Agencia Espacial del Paraguay

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Agencia Espacial del Paraguay (AEP)
Localización
País ParaguayBandera de Paraguay Paraguay
Información general
Tipo Entidad autárquica Gobierno paraguayo
Organización
Depende de Presidencia de la República
Historia
Fundación 2014
Notas
Organismo recién fundado.
Sitio web oficial

La Agencia Espacial del Paraguay (AEP) es una entidad autárquica para entender, diseñar, proponer y ejecutar las políticas y programas en materia espacial y aeroespacial en Paraguay. Dependerá en forma administrativa y funcional de la Presidencia de la República. La AEP tendrá como objetivo general promover y gestionar el desarrollo de las actividades espaciales nacionales, promoviendo la innovación tecnológica que fuera necesaria para lograr y para aprovechar el espacio ultraterrestre en forma pacífica.[1]

Historia

El Proyecto de Ley para la creación del ente especializado, fue elaborado y presentado por el Cnel. de la Fuerza Aérea Paraguaya Liduvino Vielman Diaz, Director General de la DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA AEROESPACIAL del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, el 7 de agosto de 2012, como respaldo al proyecto, también fueron realizados distintos eventos educativos a fin de concienciar a las autoridades políticas y a la sociedad en general sobre la importancia y valor del uso del espacio ultra-terrestre para investigaciones científicas. Uno de los eventos de importancia fue el "I SEMINARIO INTERNACIONAL SOBRE TECNOLOGÍA SATELITAL PARA EL DESARROLLO Y DEFENSA NACIONAL", organizado por la Dirección General de Defensa Aeroespacial del Ministerio de Defensa Nacional, conjuntamente con el Ministerio de Defensa del Reino Unido de España. A resulta de los fundamentos esgrimidos, el Poder Legislativo y Ejecutivo del Estado Paraguayo sanciona y promulga la Ley N.º 5151/14 del 26 de marzo de 2014 que crea la Agencia Espacial del Paraguay (AEP).

Funciones

La Agencia Espacial del Paraguay tiene encomendadas las siguientes funciones:[1]

  1. Ejecutar la política espacial del Paraguay, a través de la elaboración y aplicación del Programa Nacional de actividades espaciales;
  2. Realizar tareas de investigación conducentes a la formación de grupos que posean disciplinas y técnicas necesarias para el acceso a la tecnología espacial y sus aplicaciones;
  3. Dictar su reglamento interno y establecer su estructura orgánica;
  4. Realizar tareas de desarrollo en ingeniería de avanzada, abarcando los campos necesarios para alcanzar una adecuada tecnología espacial nacional;
  5. Asegurar la capacitación y el permanente perfeccionamiento de investigadores, profesionales, técnicos y personal idóneo, a través de cursos, becas e interacción con universidades, organismos estatales y otras instituciones del país o del exterior;
  6. Promover la transferencia de tecnología espacial para usos en agronomía, cartografía, prospección minera, meteorología, geología, medio ambiente, medicina, comunicaciones, defensa, industriales u otras áreas, a entes estatales y, bajo licencia, al sector privado, brindando asistencia técnica para alcanzar las pautas de calidad que determine;
  7. Prestar asistencia técnica al Estado en materia espacial;
  8. Obtención de los recursos financieros necesarios para realizar sus actividades;
  9. Generar orientaciones, normativas y regulaciones para que la exploración, utilización y explotación del espacio ultraterrestre sirvan de herramienta para el desarrollo económico, político, social y cultural del país, en los términos, extensión y condiciones que determinen los acuerdos internacionales, el ordenamiento jurídico internacional y en razón de los principios reguladores de la soberanía, seguridad y defensa integral de la nación;
  10. Promover y desarrollar acuerdos de cooperación con entidades públicas y privadas de otros países, de conformidad con la política exterior de la República y con la debida intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores;
  11. Regular y fiscalizar las condiciones de elegibilidad para las concesiones, otorgamiento y cesión de licencias del uso de la tecnología aeroespacial. El proceso para tramitar una licencia se iniciará mediante procedimiento administrativo;
  12. Asesorar a las autoridades, con relación a los Tratados y/o Convenios, políticas, programas, planes y criterios que rigen en la materia;
  13. Proyectar y/o elaborar la política operativa necesaria en esta actividad;
  14. Emitir resoluciones administrativas y operativas; y,
  15. Otras actividades relativas a las funciones de la Agencia.

Conformación

La Agencia Espacial del Paraguay, estará conformada por una Junta Directiva, que estará integrada por un Presidente y doce miembros designados por las siguientes instituciones:

  1. Ministerio de Defensa Nacional;
  2. Ministerio de Relaciones Exteriores;
  3. Ministerio de Educación y Cultura;
  4. Consejo Nacional de Ciencias y Tecnología;
  5. Universidad Nacional de Asunción – Facultad de Ingeniería;
  6. Universidad Nacional de Asunción – Facultad de Politécnica;
  7. Universidad Nacional de Asunción – Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, a través del Instituto de Derecho Aeronáutico, Espacial, de la Aviación Comercial y de la Aviación General (IDAEACAGPY);
  8. Comisión Nacional de Telecomunicaciones;
  9. Comando de la Fuerza Aérea Paraguaya;
  10. Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC);
  11. Secretaría Nacional de Tecnología de la Información y Comunicación (SENATIC); y,
  12. Universidad Católica de Asunción, Facultad de Ciencias y Tecnología.

Referencias

2. LIBRO GÉNESIS DE LA AGENCIA ESPACIAL DEL PARAGUAY, AUTOR:CNEL LIDUVINO VIELMAN DIAZ, EDICIÓN 2014