Diferencia entre revisiones de «Derecho militar»

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Si bien se suele identificar al Derecho militar con las [[ley]]es que castigan las infracciones [[militar]]es (y que componen el Derecho penal militar así como su Régimen Disciplinario), el contenido del mismo también abarca a las normas que regulan la especial sujección y relaciones derivadas de la vida marcial.
Si bien se suele identificar al Derecho militar con las [[ley]]es que castigan las infracciones [[militar]]es (y que componen el Derecho penal militar así como su Régimen Disciplinario), el contenido del mismo también abarca a las normas que regulan la especial sujección y relaciones derivadas de la vida marcial.


Regula la conducta personal del [[soldado]], las relaciones recíprocas del personal militar, los deberes de los miembros del ejército, las relaciones de éstos con otros órganos del [[Estado]] y con la [[sociedad]] y, por último, la organización y funcionamiento de las instituciones armadas.
Regula la conducta personal del [[soldador]], las relaciones recíprocas del personal militar, los deberes de los miembros del ejército, las relaciones de éstos con otros órganos del [[Estado]] y con la [[sociedad]] y, por último, la organización y funcionamiento de las instituciones armadas.


El Derecho militar cuenta con una institucionalidad jurisdiccional propia, por lo que también debe regular su propio [[Derecho procesal]] (Derecho procesal militar).
El Derecho militar cuenta con una institucionalidad jurisdiccional propia, por lo que también debe regular su propio [[Derecho procesal]] (Derecho procesal militar).


En España aunque se considera derecho militar todas las relaciones que regulan el estamento castrense incluidas las administrativas, sólo enjuicia la jurisdicción militar las sanciones penales y administrativas (en vía de recurso). El resto de relaciones son conocidas por el orden contencioso-administrativo común. Por último, la militar es una jurisdicción especial que no constituye un orden jurisdiccional propio pero posee una sala en el Tribunal Supremo dedicada en exclusividad a esta jurisdicción (Sala Quinta).
En España aunque se considera derecho militar todas las relaciones que regulan el estamento castrense incluidas las administrativas, sólo enjuicia la jurisdicción militar las sanciones penales y administrativas (en vía de recurso). El resto de relaciones son conocidas por el orden contencioso-administrativo común. Por último, la militar es una jurisdicción especial que no constituye un orden jurisdiccional propio pero posee una sala en el Tribunal Supremo dedicada en exclusividad a esta jurisdicción (Sala Quinta).

== Clasificación ==
== Clasificación ==
El Derecho militar se clasifica dentro del [[Derecho público]]. Regula las relaciones de los individuos con el [[Estado]] dentro del ámbito castrense.
El Derecho militar se clasifica dentro del [[Derecho público]]. Regula las relaciones de los individuos con el [[Estado]] dentro del ámbito castrense.

Revisión del 00:20 14 mar 2016

El Derecho militar es el conjunto de disposiciones que regulan la organización, funciones y mantenimiento de las Fuerzas Armadas.

Leyes militares .-el conjunto de disposiciones legales que regulan la organización, funciones y mantenimiento de las instituciones armadas, para el cumplimiento de sus fines, en orden a la defensa y servicio de la patria»

Contenido

Si bien se suele identificar al Derecho militar con las leyes que castigan las infracciones militares (y que componen el Derecho penal militar así como su Régimen Disciplinario), el contenido del mismo también abarca a las normas que regulan la especial sujección y relaciones derivadas de la vida marcial.

Regula la conducta personal del soldador, las relaciones recíprocas del personal militar, los deberes de los miembros del ejército, las relaciones de éstos con otros órganos del Estado y con la sociedad y, por último, la organización y funcionamiento de las instituciones armadas.

El Derecho militar cuenta con una institucionalidad jurisdiccional propia, por lo que también debe regular su propio Derecho procesal (Derecho procesal militar).

En España aunque se considera derecho militar todas las relaciones que regulan el estamento castrense incluidas las administrativas, sólo enjuicia la jurisdicción militar las sanciones penales y administrativas (en vía de recurso). El resto de relaciones son conocidas por el orden contencioso-administrativo común. Por último, la militar es una jurisdicción especial que no constituye un orden jurisdiccional propio pero posee una sala en el Tribunal Supremo dedicada en exclusividad a esta jurisdicción (Sala Quinta).

Clasificación

El Derecho militar se clasifica dentro del Derecho público. Regula las relaciones de los individuos con el Estado dentro del ámbito castrense.

Véase también

Bibliografía relacionada

  • Derecho Militar. Parte General Tomo I, año 2011, Editorial Abeledo Perrot. Santiago de Chile. Ricardo A. Coronado Donoso, Sergio Cea Cienfuegos.

Enlaces externos