Ir al contenido

Diferencia entre revisiones de «Defensoría del Pueblo de la Nación»

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Contenido eliminado Contenido añadido
m Revertidos los cambios de 190.175.71.106 (disc.) a la última edición de 191.85.16.8
Sin resumen de edición
Línea 60: Línea 60:
[[Categoría:Política de Argentina]]
[[Categoría:Política de Argentina]]
[[Categoría:Derechos humanos en Argentina]]
[[Categoría:Derechos humanos en Argentina]]
AGUANTE BOCA

Revisión del 17:47 2 ago 2017

El Defensor del Pueblo de la Nación Argentina, según lo establece el Art. 86 de la Constitución Nacional, constituye un órgano independiente en el ámbito del Congreso de la Nación, con autonomía funcional.

Características

Su misión es doble: en primer lugar, la defensa de los derechos humanos y otros derechos, garantías e intereses tutelados por la constitución, ante actos u omisiones de la administración pública, y por otro, el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas.

Cuenta con legitimación procesal e iguales inmunidades y privilegios que los legisladores.

Es elegido por el voto afirmativo de 2/3 de los miembros presentes de cada cámara del Congreso por un periodo de 5 años, pudiendo ser reelegido. El defensor del pueblo debe, también, defender a los derechos de incidencia colectiva según lo planteado en el artículo 14 del Nuevo Código Civil y Comercial. Frente al avasallamiento de los derechos individuales hacia los bienes de incidencia colectiva.

Descripción

Se trata de un órgano ajeno al poder, vinculado al Congreso pero independiente de él, ya que no recibe instrucciones de autoridad alguna y goza de inmunidades y fueros iguales a los de un legislador.

Esta figura proviene del derecho escandinavo, (nació en Suecia) y se lo integró al orden normativo argentino en la reforma constitucional de 1994 con el fin de mejorar los mecanismos de control entre los tres poderes clásicos de las democracias liberales (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), así como para combatir la corrupción y hacer más accesible la justicia para muchos sectores de la población a través de su legitimación procesal. Esta última supone la facultad del Ombudsman para iniciar procesos judiciales sin perjuicio del derecho del afectado a hacer lo propio.

Si bien se trata de un órgano unipersonal, nada obsta a que tenga tantos colaboradores y asesores como estime necesario (dadas la complejidad y el alcance de sus tareas y atribuciones).

Ámbito de actuación

El Defensor del Pueblo circunscribe su ámbito de competencia al espacio federal, lo cual significa que no puede intervenir en aquellos ámbitos reservados a las provincias. Asimismo, actúa siempre a nombre propio, por lo que sus actos no pueden ser atribuidos al Congreso Nacional.

Competencias

Sus competencias incluyen las preventivas y las reparadoras.

Por las primeras, tiene la atribución de investigar, criticar, opinar y recibir denuncias, requiriendo para todo esto la colaboración de los órganos del poder. En relación a las segundas, hace uso de su legitimación procesal para demandar ante organismos jurisdiccionales las violaciones contempladas en sus facultades.
Su competencia se extiende, por el Art. 43 de la Constitución, también a derechos de incidencia colectiva. Además, la expresión "funciones administrativas públicas" del Art. 86, permite considerar dentro de su ámbito a todo tipo de entidades públicas no necesariamente estatales (como las empresas prestatarias de servicios públicos).

En el caso de delitos administrativos, sólo puede incitar la acción pública ante el Procurador General de la Nación.

Defensor del Pueblo

Nombre Período Observaciones
Jorge Luis Maiorano 1994-1999
Eduardo René Mondino 1999-2004
Eduardo René Mondino 2004-2009
Anselmo Agustín Sella 2009-2013 Adjunto I a cargo

Actual defensor del Pueblo

Anselmo Sella, se desempeñó como cabeza de Defensoría del Pueblo pero la finalización de su mandato en diciembre del 2013 dejó acéfalo a este órgano independiente.

La designación, requiere el voto calificado (dos tercios) de los presentes en ambas cámaras y debe ser propuesto por una comisión bicameral, integrada por seis miembros por recinto, que no ha sido plenamente constituida desde el recambio legislativo.

El último candidato impulsado por la bancada oficialista para este cargo fue el del ex jefe de Gabinete, embajador designado ante el Mercosur y actual senador, Juan Manuel Abal Medina, algo que fue rechazado de plano por la oposición por tratarse de un cargo que requiere independencia de la administración que debe controlar.

Por su parte, los representantes de la oposición propusieron continuar el mandato del adjunto, pero esta alternativa -rechazada por el oficialismo- contraria las normas que regulan su funcionamiento, según indicaron distintos especialistas

Anselmo Agustín Sella es el actual adjunto nació en la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, República Argentina, el 28 de noviembre de 1956.

Es abogado, graduado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba.

Véase también

Enlaces externos

AGUANTE BOCA