Usuario:Ysidoro/wikimedia-uy

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Wikimedia Uruguay[editar]

En esta página es mi borrador de algunas sugerencias y apuntes sobre Wikimedia-UY.

Enlaces[editar]

Estatutos[editar]

Sugerencias de cambios a algunos artículos:

Fundamentación:

  1. Una Asociación Civil uruguaya, con personría jurídica, no puede tener sus objetivos y funciones atados a las resoluciones (positivas o negativas) de una entidad extranjera, sobre la que no consta (posiblemente deba ser demostrado) su razón jurídica ni las leyes a las que está sometida.
  2. Los objetivos deben ser claramente y irrefutablemente sin fines de lucro. Seguir los pasos de una entidad extranjera no es una garantía de ello.

Los sub-titulos de abajo son solo indicativos (DEBEN SER QUITADOS cuando corresponda)

Articulo 2[editar]

(Objeto Social) Esta institución tendrá los siguientes fines:

General[editar]

1) Propiciar el fortalecimiento y modernización de los sectores cultural, científico y tecnológico. Estimular las actividades culturales y de investigación en ciencia y tecnología, a fin de potenciar su efecto como instrumentos útiles a la comunidad. Coordinar y armonizar las actividades realizadas por las instituciones dedicadas a la cultura, la ciencia y la tecnológica.

Específica[editar]

2) Contribuir activamente en la difusión, el mejoramiento y el progreso del saber y de la cultura mediante las tecnologías de Internet y similares, la utilización de formatos digitales que puede ser implmentados sin restricciones y por cualquier persona (formatos libres) y los contenidos u obras cuyos licenciamientos o normas de Derechos de Autor permitan la libertad de usar dichas obras y disfrutar de los beneficios de su uso; - la libertad de estudiar dichas obras y aplicar el conocimiento adquirido de ellas; - la libertad de hacer y redistribuir copias, totales y parciales, de la información o expresión; - la libertad de hacer cambios y mejoras, y distribuir trabajos derivados (licencias libres y obras libres).

Proyectos[editar]

3) Promover y sostener directa o indirectamente los proyectos propios o impulsados por organizaciones cuyos fines sean equivalentes a los indicados en los apartados anteriores y, especialmente las aplicaciones, trasposiciones, exploraciones o traducciones de dichos proyectos.

Educación[editar]

4) Fomentar, educar, abogar, difundir y promover el desarrollo de la cultura, la ciencia y la tecnología basados en los principios de libertad, justicia y libertad de compartir el conocimiento.

Relacionamiento[editar]

5) Propiciar el establecimiento de vínculos entre las instituciones relacionadas con la cultura, la ciencia y la tecnología y el sector productivo de bienes y servicios. Favoreciendo la conservación del patrimonio cultural, la generación de conocimientos científicos y la apropiación y desarrollo de la tecnología mediante obras digitales en formatos libres, con licencias libres y/o consideradas obras libres. Colaborar con los centros e instituciones de investigación y organismos regionales de desarrollo para abordar los problemas inherentes al sector cultural, científico y tecnológico, propiciando el establecimiento de vínculos entre ellos y los organismos públicos y privados, tanto nacionales como regionales y estatales.

Desarrollo de proyectos[editar]

6) Propiciar el desarrollo de nuevas tecnologías que requiera para el cumplimiento de los fines anteriores, analizar y difundir las experiencias que se obtengan en la negociación, asimilación, transferencia, innovación, sustitución y generación de nuevas tecnologías. Promover el desarrollo de tecnologías libres y sustentables en el tiempo, como método para lograr sus objetivos sociales y económicos.

Premios y becas[editar]

7) Propiciar la creación de premios, becas, subvenciones y similares a los fines de estimular el desarrollo de las actividades vinculadas a la cultura, la ciencia y la tecnología.

Obtener y gestionar fondos[editar]

8) Estimular y gestionar el logro de capacidad financiera autónoma, para el cumplimiento de sus fines. Propiciar la asociación con entidades púbicas, organismos internacionales, instituciones sin fines de lucro, empresas, cooperativas, personas físicas y cualquier otra organización legal, que permita viabilizar económicamente la institución para el cumplimiento de sus fines. Recibir y aceptar donaciones, aportes, patrocinios, subscripciones económicas que permitan incrementar el patrimonio de la fundación para el cumplimientos de sus los fines o para la viabilización económica de algun objetivo en particular.

Divulgación[editar]

9)Propiciar la divulgación de las actividades culturales, científicas y tecnológicas a los fines de concienciar e incrementar los niveles de conocimiento general y difusión de los fins aquí indicados.

Artículo 4[editar]

(Clase de Socios). Los socios podrán ser: fundadores, activos, honorarios o suscritores:

a) serán fundadores los concurrentes al acto de fundación de la institución y los que ingresen a la misma dentro de los treinta días siguientes a dicho acto;

b) serán socios activos los mayores de edad que tengan un año de antigüedad en el registro social y hayan cmplido regularmente con las obligaciones que impone este estatuto y establezcan los reglamentos generales de la institución.

c) serán socios honorarios aquellas personas que, en razón de sus méritos o de los relevantes servicios prestados a la institución, su trayectoria en defensa y promoción de la cultura y el conocimiento, fueran propuestos a la Comisión Directiva por solicitud de al menos dos socios activos y sean designados como tales por la Asamblea General. Los socios honorarios están exceptuados de pagar la cuota social. Los socios honorarios que deseen tener los mismos derechos que los socios activos deberán solicitar su admisión en esa categoría, a cuyo efecto se ajustarán a las condiciones que el presente estatuto exige para el ingreso a la misma.

d) serán socios suscriptores los menores que no hayan cumplido 18 años y los que admitidos como asociados, no hayan cumplido aún las condiciones indicadas en el inciso b) de este artículo.

Artículo 5[editar]

(Ingreso de asociados).

Con la sola excepción de los socios honorarios y de los fundadores concurrentes al acto de fundación, para ingresar como asociados se requerire solicitud escrita presentada a la Comisión Directiva y resolución favorable de la misma.

Artículo 6[editar]

(Condiciones de los asociados).

Para ser admitido como socio se requiere:

  • a. Declarar estar de acuerdo y compartir los fines de la Institución según lo que se establece en los presentes estatutos;
  • b. Ser presentado por al menos dos (2) socios honorarios, fundadores y/o activos;
  • c. Abonar la primer cuota ordinaria y matrÌcula inicial fijada por la Asamblea General.