Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
El Consejo de Gobierno de Andalucía es el órgano ejecutivo de la Junta de Andalucía. Bajo la dirección del Presidente, está encargado de definir y dirigir la política de Andalucía.
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Funciones [editar]
El Consejo de Gobierno es uno de los tres órganos que componen la Junta de Andalucía, junto con el Parlamento de Andalucía y el Presidente de la Junta de Andalucía. Presidida por éste último, comparte con el mismo el poder ejecutivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Sus funciones vienen definidas en los artículos del 119 al 123 del Estatuto de Autonomía de Andalucía de 2007.[1] El Consejo es definido en éste como ostentador del poder ejecutivo, encargado de la elaboración y de la puesta en práctica de la política de Andalucía, así como de la dirección de la Administración y de los servicios bajo la tutela de la Junta. El Gobierno y cada uno de sus miembros son a éste efecto son dotados de poder reglamentario, en el ámbito de las competencias atribuidas por la Constitución y el Estatuto de Autonomía.
El Consejo actúa de manera estrecha con el Parlamento, que orienta, impulsa y controla la acción del primero, según el artículo 106 del Estatuto, que define las funciones del Parlamento de Analucía.
La iniciativa para crear y desarrollar leyes es compartida entre el Parlamento, según el procedimiento detallado en su reglamento interno, y el Consejo de Gobierno, según el artículo 111 del Estatuto. Una vez votadas, las leyes son sancionadas por el Presidente de la Comunidad Autónoma (como representante ordinario del Estado en la Comunidad Autónoma), para después ser publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.
Conforme al artículo 109 del Estatuto, el Parlamento de Andalucía delega en el Consejo de Gobierno la facultad de legislar por la vía reglamentaria, a excepción de ciertas materias sobre las cuales el Parlamento conserva una competencia legislativa exclusiva, como son los presupuestos y aquellas leyes que requieran mayoría cualificada, entre otras. En caso de urgencia, la cámara puede por otro lado autorizar al Consejo a crear decretos-ley, de una duración vigente limitada. En los temas más delicados, como presupuestos, régimen electoral, instituciones, derechos y libertades, principalmente, son excluidos del campo de aplicación de ésta medida.
De acuerdo con el apartado cuarto del artículo 119 de la Constitución, el Gobierno de la Comunidad tiene potestad para presentar recursos de inconstitucionalidad y de conflictos de competencias ante el Tribunal Constitucional.
Elección y composición [editar]
El Consejo de Gobierno esta compuesto por el Presidente, los Vicepresidentes y los Consejeros. Es el Presidente el encargado de nombrar a los consejeros, según el reparto de carteras que éste decida.[2]
Los miembros del Consejo de Gobierno son llamados consejeros, para distinguirlos de los ministros del Gobierno de España. A cada uno de los consejeros se le atribuye un departamento o consejería, con sus respectivas competencias.
El Consejo de Gobierno cesa tras la celebración del elecciones al Parlamento, o, excepcionalmente según el Estatuto, en los siguientes casos:
- Incapacidad jurídica
- Condena penal firme que inhabilite para el desempeño de cargo público
- Fallecimiento del Presidente
- Aprobación de una moción de censura
- Pérdida de cuestión de confianza
El Consejo de Gobierno cesante continuará en sus funciones hasta la creación de un nuevo Consejo. El Consejo dependerá de su Presidente, que es responsable ante el Parlamento. Éste último disfruta de un fuerte poder de control.
Composición actual [editar]
En la legislatura actual (2012-2016) la Junta de Andalucía está compuesta por las siguientes 11 consejerías, ordenadas por prelación:[3]
El primer Consejo de Gobierno se formó el 7 de mayo de 2012 tras la constitución del Parlamento y la sesión de investidura del nuevo presidente tras las elecciones del 25 de marzo de 2012. El presidente nombró a 11 consejeros, y un vicepresidente.
| Consejería | Consejero | Competencias |
| Presidente de la Junta de Andalucía | José Antonio Griñán Martínez |
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| Consejería de la Presidencia e Igualdad |
Susana Díaz Pacheco | Asistencia política, técnica y jurídica del Presidente y del Gobierno, protocolo, gestión económica de la Presidencia, comunicación, BOJA[4] |
| Vicepresidencia de la Junta de Andalucía y Consejería de Administración Local y Relaciones institucionales |
Diego Valderas Sosa | |
| Consejería de Justicia e Interior |
Emilio de Llera Suárez Bárcena | Coordinación de la acción del Consejo en materia de seguridad y servicios de emergencias, elecciones y consultas, espectáculos y actividades recreativas, voluntariado, drogodependencias, protección de animales[5] |
| Consejería de Educación |
María del Mar Moreno Ruiz | Educación infantil, primaria y secundaria, formación profesional[6] |
| Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo |
Antonio Ávila Cano | Educación superior, investigación científica e innovación tecnológica, ayuda a las empresas para I+D, sociedad de la información, industria, energía, minas, cooperativas, incentivos regionales y tecnológicos, cooperación económica y desarrollo de mercados. Relaciones laborales, seguridad y sanidad en el trabajo, tutela del Servicio Andaluz de Empleo, políticas de autoempleo, red de UTEDLT (desarrollo local y tecnológico en áreas rurales[7] |
| Consejería de Hacienda y Administración Pública |
Carmen Martínez Aguayo | Política económica y financiera, programación, seguimiento, evaluación, coordinación y verificación de las actuaciones de contenido económico y financiero, entre éstas los Presupuestos de la Junta[8] |
| Consejería de Fomento y Vivienda |
Elena Cortés Jiménez | Obras públicas, infraestructuras y organización de transporte por carretera, ferroviario, marítimo y aéreo[9] |
| Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente |
Luis Planas Puchades | Agricultura, ganadería, agroalimentación, desarrollo rural y pesca, acuicultura e investigación agropecuaria. Protección del medio ambiente, agua, espacios naturales, vías pecuarias, montes públicos, cotos de caza y control cinegético[10] |
| Consejería de Salud y Bienestar Social |
María Jesús Montero Cuadrado | Sanidad e higiene pública, hospitales y consumo. Familia, tercera edad, discapacitados, integración social, prestaciones no contributivas y asistencia social.[11] |
| Consejería de Turismo y Comercio |
Rafael Rodríguez Bermúdez | Planificación, promoción y desarrollo del turismo, comercio, artesanía.[12] |
| Consejería de Cultura y Deporte |
Luciano Alonso Alonso | Arte y cultura, patrimonio histórico - bibliográfico - sonoro - imagen, museos. Promoción del deporte[13] |
| Fuente: Junta de Andalucía | ||
Véase también [editar]
Notas [editar]
- ↑ Fuente: Estatuto de Autonomía de Andalucía.
- ↑ Fuente: Estatuto de Autonomía de Andalucía.
- ↑ «Consejerías».
- ↑ Fuente: Consejería de la Presidencia.
- ↑ Fuente: Consejería de Gobernación.
- ↑ Fuente: Consejería de Educación.
- ↑ Fuente: Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
- ↑ Fuente: Consejería de Economía y Hacienda.
- ↑ Fuente: Consejería de Obras Públicas y Transportes.
- ↑ Fuente: Consejería de Agricultura y Pesca.
- ↑ Fuente: Consejería de Salud.
- ↑ Fuente: Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
- ↑ Fuente: Consejería de Cultura.
- Esta obra deriva de la traducción de Conseil de gouvernement d'Andalousie, publicada bajo la Licencia de documentación libre de GNU y la Licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 3.0 Unported por editores de la Wikipedia en francés.
Enlaces externos [editar]
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