Archivo:Escudo de Venezuela 1863.png

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Resumen

Descripción
Español: Decreto N° 1353 del 29 de julio de 1863. Artículo 3°: Las armas Federación Venezolana serán el mismo escudo que ha usado hasta hoy la República, dividido en tres cuarteles. El cuartel de la derecha será rojo y en él se colocará un manojo de mieses que tendrá tantas espigas cuanto sean los estados de la Federación. El de la izquierda será amarillo, y como emblema del triunfo llevará armas y pabellones enlazados con una corona de laurel. El tercer cuartel que ocupará toda la parte inferior será azul, y contendrá un caballo indómito blanco, como símbolo de la independencia y de la libertad. El escudo tendrá por timbre el emblema de la abundancia, y en la parte inferior un rama de oliva y una palma atadas con tiras azules y amarillas, en que se leerán las inscripciones siguientes: en el centro, Dios y Federación: a la izquierda 5 de julio de 1811.- Independencia: a la derecha, la fecha en que se promulgue la Constitución de los Estados Unidos de Venezuela.- Libertad.
Fecha
Fuente http://anabellis.blogspot.com/2012/06/informativocb.html
Autor anabellis gonzalez

Licencia

Public domain Esta obra fue publicada por primera vez en Venezuela y ahora se encuentra en el dominio público, pues su derecho de autor ha expirado en Venezuela en virtud de la «Ley venezolana sobre Derecho de Autor del 14 de agosto de 1993, art. 25, 26 y 38» porque la obra cumple alguno de los siguientes criterios:
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  • Es otro tipo de trabajo y han transcurrido 60 años desde la muerte del autor.

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Leyendas

Escudo de Armas decretado por el presidente de Venezuela, mariscal Juan Crisóstomo Falcón

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