Servicio doméstico en Uruguay

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El servicio doméstico en Uruguay, está regulado como actividad laboral.[1]

Al igual que en muchos países latinoamericanos, durante mucho tiempo el trabajo doméstico estuvo considerado una ocupación de segundo orden; para muchos, "empleada" es sinónimo de "trabajadora doméstica", predominaba la visión de que se trataba de alguien que colaboraba con la familia recibiendo a cambio una retribución discrecional por parte del empleador.[1]​ Incluso es habitual la "empleada con cama", que vive en la casa del empleador, disponible todo el día para tareas domésticas. Con la ley de trabajo doméstico incorporó la limitación de la jornada.

Desde 2005 existen convenios para fijar el salario mínimo de las trabajadoras domésticas;[2]​ la Ley 18.065, del año 2006, regula las relaciones laborales, salario y días de descanso.[3]

Uruguay fue el primer país que ratificó la Convención Internacional sobre Trabajo Doméstico.[1]

En la Liga de Amas de Casa de Uruguay funciona un consultorio jurídico gratuito para atender dudas y consultas de empleadores de domésticas. Su actual presidenta es Mabel Lorenzo.

En el PIT-CNT funciona otro consultorio jurídico al que pueden acudir las trabajadoras domésticas.

Referencias

  1. a b c LR21 (7 de junio de 2012). «Uruguay pionero mundial en la regularización del trabajo doméstico». 
  2. «Convenios del servicio doméstico». Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Consultado el 07-06-2012. 
  3. Presidencia. «Ley 18.065 - Trabajo Doméstico - Normas para su regulación». Consultado el 7 de junio de 2012.