Detective privado

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Detective privado trabajando.

El detective o investigador privado es un profesional que trabaja para particulares, empresas, despachos de abogados, mutuas o aseguradoras, realizando investigaciones de hechos y conductas privadas, con el fin de obtener pruebas para su cliente, que se reflejarán en un informe, y, si fuera necesario, ratificar dicho informe ante el tribunal competente. En la mayoría de los países, la profesión del detective privado es una profesión regulada por ley; sin embargo, esta legislación o regulación no es homogénea y varía de un país a otro (existiendo notables diferencias). Cabría destacar que los requisitos para realizar funciones de investigación privada también son heterogéneos, pudiendo encontrarse países como España, que exige un diploma universitario de tres años (180 créditos) para la obtención de la correspondiente habilitación y el desempeño de las funciones propias del detective privado, y otros países que no exigen ningún estudio o habilitación especial.

Funciones

Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán:

  • De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.
  • De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal.
  • De la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.

A estos efectos se considerarán conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados. En el ámbito del apartado tercero se considerarán comprendidas las grandes superficies comerciales y los locales públicos de gran concurrencia.

Requisitos

España

La investigación privada en España es una actividad reconocida y regulada, reservada a los detectives privados legalmente habilitados, y solamente a ellos, quedando en un ámbito ilegal: los peritos judiciales, los investigadores mercantiles, auxiliares de detectives, en definitiva cualquier persona que carezca de la correspondiente habilitación oficial expedida por el Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. A esta habilitación se la denomina TIP (Tarjeta de Identidad Profesional). Este carácter exclusivo y excluyente se lleva a rajatabla, prohibiendo la ley que un detective privado monte una sociedad limitada con socios que carezcan de la habilitación. La profesión del detective privado se encuentra regulada en la Ley 23/1992 de Seguridad Privada y el Real Decreto 2364/1994.

Los requisitos necesarios para obtener la Licencia de Detective (que otorga la Dirección General de Policía y permite ejercer la profesión) son:

  1. Ser mayor de edad.
  2. Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  3. Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las respectivas funciones sin padecer enfermedad que impida el ejercicio de las mismas.
  4. Carecer de antecedentes penales.
  5. No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones y de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
  6. No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
  7. No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  8. No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privada, ni de su personal o medios, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.
  9. Superar las pruebas que acrediten los conocimientos y la capacitación necesarios para el ejercicio de las respectivas funciones.
  10. Estar en posesión del título de Bachiller, de Técnico Superior, de Técnico en las profesiones que se determinen, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
  11. Estar en posesión del diploma de detective privado, reconocido a estos efectos en la forma que se determine por Orden del Ministerio del Interior y obtenido después de cursar las enseñanzas programadas y de superar las correspondientes pruebas.

Venezuela

Las personas que se encuentren dedicadas a las actividades de investigación sobre personas y bienes en Venezuela, es necesario que hayan sido autorizadas por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, de conformidad con el Reglamento de los Servicios Privados de Vigilancia, Protección e Investigación, contenido en el decreto 699 de fecha 14 de Enero de 1.975 y publicado en la Gaceta Oficial n.º 30.597 de esa misma fecha.

Para el ejercicio de las actividades mencionadas, se requiere ser venezolano, mayor de edad, de reconocida solvencia moral, haber obtenido diploma o certificado de Detective Privado, Detective, o su equivalente, expedido por un instituto educativo venezolano, establecido legalmente u otorgado de conformidad con la Ley y estar inscrito en un Colegio de Detectives Privados.

Obtención de pruebas

Los Detectives Privados pueden investigar tanto para particulares como para empresas. Sus informes, grabaciones, y fotografías, pueden ser utilizadas como prueba ante un juicio. Cuando el abogado o el juez lo consideran necesario, el detective ratificará dichas pruebas, teniendo en ese caso su testimonio la consideración de testifical.

Servicios

Servicios habituales que prestan los detectives privados en el ámbito empresarial:

  • Competencia desleal
  • Duplicidad de trabajo
  • Contra-espionaje industrial
  • Intrusismo profesional
  • Defensa de la propiedad industrial e intelectual
  • Seguridad informática

Servicios habituales que prestan los detectives privados en el ámbito laboral:

  • Bajas laborales fingidas.
  • Control sobre delegados sindicales.
  • Informes pre-laborales.
  • Prevención de hurtos.
  • Sistemas de vigilancia interior
  • Seguridad informática
  • Selección de personal

Servicios habituales que prestan los detectives privados en el ámbito particular:

  • Infidelidad conyugal
  • Separación o divorcio
  • Cuentas duplicadas
  • Pensiones alimenticias
  • Custodia de hijos
  • Malos tratos (vigilancias y/o seguimientos)
  • Seguimiento de órdenes de alejamiento
  • Comportamiento dudoso de hijos.
  • Sospechas acerca del servicio doméstico
  • Secuestros
  • Sectas

Otro tipo de servicios:

  • Peritajes grafológicos
  • Peritajes sobre falsificación de documentos
  • Dispositivos GPS
  • Análisis de voz
  • Análisis de huellas
  • Análisis de ADN
  • Detección de escuchas ilegales
  • Barridos telefónicos y ambientales

Ficción

Estatua de Sherlock Holmes en Meiringen, Suiza.

Los relatos y novelas de detectives es un género popular de literatura desde inicios del siglo XIX. El personaje de Arthur Conan Doyle, Sherlock Holmes, es tal vez el detective de ficción más famoso. En la década de los 40 se inició una corriente en el cine y en la literatura donde tomaba como personaje principal a un detective privado; a este género se le llamó cine negro y novela negra, respectivamente. Posteriormente, en los años 70, comenzaron a emitirse varias series de drama policial y detectivesco, que llegaron a su plenitud en los años 80. Los detectives aparecen como personas perspicaces que a través del método deductivo y la lógica resuelven los casos y crímenes que se les presentan, y dejan mal parados a los policías tradicionales.

Posiblemente en España el detective privado de ficción más conocido es Pepe Carvalho, del autor Manuel Vázquez Montalbán.

Véase también

Enlaces de interés

Jurisprudencia sobre los detectives privados en España.