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Diferencia entre revisiones de «Denuncia»

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Por el contrario, el que [[querella]] es parte del procedimiento y ha de probar los hechos que alega en el juicio.
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== Regulaciones por países ==
=== España ===

La denuncia puede ser por escrito o verbal. La denuncia por escrito debe estar firmada por el denunciante y rubricada y sellada en todas las hojas por la autoridad o funcionario. La denuncia verbal requiere un acta extendida por la autoridad o el funcionario, y debe estar firmada por la autoridad y el denunciante.




[[Categoría:Derecho procesal penal]]
[[Categoría:Procedimientos administrativos]]

[[cs:Trestní oznámení]]
[[de:Strafanzeige]]
[[eo:Denunco]]
[[fr:Dénonciation]]
[[it:Denuncia]]
[[pt:Denúncia]]
[[scn:Dinunzia]]

Revisión del 15:48 20 may 2010

Denuncia

La Denuncia es el acto procedimental mediante el cual se pone en conocimiento de la autoridad, la comisión de un delito perseguible de oficio, la palabra denunciar o el verbo denunciar, desde el punto de vista gramatical, significa aviso, poner en conocimiento de la autoridad competente, verbalmente o por escrito, lo que se sabe respecto a la comisión de hechos que son o pueden ser delictivos.

Denuncia en materia penal

El denunciante no forma parte del procedimiento penal. Desde el momento en que interpone la denuncia da comienzo a un procedimiento que los órganos competentes llevarán a cabo de oficio. La denuncia no obliga a las autoridades a comenzar un proceso judicial, aunque pueden incurrir en infracciones administrativas o penales si no lo investigan con la debida diligencia sin un motivo fundado.

Por otro lado el denunciante no tiene que aportar ninguna prueba a su denuncia. Sin embargo con el fin de que el órgano competente decida que realmente existen indicios que hacen necesario seguir investigando. Con la denuncia no se exige prestación de fianza en ningún caso.

Por el contrario, el que querella es parte del procedimiento y ha de probar los hechos que alega en el juicio.