Discusión:Iñaki Sarasketa

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Vubo (discusión) 05:58 19 sep 2009 (UTC)[responder]

Autoría del asesinato de Pardines[editar]

Con todo mi respeto, discrepo de lo que afirma Atapuerca en el comentario a esta edición. No creo que en el artículo «quede bastante claro que el autor del asesinato fue Etxebarrieta». Entiéndaseme bien: no afirmo que Sarasketa fuera o no fuera el asesino de Pardines. Solo digo que no queda claro de la lectura de este artículo que el asesino fuera Etxebarrieta. Sé que, entre las referencias que sustentan este artículo, algunas recogen la narración de los hechos que, sobre lo sucedido aquel día, proporciona el propio Iñaki Sarasketa. Dicha narración, a mi juicio, debe tenerse en consideración, pero sin olvidar que se trata de una argumentación de parte, es decir, hecha a favor de quien la expone. Lamentablemente, por razones obvias, no disponemos de la narración de los hechos de Pardines o de Etxebarrieta. Y tampoco disponemos, desgraciadamente, y no por razones tan obvias ya que se trata de documentos públicos, de lo que el Consejo de Guerra consideró como hechos probados para condenar a Sarasketa. Por eso no creo que lo dicho por Atapuerca sirva de justificación para eliminar a Iñaki Sarasketa de la categoría Asesinos de España. Es decir, si él afirma que no disparó y que fue Etxebarrieta quien lo hizo, no debemos creerlo a pies juntillas. Necesitamos más argumentos.

Pero, por otra parte, he de admitir que discrepo también de la existencia de semejante categoría. Me llama la atención que Asesinos de España exista en Wikipedia y que, por ejemplo, Ladrones de España, que podría fundamentarse también en el Código penal, no exista. Curiosa diferencia.

Lo único que sabemos es que Sarasketa fue «Condenado por asesinato». Quizá, en honor a la verdad, debiéramos crear esta categoría y eliminar lo de «Asesinos de España». No cabe duda de que sería más factual y daría menos pábulo a las interpretaciones.

En todo caso, ¿qué criterio se utiliza para agrupar a las personas bajo la categoría Asesinos de España? Supongo que la respuesta obvia es haber cometido, al menos, un asesinato. Pero, ¿basta con que el supuesto autor confiese que ha cometido un asesinato? ¿basta haber sido condenado, como asesino, por un tribunal, con independencia del alegato de inocencia del acusado? ¿se precisa, además, que ese tribunal pertenezca a un régimen democrático? ¿basta con que el penado, en algún momento simultáneo o posterior a su condena, afirme que no ha sido el autor del asesinato para eliminarlo de esta categoría infamante?

De todas formas, acabo de comprobar que sí existe una categoría llamada Condenados a cadena perpetua que voy a utilizar en este artículo en cuanto firme este comentario.

Estoy seguro de que vuestra ayuda contribuirá a despejar las dudas que me han surgido. Gracias por adelantado. --Novellón (discusión) 19:09 28 nov 2013 (UTC)[responder]

Hola. Perdón por no contestar antes. En cuanto a que Sarasketa no fuera el autor material de los disparos, los historiadores tienden a señalar a Etxebarrieta y por eso puse ese resumen de edición. Pero tienes razón, las referencias de este artículo no son tan rotundas. En cuanto a tu argumentación sobre el cambio de categoría y la existencia de la que borré, estoy completamente de acuerdo contigo.--Atapuerca (discusión) 22:22 22 ene 2015 (UTC)[responder]

Como suele decirse, nunca es tarde si la dicha es buena. Me alegro de que hayamos podido coincidir en lo fundamental. Un abrazo. --Novellón (discusión) 21:19 23 ene 2015 (UTC)[responder]