Diferencia entre revisiones de «Programa Prospera»

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Dirección General de Atención y Operación Dirección de Administración Regional Temario Evaluación Básica Compendio de Reglas de Operación 2010
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Oportunidades es un programa federal [[México|mexicano]] para el desarrollo humano de la población en [[pobreza]] extrema. Para lograrlo, brinda apoyos en educación, salud, nutrición e ingresos.
2. Objetivos
2.1. Objetivo general
Contribuir a la ruptura del ciclo intergeneracional de la pobreza, favoreciendo el desarrollo de las
capacidades de educación, salud y nutrición de las familias beneficiarias del Programa.
2.2. Objetivos específicos
● Otorgar apoyos educativos crecientes en educación básica y media superior a los niños y jóvenes de
las familias beneficiarias con el fin de fomentar su inscripción y asistencia regular a la escuela, así
como incentivar la terminación de dichos niveles educativos;
● Asegurar el acceso al Paquete Básico Garantizado de Salud a las familias beneficiarias, con el
propósito de impulsar el uso de los servicios de salud preventivos y el autocuidado de la salud y
nutrición de todos sus integrantes;
● Proporcionar los apoyos alimentario y nutricional a las familias beneficiarias para mejorar la
alimentación y nutrición de todos sus integrantes, con énfasis en la población más vulnerable como
son los niños y niñas, así como las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, y
● Fomentar el compromiso con los objetivos del Programa y la participación activa de los padres y de
todos los integrantes de las familias beneficiarias mediante el cumplimiento de las
corresponsabilidades asociadas a las intervenciones del Programa.
3.2. Población Objetivo
La población objetivo del Programa son los hogares en condición de pobreza alimentaria, así como
aquellos que sin exceder la condición de pobreza, presentan características socioeconómicas y de ingreso
insuficientes para invertir en el desarrollo adecuado de las capacidades de sus integrantes en materia de
educación, nutrición y salud, de conformidad con los criterios de elegibilidad, metodología de focalización y
criterios de prioridad establecidos en las presentes Reglas de Operación.
Para efectos de estas Reglas de Operación se utilizará de manera indistinta los términos de hogar y
familia.
3.5. Características de los Apoyos del Programa
3.5.1. Componente educativo
El Programa orienta sus acciones a apoyar la inscripción, permanencia y asistencia regular a la escuela
primaria, secundaria y media superior de los hijos de las familias beneficiarias. En este componente se
otorgan becas educativas y apoyos para la adquisición de útiles escolares a cada uno de los niños, niñas y
jóvenes beneficiarios del Programa. Adicionalmente, en el caso de jóvenes becarios de educación media
superior se otorga un incentivo monetario para que los jóvenes concluyan este nivel de estudios.


Es un programa interinstitucional en el que participan la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, la Secretaría de Desarrollo Social, y los gobiernos estatales y municipales.
3.5.1.1. Becas educativas


{{referencias}}
El Programa podrá otorgar becas educativas a cada uno de los niños, niñas y jóvenes menores de 18
años, integrantes de familias beneficiarias del Programa, inscritos en grados escolares comprendidos entre
tercero de primaria y tercero de secundaria en escuelas de modalidad escolarizada, y a jóvenes de hasta 21
años con necesidades educativas especiales inscritos en escuelas de educación especial.
Las becas de educación media superior se asignan a los jóvenes de entre 14 y 21 años inscritos en
escuelas de modalidad escolarizada.
Las becas son apoyos monetarios que se entregan bimestralmente durante los diez meses del ciclo
escolar en educación básica de septiembre a junio y en educación media superior de septiembre a enero y de
marzo a julio. Su monto es creciente a medida que el grado que se cursa es más alto.
3.5.1.2. Apoyo para útiles escolares
Los becarios de educación básica reciben un apoyo monetario para la adquisición de útiles escolares,
junto con las becas del primer bimestre del ciclo escolar o un paquete de éstos. Posteriormente, a los becarios
de primaria, junto con las becas del segundo bimestre del ciclo se les otorga un apoyo monetario adicional
para la reposición de útiles escolares. En ambos casos, la entrega se realiza de acuerdo con las normas
establecidas por CONAFE.
Los becarios de educación media superior reciben un único apoyo monetario anual para la adquisición de
útiles escolares. Este apoyo monetario se entrega junto con las becas del primer bimestre del ciclo escolar.
3.5.1.3. Apoyo Jóvenes con Oportunidades
El Programa incentiva a los becarios a que terminen la educación media superior antes de cumplir los 22
años, otorgándoles un apoyo monetario cuando acreditan su conclusión.
3.5.2. Componente de salud
El componente de salud opera bajo tres estrategias específicas:
a. Proporcionar de manera gratuita el Paquete Básico Garantizado de Salud, el cual constituye un
beneficio irreductible, con base en las Cartillas Nacionales de Salud, de acuerdo con la edad, sexo y
evento de vida de cada persona
b. Promover la mejor nutrición de la población beneficiaria, en especial para prevenir y atender la
desnutrición de los niños desde la etapa de gestación y de las mujeres embarazadas y en lactancia,
a través de la vigilancia y el monitoreo de la nutrición de los niños menores de cinco años, de las
mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, así como control de los casos de desnutrición;
c. Fomentar y mejorar el autocuidado de la salud de las familias beneficiarias y de la comunidad
mediante la comunicación educativa en salud, priorizando la educación alimentaria nutricional, la
promoción de la salud y la prevención de enfermedades.
Las instituciones estatales de salud en las entidades federativas, a través de los programas regulares del
sector y con la participación del Gobierno Federal, de acuerdo a los recursos presupuestarios disponibles,
aplicarán una estrategia de fortalecimiento de la infraestructura de salud, favoreciendo un trato digno y de
calidad a los usuarios y con base en los programas de cada institución.
3.5.2.1. Atención a la salud
La atención a la salud se proporciona a los integrantes de la familia beneficiaria mediante las acciones del
Paquete Básico Garantizado de Salud, con base en las Cartillas Nacionales de Salud. Estas acciones tienen
un carácter principalmente de promoción de la salud y detección oportuna de enfermedades de mayor impacto
en salud pública, sin menoscabo del cuidado de los aspectos curativos y de control de los principales
padecimientos.


Fortalezas del Programa:
Este paquete irreductible de servicios se proporciona gratuitamente a las familias beneficiarias a través de
citas programadas, registradas en el documento denominado “Citas para la Familia” y en el formato S-1,
conforme a las intervenciones por grupo de edad, sexo y de acuerdo al protocolo de atención específico
aplicado por cada uno de los proveedores de los servicios de salud.
El Paquete Básico Garantizado de Salud se proporciona en el primer nivel de atención. De requerirse
servicios de urgencia atendibles en este nivel, éstos serán otorgados en las unidades de la Secretaria de
Salud, del IMSS Oportunidades y de otras instituciones participantes en las entidades federativas, para lo cual
se aplicará la normatividad de atención de las instituciones de salud, no formando parte de los beneficios del
Programa.
En el seno del Comité Técnico Estatal se establecen los mecanismos para la referencia y contrarreferencia
de pacientes hacia el segundo y tercer nivel de atención, entre las diferentes instituciones participantes y con
base en su derechohabiencia y, en su caso, conforme a lo establecido en la Ley del Seguro Social y en la Ley
General de Salud. Las familias beneficiarias que requieran atención en unidades de segundo y tercer nivel de
Salud, así como la atención en casos de urgencias o problemas complejos, los cuales no puedan ser
atendidos por el personal de salud de las unidades de primer nivel de atención, podrán ser referidas a otros
servicios de mayor especialización.
Las familias beneficiarias podrán consultar con el personal de salud el listado de medicamentos que
comprende el Paquete Básico Garantizado de Salud a los que tienen derecho.
3.5.2.2. Prevención y atención de la desnutrición
Mediante la vigilancia sistemática del crecimiento y desarrollo infantil se corroboran los cambios en el
estado de nutrición y se identifica tempranamente la mala nutrición. Se informa a los padres sobre el
desarrollo, brindando orientación y capacitación a las madres de familia sobre el uso y consumo adecuado del
suplemento alimenticio que el Sector Salud defina.
La medición del estado nutricional se realiza conforme a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas
e Internacionales aplicables. Para el seguimiento y control del estado nutricional de las mujeres embarazadas
y en período de lactancia y, en especial de los menores de cinco años, se realizarán dos tipos de actividades:
■ Consulta médica
Efectuada por el equipo de salud con las frecuencias consignadas en el cuadro respectivo y registradas en
la Cartilla Nacional de Salud correspondiente. En estas consultas se tomarán las medidas antropométricas, se
dará seguimiento al crecimiento y al desarrollo de los niños y niñas, se evaluará el estado y evolución de la
mujer embarazada y se valorará el estado nutricional.
■ Monitoreo del estado nutricional
Adicionalmente a la consulta médica se realizará una estrecha vigilancia del estado nutricional de esta
población mediante la toma de las medidas antropométricas, así como del estado de la mujer embarazada y si
corresponde, la entrega del suplemento alimenticio.
3.5.2.3. Capacitación para el autocuidado de la salud
Las acciones de promoción de la salud se desarrollan principalmente bajo tres modalidades: capacitación
para el autocuidado de la salud; información, orientación y consejería de manera individualizada durante las
consultas y emisión de mensajes colectivos dirigidos a las familias beneficiarias de acuerdo a la edad, sexo y
evento de vida, ampliando y reforzando los conocimientos y prácticas para el autocuidado de la salud.
Los temas de los Talleres Comunitarios de Capacitación para el Autocuidado de la Salud son definidos por
el Sector Salud, pudiendo variar de un estado a otro o de una región a otra en razón de la situación
epidemiológica de riesgo o estacional de la región.


La corresponsabilidad es un factor importante en este programa, porque las familias son parte activa de su propio desarrollo, superando el asistencialismo y el paternalismo. La asistencia de los niños a la escuela y de las familias a las unidades de salud, constituye la base para la emisión de los apoyos.
Los becarios de educación media superior deben cubrir diez temas de capacitación para el autocuidado de
la salud, con temática orientada a los jóvenes, los cuales serán especificados por el Sector Salud e
igualmente podrán variar entre entidades federativas o regiones por razones epidemiológicas, de riesgo o
estacionales.
Por su parte, las modalidades de mensajes educativos para la salud, de información y orientación-
consejería se imparten por el equipo de salud aprovechando la asistencia periódica a la unidad de salud,
principalmente para reforzar los mensajes educativos relacionados con el motivo de la consulta, así como dar
recomendaciones específicas para promover el autocuidado de la salud.
3.5.2.4. Apoyo para Adultos Mayores
El Programa otorga de manera bimestral un apoyo monetario mensual a los adultos mayores integrantes
de las familias beneficiarias, con una edad de 70 años o más.
3.5.3. Componente alimentario
El Programa otorga apoyos monetarios directos mensuales a las familias beneficiarias, para contribuir a
que mejoren la cantidad, calidad y diversidad de su alimentación, buscando por esta vía elevar su estado de
nutrición. Asimismo, la entrega mensual o bimestral de suplementos alimenticios busca reforzar la
alimentación infantil y de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.
Adicionalmente, el Programa otorga un apoyo monetario mensual llamado apoyo alimentario Vivir Mejor,
que tiene como propósito compensar a las familias beneficiarias por el efecto del alza internacional de los
precios de los alimentos.
3.5.3.1. Apoyo Energético
El Programa otorga un apoyo monetario mensual a las familias beneficiarias, para compensar los gastos
realizados en el consumo de fuentes de energía (luz, gas, carbón, leña, combustible o velas, entre otros).
3.5.3.2. Apoyo Infantil Vivir Mejor
Las familias beneficiarias con hijos de 0 a 9 años podrán recibir bimestralmente un apoyo monetario
mensual por cada menor en este rango de edad para fortalecer el desarrollo de los menores.
3.5.4. Monto de los apoyos monetarios
3.5.4.1. Monto de los apoyos monetarios directos
Los apoyos monetarios directos y las becas educativas se entregan bimestralmente, en efectivo y en
forma individual a las titulares beneficiarias del Programa.
Los apoyos monetarios que reciben las familias beneficiarias varían conforme al número de becarios y al
grado escolar que cursen, así como al número de adultos mayores incorporados en el hogar.
El monto de los apoyos alimentario y educativo así como el monto máximo mensual que una familia
beneficiaria puede recibir se actualizan semestralmente, en enero y julio, de acuerdo a la disponibilidad
presupuestal y tomando en consideración el incremento acumulado del Indice Nacional de Precios de la
Canasta Básica, a partir de julio de 1997 hasta el mes inmediato anterior al de la actualización, que publica el
Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, previa presentación a la SHCP.
El monto de los apoyos de adultos mayores y energético se actualiza con base en el mismo índice y con la
misma periodicidad, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, considerando la inflación acumulada a partir
de enero de 2006 para el primero y de enero de 2007 para el segundo. Cuando la tasa de variación de la
actualización resulte negativa, el monto del apoyo monetario correspondiente se mantendrá en el mismo nivel
que el semestre inmediato anterior.


Cuenta con un riguroso sistema de selección de beneficiarios basado en las características socioeconómicas del hogar, que permite focalizar los recursos a las familias que realmente lo necesitan, superando los subsidios y los apoyos discrecionales y definidos con criterios políticos.
La Coordinación Nacional podrá entregar a las familias beneficiarias otros subsidios que establezca el
Oportunidades tiene como prioridad fortalecer la posición de las mujeres en la familia y dentro de la comunidad. Por tal razón, son las madres de familia las titulares del Programa y quienes reciben las transferencias monetarias correspondientes.
Gobierno Federal y que busquen mejorar sus condiciones de vida.
En el ámbito educativo, a partir del primero de secundaria, el monto de las becas escolares es mayor para las mujeres, dado que su índice de deserción aumenta a partir de ese grado. En el cuidado de la salud, las mujeres embarazadas reciben una atención especial, con un protocolo de consultas para cuidar el desarrollo del embarazo, la salud de la madre y prevenir partos con riesgo.
El monto mensual de los apoyos monetarios se difunde a la población beneficiaria y se publica en las
Los apoyos monetarios se entregan de manera directa a las familias, sin la intermediación de funcionarios, autoridades o líderes, por medio de instituciones liquidadoras, garantizando la transparencia en su distribución.
páginas institucionales en Internet www.oportunidades.gob.mx y www.sedesol.gob.mx.
Con la finalidad de acercar cada vez más la entrega de los apoyos monetarios a las familias, se han buscado nuevas acciones como la transferencia vía bancaria, con lo que se les abre la posibilidad de ahorrar.

[[Categoría:Derechos humanos]]
3.6. Derechos, corresponsabilidades, obligaciones y suspensiones de las familias beneficiarias
[[Categoría:Pobreza en México]]
La participación de las familias y de la comunidad es un elemento fundamental para el logro de los
[[Categoría:Desarrollo]]
objetivos del Programa.
3.6.1. Derechos
Las familias beneficiarias del Programa tienen derecho a:
■ Recibir oportuna y gratuitamente los apoyos y beneficios del Programa al haber cumplido con sus
corresponsabilidades
■ Decidir libremente en qué escuela inscriben a sus hijos
■ Decidir voluntariamente su participación en las acciones del INEA o de los organismos estatales de
educación de los adultos
■ Recibir gratuitamente las acciones del Paquete Básico Garantizado de Salud con base en las
Cartillas Nacionales de Salud y en lo establecido en estas Reglas de Operación
■ Recibir gratuita y oportunamente el suplemento alimenticio, en el marco del control de nutrición para
los niños menores de cinco años y mujeres embarazadas y en periodo de lactancia
■ Recibir la Cartilla Nacional de Salud correspondiente al grupo de edad y sexo, para cada integrante
de la familia beneficiaria
■ Recibir información clara, sencilla y oportuna sobre la operación del Programa
■ Recibir atención oportuna a sus solicitudes, quejas y sugerencias.
3.6.2. Corresponsabilidades
El cumplimiento de las siguientes corresponsabilidades de las familias beneficiarias es esencial para el
logro de los objetivos del Programa y es requisito indispensable para que reciban sus apoyos monetarios:
■ Inscribir a los menores de 18 años, cumplidos al 31 de diciembre del año de inicio del ciclo escolar,
que no hayan concluido la educación básica en las escuelas de educación primaria o secundaria
autorizadas y apoyarlos para que asistan en forma regular a clases e inscribir a los jóvenes con
necesidades educativas especiales en escuelas de educación especial
■ Inscribir a los jóvenes de hasta 21 años, cumplidos al 31 de diciembre del año de inicio del ciclo
escolar, que hayan concluido la educación básica en los planteles de educación media superior
autorizados y apoyarlos para que permanezcan en el sistema escolar
■ Registrarse oportunamente en la unidad de salud que les sea asignada al momento de incorporarse
■ Todos los integrantes de la familia beneficiaria deben asistir a sus citas programadas en los servicios
de salud, incluyendo los adultos mayores
■ Participar mensualmente en las acciones de comunicación educativa para el autocuidado de la salud,
preferentemente por parte del integrante de la familia beneficiaria de 15 hasta 60 años de edad que
sea citado. Se eximirá del cumplimiento de esta corresponsabilidad a los integrantes de la familia beneficiaria que presenten, en la unidad de salud asignada a la familia beneficiaria un certificado
médico expedido por el sector salud, que haga constar que padecen de algún tipo de discapacidad
psicomotriz, auditiva o visual severa que impida su asistencia a las acciones de comunicación.
Si algún integrante de la familia cumple con alguna de las siguientes acciones se podrá certificar en su
lugar la siguiente sesión del Taller programado.
Acciones:
■ Menor de 5 años recuperado de desnutrición
■ Menor de 5 años recuperado de anemia con base en los niveles de hemoglobina
■ Diabético o hipertenso que se mantiene 6 meses en control y con parámetros normales según la
NOM correspondiente
■ Mujer con vida sexual activa que inicia un método de planificación familiar de mayor continuidad
(Dispositivo Intrauterino, DIU; Implante subdérmico; Oclusión Tubaria Bilateral, OTB)
■ Hombre con vida sexual activa que se realiza la vasectomía
■ Embarazada que acude a su primer control prenatal en el primer trimestre de gestación y concluye al
menos 5 consultas prenatales y la atención del parto institucional
■ Embarazada con desnutrición que se recupera durante la gestación
El apoyo monetario para alimentación, el energético, el alimentario Vivir Mejor y el Infantil Vivir Mejor están
sujetos a las siguientes acciones:
a) La asistencia de los integrantes de la familia beneficiaria a sus citas programadas a los servicios de
salud, conforme a lo estipulado en la normatividad oficial del Programa
b) La asistencia del integrante de la familia beneficiaria a su sesión mensual programada de los talleres
comunitarios para el autocuidado de la salud, conforme lo estipulado en estas Reglas de Operación
El apoyo alimentario Vivir Mejor se otorgará a todas las familias que permanezcan en el Padrón Activo de
Beneficiarios, incluyendo a las familias que se encuentren clasificadas en el Esquema Diferenciado de Apoyos
(EDA), con base en el cumplimiento de su corresponsabilidad a los servicios de salud.
El otorgamiento del Apoyo Infantil Vivir Mejor requiere que se acredite la edad del beneficiario mediante la
entrega de una copia del acta de nacimiento o de cualquier otro documento oficial de los menores que haga
constar de manera plena, jurídica y fehaciente la edad de las personas. Este apoyo podrá emitirse de manera
retroactiva a partir del bimestre enero-febrero, cuando la familia presente las actas de nacimiento a más tardar
el 30 de junio, de lo contrario se emitirá a partir del bimestre en que se acredite la edad del menor.
El apoyo monetario de adultos mayores está sujeto a la asistencia a las citas médicas semestrales,
considerando:
● Las acciones de salud del adulto mayor, preferentemente deberán programarse en los meses de
mayo-junio y noviembre-diciembre, es decir, en el último bimestre del semestre a certificar
● Cuando una familia beneficiaria esté integrada sólo por adultos mayores, el cumplimiento de esta
corresponsabilidad sustentará la emisión de los apoyos alimentario, energético, alimentario Vivir
Mejor y el de adultos mayores
La entrega de las becas de educación básica está sujeta a la certificación de la inscripción y asistencia
escolar de los becarios de primaria y secundaria.
La entrega de las becas de educación media superior está sujeta a la certificación de la inscripción y
permanencia escolar de los becarios; adicionalmente, el apoyo monetario del último mes del ciclo escolar (julio) se asignará proporcionalmente de acuerdo al número de talleres comunitarios de capacitación para el
autocuidado de la salud, a los que asistió el becario.
Las familias que se clasifiquen en el EDA también deberán cumplir con todas las corresponsabilidades
establecidas en este numeral.
3.6.3. Obligaciones
Las familias beneficiarias del Programa deben cumplir con las siguientes obligaciones
■ Destinar los apoyos monetarios al mejoramiento del bienestar familiar, en especial a la alimentación y
educación de los hijos
■ Apoyar a los becarios de educación básica para que asistan en forma regular a clases y mejoren su
aprovechamiento
■ Apoyar a los becarios de educación media superior para que asistan en forma regular tanto a la
escuela como a los talleres comunitarios de capacitación para el autocuidado de la salud y participen
de manera dinámica en las actividades que marquen los planes y programas de estudio de cada
entidad federativa
■ Presentar la Cartilla Nacional de Salud en cada una de sus consultas
■ Participar en las acciones de salud acordadas por la asamblea comunitaria, dirigidas al autocuidado
de la salud y fomento de los entornos favorables para la salud
■ Es responsabilidad de la madre o del responsable de un menor de cinco años, que cuente con algún
grado de desnutrición, cumplir con la frecuencia de citas que indique el personal de salud, no sólo
con la estrategia de Línea de Vida, sino con la Norma Oficial Mexicana para la Atención a la Salud
del Niño (Cáp. Vigilancia del Estado del Menor de Cinco Años)
■ Entregar a los adultos mayores los apoyos monetarios destinados para ellos
■ Recibir y consumir suplementos alimenticios entregados en la unidad de salud para los niños y las
mujeres embarazadas y en periodo de lactancia
■ Mantener actualizados los datos de la familia, reportando al Programa el nacimiento, alta,
fallecimiento o ausencia definitiva de los integrantes así como reportando la corrección de datos
personales y los cambios de domicilio.
En ausencia de acciones obligatorias de salud en el mes, la certificación se realizará con la asistencia del
integrante citado de 15 a 60 años a la sesión del taller comunitario programado para el autocuidado de la
salud. En casos de brotes epidémicos en la localidad (influenza, dengue, diarreas, etcétera) podrá
considerarse en la certificación, la participación en las acciones comunitarias emprendidas por el personal de
salud.
3.6.4. Suspensión de los apoyos del Programa
Los apoyos monetarios se podrán suspender en forma mensual, por tiempo indefinido o definitivamente.
Las familias beneficiarias con suspensión por tiempo indefinido o definitiva de los apoyos causan baja del
Padrón Activo de Beneficiarios.
La resolución de baja de la familia beneficiaria, deberá contener los motivos, razones y circunstancias, así
como el fundamento legal por los cuales se le suspenden los apoyos monetarios, Para tal efecto, los
Coordinadores de las Delegaciones Estatales quedan facultados para suscribir la baja una vez que haya sido
determinada por la Coordinación Nacional, debiéndose notificar personalmente a la titular beneficiaria y pudiendo ser entregada por el personal operativo del Programa adscrito a las Delegaciones Estatales o a
través de las vocales de los Comités de Promoción Comunitaria.
3.6.4.1. Suspensión mensual de los apoyos monetarios
Apoyo Alimentario, Energético y alimentario Vivir Mejor e Infantil Vivir Mejor:
El apoyo monetario mensual de alimentación, el energético, el alimentario Vivir Mejor y el Infantil Vivir
Mejor, se suspende cuando la familia beneficiaria no cumple con las corresponsabilidades del componente de
salud, ya sea con su asistencia a las citas médicas programadas o a la capacitación para el autocuidado de la
salud.
La suspensión aplicará en el mes en el cual se registra el incumplimiento de la corresponsabilidad.
Educación Básica:
Los apoyos monetarios educativos mensuales de los becarios de educación básica se suspenden cuando:
■ No se recibe con oportunidad la certificación de asistencia del alumno, la suspensión aplicará al
bimestre del que no se haya recibido la certificación correspondiente
■ Un alumno registre cuatro o más inasistencias injustificadas durante el mes la suspensión aplica en
el mes en el cual se registran las inasistencias. En secundaria, una inasistencia equivale a siete
horas de ausencia continua a clase
■ Cuando el becario acumule tres meses de suspensión o 12 o más faltas injustificadas en un mismo
ciclo escolar, se le suspenden los apoyos educativos por el resto del ciclo.
Educación media superior:
Los apoyos monetarios mensuales de los becarios de educación media superior se suspenderán cuando:
■ No se certifique la permanencia escolar del becario. La suspensión del apoyo corresponderá al mes
o a los meses en los que no se haya certificado la permanencia.
3.6.4.2. Suspensión de los apoyos monetarios por tiempo indefinido
Apoyos de la familia:
La totalidad de los apoyos monetarios de la familia beneficiaria se suspenden por tiempo indefinido
cuando:
■ La titular de la familia beneficiaria que reciba los apoyos monetarios por entrega directa no haya
acudido en dos ocasiones consecutivas a recibirlos
■ La titular de la familia beneficiaria reciba los apoyos por depósito bancario y no realice ningún
movimiento en su cuenta durante dos o más bimestres consecutivos, de acuerdo a la fecha en que la
institución liquidadora reporte esta información a la Coordinación Nacional, en los términos de la Ley
de Instituciones de Crédito
■ La titular de la familia beneficiaria no firme su contrato con la institución liquidadora o no recoja su
planilla de etiquetas de seguridad o su tarjeta de débito para recibir los apoyos monetarios, en un
plazo máximo de dos bimestres después de su emisión
■ La familia beneficiara no cumpla con su corresponsabilidad en salud en cuatro meses consecutivos o
seis meses discontinuos en el curso de los últimos doce meses
■ No pueda comprobarse la supervivencia de la titular beneficiaria

■ No pueda ratificarse la veracidad de la certificación del cumplimiento de la corresponsabilidad a los
servicios de salud
■ La familia beneficiaria sea objeto de un procedimiento relacionado con la identidad o patria potestad
de los becarios, que requiera revisión por parte de una autoridad judicial o civil
■ Exista una disputa por los apoyos del Programa entre los integrantes de la familia beneficiaria,
registrados en el Padrón
■ La familia beneficiaria no sea recertificada por alguna causa no imputable a ella
■ El titular solidario de la familia beneficiaria no cumpla con los compromisos adquiridos por la titular
beneficiaria con los integrantes de la familia beneficiaria
■ La familia beneficiaria sea visitada en dos ocasiones por personal de la Coordinación y no se localice
al informante adecuado, o bien, no sea posible recolectar la información socioeconómica y
demográfica completa por causas imputables a la familia
■ Concluya el ciclo de la familia beneficiaria en el EDA
■ Un integrante de la familia beneficiaria sea servidor público no eventual, de cualquier orden de
gobierno (federal, estatal, municipal) y perciba ingresos por tres o más salarios mínimos generales
correspondientes a la zona geográfica A
■ Esta causal de suspensión no aplica para los exbecarios del Programa, que por su conocimiento de
la lengua indígena, sean contratados por la Coordinación Nacional para la operación del Programa
en localidades con población indígena
■ La familia beneficiaria renuncie al Programa
■ Error en la captura del acuse de incorporación
■ Cuando la familia estando sujeta a la reevaluación de sus condiciones socioeconómicas, no se le
haya aplicado dicha reevaluación
En los siguientes casos, se retendrá la totalidad de los apoyos monetarios de la familia hasta por 3
bimestres, antes de aplicar la suspensión por tiempo indefinido:
■ Cuando a petición del Programa no puedan ser verificados los datos de la familia
■ Cuando la familia se encuentre en proceso de verificación domiciliaria como resultado del proceso de
recertificación
En las primeras tres causales de baja por tiempo indefinido, los apoyos monetarios serán conservados por
la Coordinación Nacional durante dos bimestres más antes de aplicar la baja de la familia en el Padrón de
Beneficiarios.
Apoyos Adultos Mayores:
Los apoyos monetarios de los adultos mayores se suspenden por tiempo indefinido cuando no se
certifique el cumplimiento de la corresponsabilidad de asistir a los servicios de salud, reactivándose su
emisión en caso de comprobarse un error u omisión en la certificación semestral o cuando reinicie su
certificación en los servicios de salud, sin que por esto pierda su derecho a recibir la atención del componente
de salud.
Apoyos Educativos:
Los apoyos monetarios de los becarios de educación básica se suspenderán por tiempo indefinido cuando
éstos cursen por tercera vez el mismo grado escolar. La emisión de los apoyos educativos se reanudará
cuando avancen de grado.
3.6.4.3. Suspensión definitiva de los apoyos monetarios
■ La titular beneficiaria u otro de sus miembros vendan o canjeen los suplementos alimenticios
recibidos del Programa
■ La titular beneficiaria u otro de sus integrantes presenten documentación falsa o alterada o acrediten
una situación falsa, para intentar recibir los apoyos monetarios o los de otra familia beneficiaria
■ La titular beneficiaria u otro de sus integrantes utilicen el nombre del Programa con fines electorales,
políticos, de proselitismo religioso o de lucro
■ Se detecte duplicación de la familia en el Padrón Activo de Beneficiarios. Sólo en un registro la
familia beneficiaria permanecerá activa, eliminándose los apoyos duplicados
■ La familia beneficiaria ya no cumpla con los criterios de elegibilidad del Programa como resultado de
la recertificación o del proceso de verificación de sus condiciones socioeconómicas
■ La familia beneficiaria no permita la verificación de sus condiciones socioeconómicas y demográficas
■ La familia beneficiaria no acepte su recertificación
■ Defunción del único integrante de la familia.
Las familias beneficiarias con suspensión definitiva de los apoyos monetarios causarán baja del Padrón
Activo de Beneficiarios y no podrán ser reactivadas o reincorporadas al Programa, excepto cuando se
compruebe que la baja no es imputable a la familia beneficiaria, previa justificación de las Delegaciones
Estatales.
Apoyo Infantil Vivir Mejor:
El apoyo Infantil Vivir Mejor se suspenderá a partir de que el menor reciba una beca educativa del
Programa.
Apoyos educativos:
Los apoyos monetarios de becas y útiles se suspenderán en forma definitiva cuando:
● Se detecte duplicación del becario en el Padrón Activo de Beneficiarios. Sólo un registro del becario
permanecerá activo, suspendiéndose los apoyos duplicados.
Adicionalmente, los apoyos monetarios de educación media superior, se suspenderán de forma definitiva
cuando:
■ El becario haya recibido durante cuatro años calendario el apoyo educativo en educación media
superior, contados a partir del primer bimestre en que recibió por primera vez el apoyo de este nivel
educativo.
La emisión de apoyos educativos a becarios que hubiesen causado baja en ciclos escolares anteriores,
por las siguientes causales, podrá reanudarse cuando el becario salga del supuesto que generó su baja:
En educación básica:
■ Si el becario cursa el mismo grado por tercera vez. Los apoyos se reanudan cuando el becario
avance de grado;
■ Si el becario acumula dos suspensiones anuales por alcanzar 12 faltas injustificadas en el ciclo
escolar. Los apoyos se reanudan cuando se certifique la inscripción al nuevo ciclo escolar.
En educación media superior:
■ Si el becario interrumpió la escuela por dos o más ciclos (semestres). Los apoyos se reanudan
cuando se certifique la inscripción del becario al nuevo semestre escolar.
Apoyos Jóvenes con Oportunidades:
Los beneficiarios de Jóvenes con Oportunidades que hayan obtenido este apoyo y decidan reinscribirse a
otros sistemas de educación media superior, no tendrán derecho a recibirlo por segunda ocasión.
Apoyo Adultos Mayores:
El apoyo monetario de adultos mayores se suspende definitivamente cuando:
■ Fallece el adulto mayor
■ El adulto mayor abandona el hogar
■ El adulto mayor no cumpla con la corresponsabilidad de asistir a los servicios de salud por dos o más
semestres consecutivos
■ Se detecte duplicación o esté siendo atendido por el Programa 70 y más de la Sedesol
10. Perspectiva de Género
El Programa impulsa la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Por esta razón, se canalizan
los apoyos preferentemente a través de las madres de familia y se impulsa una política de becas que
contrarresta las desventajas de las niñas para acceder a la educación. En esta perspectiva, el Programa
apoya a los sectores de salud y educación en la realización de acciones orientadas a la construcción de una
cultura de equidad de género.

Revisión del 04:31 22 jul 2010

Oportunidades es un programa federal mexicano para el desarrollo humano de la población en pobreza extrema. Para lograrlo, brinda apoyos en educación, salud, nutrición e ingresos.

Es un programa interinstitucional en el que participan la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, la Secretaría de Desarrollo Social, y los gobiernos estatales y municipales.

Fortalezas del Programa:

La corresponsabilidad es un factor importante en este programa, porque las familias son parte activa de su propio desarrollo, superando el asistencialismo y el paternalismo. La asistencia de los niños a la escuela y de las familias a las unidades de salud, constituye la base para la emisión de los apoyos.

Cuenta con un riguroso sistema de selección de beneficiarios basado en las características socioeconómicas del hogar, que permite focalizar los recursos a las familias que realmente lo necesitan, superando los subsidios y los apoyos discrecionales y definidos con criterios políticos. Oportunidades tiene como prioridad fortalecer la posición de las mujeres en la familia y dentro de la comunidad. Por tal razón, son las madres de familia las titulares del Programa y quienes reciben las transferencias monetarias correspondientes. En el ámbito educativo, a partir del primero de secundaria, el monto de las becas escolares es mayor para las mujeres, dado que su índice de deserción aumenta a partir de ese grado. En el cuidado de la salud, las mujeres embarazadas reciben una atención especial, con un protocolo de consultas para cuidar el desarrollo del embarazo, la salud de la madre y prevenir partos con riesgo. Los apoyos monetarios se entregan de manera directa a las familias, sin la intermediación de funcionarios, autoridades o líderes, por medio de instituciones liquidadoras, garantizando la transparencia en su distribución. Con la finalidad de acercar cada vez más la entrega de los apoyos monetarios a las familias, se han buscado nuevas acciones como la transferencia vía bancaria, con lo que se les abre la posibilidad de ahorrar.