídicos ajenos, públicos y privados".

El abogado es el encargado de defender los intereses de una de las partes en litigio. Al ser el abogado un profesional específicamente preparado y especializado en cuestiones jurídicas, es la única persona que puede ofrecer un enfoque adecuado del problema que tiene el ciudadano o 'justiciable'.

Debe destacarse que además de su intervención en el juicio, una función básica y principal del abogado es la preventiva. Con su asesoramiento y una correcta redacción de los contratos y documentos, pueden evitarse conflictos sociales, de forma que el abogado, más que para los pleitos o juicios, sirve para no llegar a ellos, sirviendo en muchos casos como mediador extrajudicial. Tanto es así que en la mayoría de los procedimientos judiciales es obligatorio comparecer ante los tribunales asistido o defendido por un abogado en calidad de director jurídico, es decir todo escrito o presentación judicial debe ir firmada por el cliente (o su representante legal, el procurador/a) y por su abogado, lo cual le garantiza un debido ejercicio del derecho a la defensa durante el proceso.

Un abogado suele tener poderes de su defendido o cliente mediante autorización por instrumento público, u otorgado "apud acta" por comparecencia en el juzgado o tribunal, de manera que pueda dirigirlo en juicio, o representarlo en actuaciones legales o administrativas que no requieren, necesariamente, de Procurador/a de los Tribunales, y el abogado representa al justiciable.

La actuación profesional del abogado se basa en los principios de libertad e independencia. Los principios de confianza y de buena fe presiden las relaciones entre el cliente y el abogado, que está sujeto al secreto profesional. El abogado se debe a su cliente, en primer lugar, y debe litigar de manera consciente respecto a la responsabilidad social en la que se halla, con un actuar crítico y equilibrado al servicio de la paz social, en la que colabora con los juzgados y tribunales dentro del sistema judicial de cada país.

A través de los Colegios de Abogados u organismos pertinentes, dependiendo del país, existen servicios de asistencia jurídica gratuita para los ciudadanos que carecen de medios económicos para pagar los honorarios de un abogado. Son los llamados defensores "Ad honorem" en el caso que asesoren desde Colegios de abogados, y abogados oficiales defensores (o simplemente abogados de oficio) cuando dependen directamente del Estado.

Las especialidades más habituales en el mundo de la abogacía suelen ser: Derecho civil, de familia, penal, mercantil, laboral, tributario, constitucional, administrativo y ambiental.

Formas de organización

Tradicionalmente, los abogados ejercieron su profesión solos o en pequeños grupos. Fue en Estados Unidos de América a finales del siglo XIX cuando los abogados comenzaron a juntarse en grupos más grandes, tendencia que pasaría rápidamente a Europa y luego al resto de los países con un desarrollo relevante de la profesión. Como un caso muy especial pude citarse Francia, donde aún hoy en día, con algunas contadas excepciones, los abogados siguen trabajando solos o en pequeños grupos.

Generalizando, podría decirse que las formas de organización que los abogados se han dado son básicamente tres. En primer lugar, y por lejos la forma más usada, son los abogados que ejercen solos o en pequeños grupos. En segundo, aun cuando es una fórmula que se bate en retirada, están las comunidades de techo, donde básicamente los abogados comparten la propiedad de un inmueble o contribuyen comunitariamente a los gastos generales, y cada uno lleva sus propios clientes. En tercer lugar, independientemente de la estructura societaria elegida, están los estudios de abogados o estudios jurídicos, en los que generalmente se concentra la mayor parte del trabajo complejo y relevante que se realiza en un país para empresas, gobierno o personas.

Desde otra perspectiva, podemos decir que los estudios de abogados se clasifican en pequeños, medianos y grandes. Aun cuando esta nomenclatura tendrá un uso diferente en cada país, generalmente es aceptado que un estudio pequeño tiene hasta 50 abogados, y que uno estudio es grande cuando alcanza al menos los 100 abogados. Los estudios de abogados se califican a sí mismos como generalistas y especialistas, o como "one stop shop" y "boutiques", para usar un lenguaje más contemporáneo. Si bien es cierto que en general puede observarse que el tamaño de los estudios de abogados depende del tamaño de la población y de la economía de un país, existen excelentes ejemplos de que ello no es una regla cerrada; tal es el caso de Nueva Zelanda y de Irlanda, donde se encuentran varios estudios con más de 200 abogados, tratándose de poblaciones cercanas a los cuatro millones de habitantes.

Los estudios de abogados más grandes en la actualidad bordean los 4.000 abogados, siendo verdaderas empresas transnacionales. La mayor parte de los mega estudios (1.000 o más abogados) tienen su origen en Estados Unidos o en el Reino Unido.

Decálogo del Abogado

Estudia. El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado.

Piensa. El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.

Trabaja. La abogacía es una ardua fatiga pues esta al servicio de la justicia.

Lucha. Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha siempre por la justicia.

Sé leal. Leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez, que ignora los hechos y debes confiar en lo que tú le dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez, debe confiar en el que tú le invocas."

Tolera. Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.

Ten paciencia. El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.

Ten fe. Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del derecho; en la paz, como sustituto bondadoso de la justicia; y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay Derecho, justicia, ni paz.

Olvida. La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.

Ama a tu profesión. Trata de considerar la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.

Utilización del prefijo “Dr.” o “Lic.”

En Argentina el llamar a un abogado como doctor es considerado erróneo, sin embargo como en otros países, los Abogados son algunas veces referidos como tales[2]​ a pesar de no poseer un doctorado en investigación. Dado que el Lenguaje va sufriendo de una constante evolución, la mala costumbre y uso del prefijo Dr. por parte de los Abogados en Argentina se debe basicamente a las siguientes razones:

  • Acordada de la corte suprema y antiguos nombres de carreras de leyes que dejaron de existir: En la antigua y clerical Universidad de Córdoba (Anterior a la revolución universitaria para luego sobrevenir como Universidad Nacional de Córdoba) la carrera universitaria en derecho se denominaba antiguamente Doctorado en Leyes y no Abogacía como empezó a llamarse a partir de la Reforma Universitaria de 1918. Por otro lado, antes que se reglamentara las carreras de posgrado en Argentina, existían Títulos de grado; además de en la UNC, denominados también como “Doctor en Leyes” que por su simple uso en aquel tiempo promovieron una acordada de la corte suprema que autorizó el uso del prefijo “Dr.” sin diferenciar carreras de posgrado y grado[3]​.
  • Oferta Académica: El Sistema universitario Argentino recien empezó a dictar cursos de posgrado (Especializaciones, Maestrías y Doctorados)[4]​ en 1949 cuando el uso del prefijo calificativo ya se había difundido.
  • Reticencia de los Colegios de Abogados: Los Colegios de Abogados se niegan a asumir la denominación oficial y continuan apoyando el uso del prefijo sin discriminar un Abogado con Título de grado de un Doctor en Derecho de Posgrado que según la normativa actual “...ha hecho una contribución original al conocimiento...”[5]

En Colombia el prefijo “Dr.” se da de denominación corriente de quienes ejercen el derecho solamente con título de grado y matrícula profesional por el uso y la costumbre repetidamente y sin solución de continuidad.

En Ecuador y España reciben el prefijo “Lic.” pues al terminar su carrera de grado reciben el título de Licenciado en Leyes o Licenciado en Derecho.

Vease También

Referencias

  1. Ley de Educación Superior - Argentina, artículo 46
  2. [1] Abogados Argentinos: Los doctores que no son
  3. [2] El debate por el título de doctor
  4. [3] Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria - Tipos de Posgrado
  5. [4] Ley Nacional de Educación Superior - Argentina

Enlaces externos