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Diferencia entre revisiones de «Contrato mercantil»

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En el Derecho español, un '''contrato mercantil''' es un negocio jurídico bilateral que tiene por objeto un [[acto de comercio]].
En el Derecho español, un '''contrato mercantil''' es un negocio jurídico bilateral que tiene por objeto un [[acto de comercio]].


es algo indescriptible como el amor :)
Un '''«acto de comercio»''' es todo aquel acto regulado en el [[Código de Comercio]], o cualquier otro análogo. Un [[negocio jurídico]] puede ser considerado «acto de comercio» en función de la condición de las partes que intervienen en él (si son comerciantes o no), en función de su objeto (si tiene un objeto que el Código de Comercio reputa mercantil, o no), o en función de los dos criterios tomados conjuntamente.
'''«acto de comercio»''' es todo aquel acto regulado en el [[Código de Comercio]], o cualquier otro análogo. Un [[negocio jurídico]] puede ser considerado «acto de comercio» en función de la condición de las partes que intervienen en él (si son comerciantes o no), en función de su objeto (si tiene un objeto que el Código de Comercio reputa mercantil, o no), o en función de los dos criterios tomados conjuntamente.


Por ejemplo, el «contrato de compañías» tiene siempre carácter mercantil,<ref>Art. 116 Código de Comercio</ref> en función de su objeto (la puesta en común de bienes en industria con ánimo de lucro), con independencia del carácter de comerciantes o no de las partes que lo suscriban, mientras que el «contrato de préstamo» será mercantil<ref>Art. 311 Código de Comercio</ref> si cualquiera de las partes es [[comerciante]] y las cosas prestadas se dedican a actos de comercio.
Por ejemplo, el «contrato de compañías» tiene siempre carácter mercantil,<ref>Art. 116 Código de Comercio</ref> en función de su objeto (la puesta en común de bienes en industria con ánimo de lucro), con independencia del carácter de comerciantes o no de las partes que lo suscriban, mientras que el «contrato de préstamo» será mercantil<ref>Art. 311 Código de Comercio</ref> si cualquiera de las partes es [[comerciante]] y las cosas prestadas se dedican a actos de comercio.

Revisión del 18:38 19 abr 2010

Definición

En el Derecho español, un contrato mercantil es un negocio jurídico bilateral que tiene por objeto un acto de comercio.

es algo indescriptible como el amor :) «acto de comercio» es todo aquel acto regulado en el Código de Comercio, o cualquier otro análogo. Un negocio jurídico puede ser considerado «acto de comercio» en función de la condición de las partes que intervienen en él (si son comerciantes o no), en función de su objeto (si tiene un objeto que el Código de Comercio reputa mercantil, o no), o en función de los dos criterios tomados conjuntamente.

Por ejemplo, el «contrato de compañías» tiene siempre carácter mercantil,[1]​ en función de su objeto (la puesta en común de bienes en industria con ánimo de lucro), con independencia del carácter de comerciantes o no de las partes que lo suscriban, mientras que el «contrato de préstamo» será mercantil[2]​ si cualquiera de las partes es comerciante y las cosas prestadas se dedican a actos de comercio.

Regulación

La legislación aplicable a los contratos mercantiles ofrece diferencias con respecto a la legislación civil común, debido a que busca adaptarse a las necesidades del tráfico mercantil, el cual necesita soluciones distintas (normalmente más ágiles y rápidas) que el ámbito civil.

Los contratos mercantiles se rigen por el Código de Comercio y las leyes especiales de comercio, y, en todo lo que éstas no previeren, por las reglas generales de las obligaciones y contratos del Libro IV del Código Civil.

Principales figuras

  • Contratos "de compañía" (más comúnmente, "de sociedad").
  • Contrato de cuentas en participación
  • Contrato de comisión mercantil (y otras formas de mandato mercantil)
  • Contrato de agencia
  • Contrato de depósito mercantil (así como los diversos contratos bancarios)
  • Contrato de préstamo mercantil (incluyendo el préstamo con garantía de valores)
  • Contrato de compraventa mercantil
  • Contrato de permuta mercantil
  • Contrato mercantil de transporte terrestre
  • Otros contratos de transporte
  • Contrato de seguro
  • Contrato de suministro
  • Contrato estimatorio
  • Afianzamiento mercantil
  • Letras, cheques, pagarés
  • Carta de crédito o crédito documentario.
  • Contratos especiales del comercio marítimo (contrato de fletamento, contrato a la gruesa y contrato de seguro marítimo)
  • Contrato de licencia de marca

Referencias

  1. Art. 116 Código de Comercio
  2. Art. 311 Código de Comercio