Diferencia entre revisiones de «Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión»
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'''Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (RESORTE)''' es el nombre de la ley aprobada por la [[Asamblea Nacional de Venezuela]], vigente desde el [[7 de diciembre]] de [[2004]], cuyo objeto es el de establecer la responsabilidad social de los prestadores de los servicios de [[radio]] y [[televisión]], sus relacionados, los productores nacionales independientes y los usuarios en el proceso de difusión y recepción de mensajes, fomentando el equilibrio democrático entre sus deberes, derechos e intereses, a los fines de procurar la justicia social y de contribuir a la formación de la ciudadanía, la democracia, la paz, los derechos humanos, la educación, la cultura, la salud pública, y el desarrollo social y económico de la Nación, de conformidad con las normas y principios constitucionales, de la legislación para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, la educación, la seguridad social, la libre competencia y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. |
'''Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (RESORTE)''' es el nombre de la ley aprobada por la [[Asamblea Nacional de Venezuela]], vigente desde el [[7 de diciembre]] de [[2004]], cuyo objeto es el de establecer la responsabilidad social de los prestadores de los servicios de [[radio]] y [[televisión]], sus relacionados, los productores nacionales independientes y los usuarios en el proceso de difusión y recepción de mensajes, fomentando el equilibrio democrático entre sus deberes, derechos e intereses, a los fines de procurar la justicia social y de contribuir a la formación de la ciudadanía, la democracia, la paz, los derechos humanos, la educación, la cultura, la salud pública, y el desarrollo social y económico de la Nación, de conformidad con las normas y principios constitucionales, de la legislación para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, la educación, la seguridad social, la libre competencia y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. |
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Entre otras cosas, esta ley obliga a todos los prestadores de servicio de radio y televisión a transmitir obligatoriamente los mensajes y alocuciones que el [[Poder Ejecutivo Nacional (Venezuela)|Ejecutivo Nacional]] considere necesarios. También deben transmitir de manera gratuita y obligatoria mensajes culturales, educativos, informativos o preventivos de servicio público seleccionados por el Ejecutivo Nacional, los cuales no deben exceder los quince minutos diarios. |
Entre otras cosas, esta ley obliga a todos los prestadores de servicio de radio y televisión a transmitir obligatoriamente los mensajes y alocuciones que el [[Poder Ejecutivo Nacional (Venezuela)|Ejecutivo Nacional]] considere necesarios. También deben transmitir de manera gratuita y obligatoria mensajes culturales, educativos, informativos o preventivos de servicio público seleccionados por el Ejecutivo Nacional, los cuales no deben exceder los quince minutos diarios. |
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Esto muestra la gran censura que hay en venezuela desde que empezo el gobierno de Hugo Chavez. |
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== Véase también == |
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*[[Censura en Venezuela]] |
*[[Censura en Venezuela]] |
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== Enlaces externos == |
== Enlaces externos == |
Revisión del 16:42 25 ene 2010
Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (RESORTE) es el nombre de la ley aprobada por la Asamblea Nacional de Venezuela, vigente desde el 7 de diciembre de 2004, cuyo objeto es el de establecer la responsabilidad social de los prestadores de los servicios de radio y televisión, sus relacionados, los productores nacionales independientes y los usuarios en el proceso de difusión y recepción de mensajes, fomentando el equilibrio democrático entre sus deberes, derechos e intereses, a los fines de procurar la justicia social y de contribuir a la formación de la ciudadanía, la democracia, la paz, los derechos humanos, la educación, la cultura, la salud pública, y el desarrollo social y económico de la Nación, de conformidad con las normas y principios constitucionales, de la legislación para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, la educación, la seguridad social, la libre competencia y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
Entre otras cosas, esta ley obliga a todos los prestadores de servicio de radio y televisión a transmitir obligatoriamente los mensajes y alocuciones que el Ejecutivo Nacional considere necesarios. También deben transmitir de manera gratuita y obligatoria mensajes culturales, educativos, informativos o preventivos de servicio público seleccionados por el Ejecutivo Nacional, los cuales no deben exceder los quince minutos diarios.