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Diferencia entre revisiones de «Acción pauliana»

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La '''acción pauliana''' o '''revocatoria''', es un mecanismo de defensa de los [[acreedor]]es, dentro del [[derecho de obligaciones]], mediante el cual éstos pueden solicitar la revocación de [[acto jurídico|actos]] realizados por el [[deudor]] en su perjuicio.

Para poder ejercer la acción pauliana, el deudor tiene que estar en estado de insolvencia, pues de lo contrario, éste puede disponer de sus bienes a su antojo, siempre que conserve la capacidad de honrar las obligaciones que ha contraído.

Por ejemplo, en caso que un deudor insolvente, con el objetivo de no perder sus bienes, los vende a una tercera persona por una suma muy inferior al valor real de ellos. Debido a esta venta, el patrimonio del deudor insolvente se reduce considerablemente, perjudicando a los acreedores. Bajo esta situación, los acreedores pueden ejercer la acción pauliana y pedir que el bien vendido regrese al patrimonio del deudor.

== Requisitos ==
Para ejercer la acción pauliana, es necesario que:
* Que el deudor lleve a cabo una enajenacion o renuncia de derechos (ejemplo: artículo 1937 del [[Código Civil]]).
* Que al ejecutar este acto provoque o agrave su insolvencia.
* Que el acto perjudique al acreedor
* Que el acto perjudique al acreedor



Revisión del 15:12 27 abr 2010

  • Que el acto perjudique al acreedor

Bibliografía

  • Alberto Brenes Córdoba, Tratado de las Obligaciones, 7ma edición, 1998.
  • Diccionario de Términos Jurídicos de la editorial Comares.

Véase también