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Diferencia entre revisiones de «Mandatario registral de Automotores»

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Su competencia son todas las reparticiones públicas y privadas que controlan y registran los movimientos y cumplimiento de normas de inscripción, tributarias y correccionales. El Mandatario Automotor (matriculado) garantiza con su asistencia la transparencia y seguridad jurídica de las operaciones. Como profesional, su competencia se impone en la intervención de transacciones para instrumentar la calidad de comprador de buena fe. En consecuencia, es el virtual idóneo que cubre un vacío del Régimen Jurídico Registral de Automotores, trasmitiendo el conocimiento de la legislación vigente y da publicidad a las normas de aplicación ante los usuarios de automotores. Sin embargo, podemos afirmar que el Mandatario del Automotor básicamente existe porque quienes compran o venden automotores necesitan el asesoramiento de profesionales dedicados exclusivamente a este rubro.
Su competencia son todas las reparticiones públicas y privadas que controlan y registran los movimientos y cumplimiento de normas de inscripción, tributarias y correccionales. El Mandatario Automotor (matriculado) garantiza con su asistencia la transparencia y seguridad jurídica de las operaciones. Como profesional, su competencia se impone en la intervención de transacciones para instrumentar la calidad de comprador de buena fe. En consecuencia, es el virtual idóneo que cubre un vacío del Régimen Jurídico Registral de Automotores, trasmitiendo el conocimiento de la legislación vigente y da publicidad a las normas de aplicación ante los usuarios de automotores. Sin embargo, podemos afirmar que el Mandatario del Automotor básicamente existe porque quienes compran o venden automotores necesitan el asesoramiento de profesionales dedicados exclusivamente a este rubro.

==Véase también==

[[Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios]]

==Referencias==
{{listaref}}

==Enlaces externos==

* [http://www.dnrpa.gov.ar/ '''Dirección Nacional de Registros Nacionales del Automotor (DNRPA)''']
* [http://mandatarios.net/ '''Directorio Nacional de Mandatarios y Gestores del automotor''']
* [https://docs.google.com/viewer?a=v&q=cache:se6ip86tFmIJ:www.hectorpolino.com.ar/archivo/proyectos_de_ley/000419L.doc+mandatario+registral+de+automotores&hl=es&pid=bl&srcid=ADGEESge7w1LVpB2TapmG0M6PI7COAeSJlWZrc58O0vtAtD_6Q6TA3N_zjY6_rwDzjs91ECHIxo8Td4GDNyZ_NvQoN_PE7UEQzsH9Yx6TmCnVdr3jFUiILzy6Zaw3SRF9mGJKUqRWQHk&sig=AHIEtbTrGuzLNAX5G5lvBQjMSLoShSmGpw '''Proyecto de Ley de Colegio de Mandatarios y Gestores a nivel nacional'''.]


[[Categoría:Ocupaciones]]
[[Categoría:Ocupaciones jurídicas]]

Revisión del 21:05 11 ago 2016

El Mandatario Registral de Automotores y Créditos Prendarios, o también conocido en el medio popular como Gestor de Automotores, se especializa en la inscripción de los automotores en todas las reparticiones públicas y privadas, generando y controlando la documentación obligatoria pero, sobre todo, asesorando a su mandante.

Diferenciación con el Gestor de Automotores

El Mandatario brinda atención de servicios especializados al mercado automotor con derechos y obligaciones inherentes a su cargo. Cabe destacar que el mandatario es reconocido por la DNRPA bajo una matrícula profesional especial y con su incorporación al "Digesto de Normas Técnico Registrales" de la entidad, ha sido reconocida su labor.[1]

El “gestor” actúa como intermediario en diligencias para el usuario y/o contribuyente ante la administración pública de la Provincia de Buenos Aires y otros organismos tanto del Estado Nacional,Provincial o Municipal sin ningún tipo de responsabilidad civil o judicial.

Historia

El Registro Nacional de la Propiedad del Automotor fue creado por el Decreto-Ley 6582/58. Su primer director fue nombrado en 1962, y la primera inscripción registral de un automotor se realizó en 1964.

Con el objeto de diferenciar las actividades entre el Gestor y el Mandatario, en el año 1971, se creó la primera Cámara de Mandatarios y Gestores de Trámites del Automotor y Afines de la República Argentina.

En 1975, se creó la Federación Argentina de Mandatarios (FAM), entidad que se refundó como FAMA en el año 1989, actualmente en plena actividad.

El 19 de abril de 1975 se realizó la primera reunión del Consejo Federal, que nuclea a las Cámaras y Asociaciones de Mandatarios de todo el país en la ciudad de Rosario, en la misma se resolvieron distintos asuntos de organización pero ese día, a modo de conmemoración se acordó declarar Día del Mandatario del Automotor a nivel nacional.[2]

En la actualidad es un organismo colegiado sólo en algunas provincias del país y sólo como proyecto de ser un organismo colegiado a nivel nacional.

El Mandatario reconoce su génesis en el género del mandato civil legislado por el Derecho Romano que representa a terceros en cuestiones negociales y actos jurídicos relevantes, es trasvasada al Derecho Francés (Código de Napoleón de 1801).

Fue tomado para el Código Civil de la República Argentina en los artículos 1.869 al 1.871 receptando la figura del mandato, su modalidad de ejercicio, su carácter oneroso, revocable, renunciable, el ejercicio del derecho de retención, el anticipo de gastos, la rendición de cuentas y muchos más. Y allí se define como profesión que defiende los intereses y derechos del tercero representado.

Siguiendo al derecho civil, el mandatario civil toma a su cargo los trámites relacionados con los automotores para posteriormente ser reconocido en el Digesto creado por la Dirección Nacional (DNRPA).[3]

Competencias profesionales

Asesorar al comprador y vendedor de sus derechos y obligaciones ante las Leyes y Disposiciones vigentes e inscribir ante los Registros Seccionales y Organismos recaudatorios la titularidad del bien mueble registrable y los trámites posteriores a dicha inscripción.

Su competencia son todas las reparticiones públicas y privadas que controlan y registran los movimientos y cumplimiento de normas de inscripción, tributarias y correccionales. El Mandatario Automotor (matriculado) garantiza con su asistencia la transparencia y seguridad jurídica de las operaciones. Como profesional, su competencia se impone en la intervención de transacciones para instrumentar la calidad de comprador de buena fe. En consecuencia, es el virtual idóneo que cubre un vacío del Régimen Jurídico Registral de Automotores, trasmitiendo el conocimiento de la legislación vigente y da publicidad a las normas de aplicación ante los usuarios de automotores. Sin embargo, podemos afirmar que el Mandatario del Automotor básicamente existe porque quienes compran o venden automotores necesitan el asesoramiento de profesionales dedicados exclusivamente a este rubro.

  1. Digesto de Normas Técnico Registrales. Capítulo XII: Registro de Mandatarios.
  2. Día del Mandatario Registral. Cámara de Mandatarios de Mendoza.
  3. Mascheroni Torrilla, Eduardo Seminario: Historia del Mandatario.