Protocolo n.º 9 a la Convención Europea de Derechos Humanos
El Protocolo nº 9 a la Convención Europea de Derechos Humanos es un protocolo adicional a la citada Convención o Convenio, elaborado en el ámbito del Consejo de Europa y abierto a todos los Estados miembros del Consejo que hayan ratificado la Convención. Fue aprobado el 6 de noviembre de 1990 y entró en vigor el 1 de octubre de 1994, tras ser ratificado por diez de los Estados signatarios de la Convención.[1] Se trata, por consiguiente, de un protocolo facultativo, y no de enmienda o modificación a la Convención.[2]
El Protocolo n.º 9 modificó varios artículos de la Convención para permitir que personas físicas, organizaciones no gubernamentales o grupos de particulares pudieran elevar un determinado caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos una vez que la Comisión Europea de los Derechos Humanos hubiera dado por terminada su intervención. No obstante, una sección del Tribunal compuesta por tres jueces examinaría con carácter previo la demanda para determinar si tenía la suficiente entidad como para ser examinada en cuanto al fondo del asunto por una sala y, en caso contrario, rechazaría la tramitación.[3][4]
El Protocolo es remarcable por haber introducido por primera vez, aunque con ciertos límites, la posibilidad de que personas distintas de la Comisión o los Estados signatarios pudieran elevar la demanda hasta el Tribunal. Aunque estuvo poco tiempo en vigor, marcó una tendencia que sería desarrollada con mayor profundidad por el Protocolo n.º 11.
El Protocolo n.º 9 llegó a ser ratificado por un total de 24 Estados,[5] pero fue abrogado en 1998 por el Protocolo n.º 11, que efectuó una reforma en profundidad del Convenio para, entre otras cosas, suprimir la Comisión Europea de Derechos Humanos y permitir que personas, grupos de personas y organizaciones no gubernamentales presentaran directamente demandas ante el Tribunal.[6]
Véase también
[editar]- Portal:Derecho. Contenido relacionado con Derecho.
- Protocolo n.º 1 a la Convención Europea de Derechos Humanos
- Protocolo n.º 4 a la Convención Europea de Derechos Humanos
- Protocolo n° 6 a la Convención Europea de Derechos Humanos
- Protocolo n.º 7 a la Convención Europea de Derechos Humanos
Notas y referencias
[editar]- ↑ Consejo de Europa. «Lista de tratados sobre derechos humanos». Treaty Office. Archivado desde el original el 7 de julio de 2011. Consultado el 28 de septiembre de 2012.
- ↑ Luis Jimena Quesada; Fabián Omar Salvioli. «El individuo y los derechos humanos. Especial referencia al marco regional del Convenio Europeo». Revista de Relaciones Internacionales. Instituto de Relaciones Internacionales; Universidad Nacional de La Plata. Consultado el 28 de septiembre de 2012. «El Protocolo N 9 es facultativo y adicional a la Convención, en el sentido de que añade algo (ese plus de relevancia al individuo ante el Tribunal Europeo), y no de enmienda o modificación».
- ↑ Consejo de Europa. «Texto oficial del Protocolo nº 9». Treaty Office (en inglés). Consultado el 28 de septiembre de 2012.
- ↑ Susana Albanese. «Para una globalización de la eficacia de los derechos humanos: la etapa del mayor protagonismo de las personas en los sistemas de protección internacional de los derechos humanos». Universidad Nacional Autónoma de México. pp. 22-23. Consultado el 28 de septiembre de 2012.
- ↑ Consejo de Europa. «Lista de signatarios». Treaty Office (en inglés). Consultado el 28 de septiembre de 2012.
- ↑ Consejo de Europa. «Texto oficial del Protocolo nº 11». Treaty Office (en inglés). Consultado el 28 de septiembre de 2012.