Circunscripción electoral

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Para otros usos de este término véase circunscripción (taxonomía)

Una circunscripción (puede denominarse también distrito electoral) es el conjunto de electores a partir del cual se procede, según la distribución de los votos emitidos en las elecciones, a la distribución de los escargos asignados. La idea inherente a la conformación de un distrito electoral es hacer efectivo el principio fundamental de la democracia representativa de la equidad en el voto. Este precepto obliga a buscar el equilibrio poblacional entre los distritos electorales pues la sobrepoblación o la subpoblación relativa de los distritos implica sub-representación o sobre-representación política. Derivado de la dinámica natural de la demografía, los centros de población cambian con el tiempo: crecen, decrecen, se crean nuevos o desaparecen, a causa de esta variación se hace necesario revisar periódicamente el equilibrio poblacional en los distritos electorales.[1]

La tarea de definir distritos electorales no es sencilla, pues implica tomar en consideración diversos aspectos sociales, económicos, cuestiones legales, complejos aspectos metodológicos y técnicos que eviten los sesgos que puedan generar de forma involuntaria iniquidad electoral.

No debe confundirse el tamaño de una circunscripción con su extensión territorial o su volumen demográfico. Se llama tamaño o magnitud de una circunscripción al número de escaños asignados a la misma. Las circunscripciones pueden ser clasificadas, atendiendo a su magnitud, como uninominales y plurinominales.

Tipos de circunscripciones

  • Las circunscripciones uninominales son aquellas que eligen un solo diputado.
  • Las circunscripciones plurinominales son aquellas que eligen dos o más escaños. Una variante de este segundo tipo, es la circunscripción única, donde el electorado de todo el territorio estatal es considerado como única circunscripción electoral, (Israel y Holanda tienen circunscripción única, al igual que la mayoría de los países en las elecciones al Parlamento Europeo).

Las circunscripciones no sólo aplican a la política. En el caso del Distrito Federal en la República Mexicana, también se utiliza el término "circunscripción" a los diversos territorios en los cuales se divide dicha entidad federativa para el ejercicio de impartición de justicia por parte de la PGJDF. De esta manera el D. F. se divide en "70 Coordinaciones de Seguridad Pública e Impartición de Justicia" (Acuerdo A/009/2001 del Procurador de Justicia del Distrito Federal). Así se aplica el procedimiento de descentralización de la impartición de justicia en el Distrito Federal.

Fórmulas mayoritarias y fórmulas proporcionales

Suelen coincidir, aunque no siempre, de un lado, la circunscripción uninominal y las fórmulas mayoritarias, y de otro lado, la circunscripción plurinominal y las fórmulas proporcionales. En favor de las circunscripciones uninominales, se aduce el mayor acercamiento del representante al electorado y un mejor reconocimiento de los candidatos por parte de los votantes, aunque la cercanía dependerá de la densidad de población de una circunscripción. En su contra se afirma que propicia el clientelismo y el localismo, y que impide la representación de las minorías. Acerca de las circunscripciones plurinominales, se plasman argumentaciones en sentido contrario.

Cuanto más elevado sea el número de escaños asignado a una circunscripción, más precisión habrá en la proporcionalidad del sistema electoral (Mackenzie, 1962), mientras el resto de elementos del sistema permanezca idéntico. Douglas W. Rae (1977) nos advierte que se presta en general demasiada atención a los efectos de las fórmulas electorales, mientras que se da muy poca relevancia a los efectos de las magnitudes de circunscripción. Junto con el tamaño de la circunscripción, otras variables que influyen son el número de partidos competidores con peso efectivo y el tamaño de la asamblea representativa, el cual condiciona el número de escaños a asignar entre las circunscripciones. El grado de desproporcionalidad tiende a crecer cuando el tamaño de la asamblea de representantes disminuye. La desproporcionalidad de un sistema electoral puede aumentar cuando a unas circunscripciones les corresponden más escaños en relación con su volumen demográfico que a otras circunscripciones (Gallagher, 1991). Esto sucede, por lo general, cuando hay sobrerrepresentación de las zonas rurales en detrimento de las zonas urbanas. La proporcionalidad se reflejará mejor cuando la distribución de escaños entre las circunscripciones se efectúa en función de la población y no en razón de criterios territoriales.

Casi siempre, las circunscripciones electorales son recíprocamente excluyentes, de forma que un elector forma parte de una sola circunscripción. Sin embargo, hay sistemas electorales que contemplan varios niveles de circunscripciones superpuestas, articulando un tipo de circunscripción en un nivel el cual se solapa sobre otro tipo de circunscripción situada en otro plano (Alemania, Islandia, Dinamarca, Suecia, Austria, Grecia, Bélgica, Noruega e Italia). Entonces, la asignación de escaños se realiza en dos o más fases sucesivas y en dos o más instancias distintas. Usualmente, hay dos niveles de circunscripciones (puede coexistir más de dos): aquel que contiene las circunscripciones de los diferentes territorios y aquel que consiste en una circunscripción única que se superpone sobre los de niveles inferiores y en el que se produce la segunda fase de distribución de escaños.

Las manipulaciones en el diseño de las circunscripciones son un hecho conocido; entre las posibilidades existentes, las más comunes son el reparto desigual de escaños/diputados y el gerrymandering. La técnica gerrymandering toma su nombre de Elbridge Gerry, Gobernador de Massachussets en 1812 y de la forma de salamandra que adoptó uno de los distritos del Estado, con objeto de beneficiar a su Partido Republicano Jeffersoniano. La distritación tipo salamandra se puede construir mediante tres técnicas: concentrando el voto de la oposición en unos cuantos distritos para diluir su poder fuera de los distritos que contienen una arrolladora mayoría de votantes por la oposición; diluyendo el voto de la oposición entre muchos distritos previniendo que tenga el voto mayoritario en tantos distritos como sea posible; diseñando límites distritales abigarrados para hacer mayoritario el voto de grupos de ciudadanos distantes que de otra manera serían minoría.[2]

México

En México se considera circunscripción plurinominal el «Espacio geográfico en que se divide el territorio nacional para efectos electorales».[3]

Ordenación de las cinco circunscripciones en México:[4]

  • Primera circunscripción. Integrada por ocho entidades federativas: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Sonora, con cabecera en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
  • Segunda circunscripción. Integrada por ocho entidades federativas: Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas, con cabecera en la ciudad de Monterrey, Nuevo León.
  • Tercera circunscripción. Integrada por siete entidades federativas: Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán, con cabecera en la ciudad de Jalapa, Veracruz.
  • Cuarta circunscripción. Integrada por cinco entidades federativas: Distrito Federal, Guerrero, Morelos, Puebla y Tlaxcala, con cabecera en el Distrito Federal.
  • Quinta circunscripción. Integrada por cuatro entidades federativas: Colima, Hidalgo, México y Michoacán, con cabecera en la ciudad de Toluca, México

Véase también

Bibliografía

  • Lijphart, A. 1995, Sistemas electorales y sistemas de partidos, Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
  • Sartori, G. 1994, Ingeniería constitucional comparada, México: Fondo de Cultura Económica.
  • Nohlen, D. 1989, Sistemas electorales y partidos políticos, México: Fondo de Cultura Económica.

Referencias

  1. Instituto Federal Electoral 2005, Distritación 2004-2005: Camino para la democracia, México: Instituto Federal Electoral.
  2. Instituto Federal Electoral 2005, Distritación 2004-2005: Camino para la democracia, México: Instituto Federal Electoral.
  3. Circunscripción plurinominal, Sistema de información legislativa
  4. CG268/2011 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL